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EL DICTAMEN PERICIAL CONTABLE


Enviado por   •  27 de Agosto de 2022  •  Ensayos  •  1.380 Palabras (6 Páginas)  •  140 Visitas

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 PERICIAS DE CONTABILIDAD Y ECONOMÍA FORENSE[pic 1][pic 2]









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UNIVERSIDAD PRIVADA NORBERT WIENER

Escuela de Posgrado

MAESTRÍA EN CIENCIA CRIMINALÍSTICA

TEMA: "EL DICTAMEN PERICIAL CONTABLE, MEDIO DE PRUEBA Y CRITERIOS DE VALORACION".

CURSO: PERICIAS DE CONTABILIDAD Y ECONOMÍA FORENSE

DOCENTE: MG. MIGUEL ANGEL ALVITEZ LEVANO

PRESENTADO POR:

MARTÍNEZ BELLI, MILAGROS LORENA

LIMA, PERU
2022

INTRODUCCION

La prueba pericia en materia judicial verifica hechos de interés del tribunal y requiere conocimientos científicos, técnicos o artísticos, en particular, por eso es importante explicar que existe un marco legal. que constituye el bloque de la legalidad.

La labor del contador, como perito y auxiliar de justicia, juega un papel importante en los procesos judiciales, pues será en última instancia el portador del conocimiento particular, necesario para dictar la correspondiente decisión en derecho, se constituye en un órgano de la evidencia que es necesario para la aproximación a la verdad.

En el presente trabajo realizaremos un análisis de la labor del perito contador en los procesos judiciales, actuación del contador público en controversias de carácter contable, el dictamen pericial contable y sus requisitos y criterios de valoración del dictamen pericial y finalizaremos con las respectivas conclusiones y recomendaciones.


LABOR DEL PERITO CONTADOR EN LOS PROCESOS JUDICIALES

El perito contador se convierte en asesor del juez, y es necesario en el proceso judicial, para que éste pueda demostrar mediante su conocimiento los puntos intratables del juicio que requieren ser constatados y que son objeto de controversia.

Quiénes pueden ser peritos:

  • Las personas con título legalmente reconocido en la respectiva ciencia, técnica o arte.
  • En circunstancias diferentes, podrán ser nombradas las personas de reconocido entendimiento en la respectiva ciencia, técnica, arte, oficio o afición, aunque se carezca de título.

De la misma manera quienes no pueden ser nombrados como peritos:

  • Los menores de dieciocho (18) años, los interdictos y los enfermos mentales.
  • Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la respectiva ciencia, técnica o arte, mientras dure la suspensión.
  •  Los que hayan sido condenados por algún delito, a menos que se encuentren rehabilita-dos (Art. 409).

ACTUACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO EN CONTROVERSIAS DE CARÁCTER CONTABLE

La contabilidad es la prueba primaria de los hechos económicos que una persona natural o jurídica realiza con un tercero, por lo que cada documento acreditativo es una prueba que, en su caso, debe ser presentada a los organismos ejecutores que la demandan. Así, la contabilidad constituye prueba suficiente en las controversias de carácter contable. Siempre que cumplan con los requisitos de la ley.

Áreas como la contabilidad forense han permitido a los contadores prevenir y/o detectar delitos de contenido económico y/o patriarcal que tienen relación directa con el derecho sobre la base de la práctica regulatoria investigativa y judicial (González Dalmau, 2011); fue así como el contador se preparó para dedicarse a esta práctica investigativa de la contabilidad, que le permitió reconstruir hechos económicos y financieros e investigar fraudes que fueron descubiertos, en su mayor parte, a través de una auditoría forense.

Para ejercer la profesión de contador público se requiere la inscripción que acredite su competencia profesional ante la Junta Central de Contadores. El perito que actúe como perito en controversias contables deberá ser un contador público; por eso, cuando se pruebe que ha quebrantado la ley, será expuesto a sanciones penales, civiles y disciplinarias emitidas por la Junta Central de Contadores como organismo de control, inspección y vigilancia para el ejercicio de la profesión.

EL DICTAMEN PERICIAL CONTABLE Y SUS REQUISITOS

Para la existencia jurídica del dictamen pericial se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Debe ser consecuencia de un encargo judicial, ser personal, versar sobre los hechos, no cuestiones de puro derecho, provenir de un tercero y contener conceptos personales del perito.
  • Para la validez, se exige que la ordenación haya sido en forma legal, tener capacidad jurídica para desempeñar el cargo, estar debidamente posesionado el perito, presentarse en forma legal, de manera consciente y libre, que no exista prohibición legal para la práctica esa prueba y que el perito haya realizado personalmente su trabajo.
  • Para la eficacia probatoria el medio ha de ser conducente, respecto al hecho por probar, el perito debe ser competente para desempeñar el cargo, que no existan motivos para dudar de su imparcialidad y/o sinceridad, que no se haya probado una objeción por error grave y, en el evento de haberlos sido, que las otras pruebas no lo desvirtúen, que esté debidamente fundamentado, que sus conclusiones sean claras, firmes y consecuencia lógica de sus fundamentos y se haya dado traslado a las partes.

El contador público deberá elaborar su dictamen pericial atendiendo, como mínimo, las siguientes declaraciones e informaciones:

  • Rendir su dictamen pericial, deberá conocer el marco legal sobre el cual recae la presentación de la prueba.
  • La identidad de quien rinde el dictamen y de quien participó en su elaboración.
  • La profesión, oficio, arte o actividad que acrediten la experiencia profesional, técnica o artística.
  •  En caso de que tuviere, deberá allegar la lista de publicaciones, relacionadas en materia de peritaje, de los últimos diez años.
  • La lista de casos en los cuales haya sido designado como perito o en los cuales haya participado con su dictamen, con toda la información. Y si ha sido designado en procesos anteriores por la misma parte o por el mismo apoderado.
  • Si se encuentra incurso en causales de exclusión de la lista de auxiliares de justicia.
  • Declarar los métodos, experimentos e investigaciones efectuadas en anteriores peritajes y de caso de ser diferente deberá anexar la explicación.
  • Declarar si los métodos, experimentos e investigaciones, son diferentes a los que utiliza de forma regular en su profesión u oficio.
  • Relacionar y adjuntar los documentos e información utilizados para la elaboración del dictamen, detallando las técnicas de auditoría aplicadas, así como   las herramientas dando respuesta a cada uno de los puntos de la peritación contable solicitados por las partes y debe prepararse para ser interrogado y contrainterrogado.

CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL DICTAMEN PERICIAL

La valoración de las pruebas a menudo dicta las reglas de la experiencia y, a veces, constituye un procedimiento simple; ordenando las pruebas para evaluarlas individualmente y luego compararlas en conjunto.

El ordenamiento jurídico actual se basa en la libre valoración de la prueba, a diferencia del antiguo sistema de ordenamiento jurídico, donde era el legislador quien predeterminaba el valor deductivo de la prueba; Sin embargo, esta libertad no puede equipararse con licencia o discreción. En cambio, esta libertad de juicio se basa en criterios de lógica y racionalidad

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