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ENSAYO CASO CASCADA, ANÁLISIS ÉTICO-SOCIAL


Enviado por   •  19 de Octubre de 2014  •  3.961 Palabras (16 Páginas)  •  925 Visitas

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ENSAYO DE ÉTICA.

CASO CASCADA, UNA MIRADA ÉTICA COMO PARTE DE UN JUICIO FILOSÓFICO-SOCIAL.

En el presente trabajo sobre el caso Cascada, que ha conmocionado, a las sociedades; políticas, económicas, legales, social, culturales, empresarial judiciales y al Estado como el ente supremo de la nación, lo analizaremos en el contexto de la filosofía como ciencia y disciplina de la conciencia y la ética humana.

Si observamos los hechos, sobre la génesis, su desarrollo y el desenlace que hasta el momento existe sobre dicho caso en estudio, este lo expondremos ante ustedes en cuatro aspectos; empresarial, judicial, ético y social, en pos de lo anterior pasaremos a explicar lo siguiente:

Empresarial:

1.-Concepto:

En la esfera de la ciencia económica puede definirse la empresa como” una unidad económica cuya organización se orienta a la producción o distribución de bienes y servicios”. Dar una definición rigurosa y exacta de la empresa es difícil y delicado, debido a las diversas formas que puede adoptar, las diferentes actividades desarrolladas y a su importancia y radio de acción. Cada aspecto de la misma permite una clasificación se puede hablar de empresas individuales, comerciales, cooperativas, industriales, fabriles, nacionales y transnacionales, bursátiles y financieras, es además importante determinar los objetivos de estas, en el área privada su objetivo único es el del “lucro”, o sea obtener dividendos y gananciales para los que detentan su propiedad ya sea individual o colectiva, en cambio las estatales su objetivo es crear servicios o producción a la comunidad dentro del ámbito del interés nacional.

El caso radica en el área privada del mundo empresarial, específicamente en el sector financiero, pasó a presentar brevemente el caso:

En los últimos años el sector empresarial a salido de las páginas de los medios informativos de revistas, diarios y reportajes del ámbito financiero, a llenar las secciones policiales de los medios antes descritos, es así que podemos mencionar casos como el de La Polar, , el de la colusión de las farmacias, este caso que si bien para ser objetivos y pluralistas ante la jurisprudencia de los tribunales civiles y penales, aun no se contempla delito alguno bajo su ordenamiento jurídico-legal, pero si en ámbito de la jurisprudencia de las SVS Superintendencia de Valores y Seguros, que en su orgánica contempla la competencia en base a la investigación, procesamiento y dictamines que tiene carácter de sentencia, que afectan directamente a los directores y empresarios.

Este caso es un ejemplo tácito de las denominadas malas prácticas y mina la confianza, la transparencia y las competencias en el sector empresarial a nivel nacional e internacional.

Por lo anterior este caso ha remecido los pilares del Olimpo financiero local, con infracciones interpuestas por la SVS, que se basan en la ley de Sociedades Anónimas y la ley del mercado de valores y por la fiscalía perteneciente a la unidad de alta complejidad.

¿Qué es una Sociedad Cascada?

Por gobierno corporativo se define el conjunto de instancia, normas y prácticas institucionales que incluyen y regulan el proceso de decisiones realizado al interior de las Empresas y/o Compañías. Esta establece derechos y deberes de los responsables de las empresas que son el directorio, la plana mayor administrativa y sus accionistas, aquí es donde el proceso administrativo de gestión fue vulnerado, son múltiples los motivos por los cuales es adecuado contar con gobiernos corporativos, sin embargo entre los principales beneficios que generan las empresas se encuentra el mejor y mayor acceso al capital, esto se debe a la confianza que genera en el mercado el buen manejo y desempeño de las empresas y compañías.

Respecto al marco regulatorio de los gobiernos corporativos en Chile, se norma por la ley del mercado de valores y sociedades anónimas que rigen y regulan el mercado de capitales y las empresas en el país, esta fue decretada en el año 1981 y ha sufrido una serie de cambios y modificaciones hasta la fecha, entre las que se encuentra la ley 19.705 del año 2000, conocida como ley de OPAS, o del gobierno corporativo(cascadas) y el nuevo reglamento de las sociedades anónimas en el año 2012.

La estructura de las sociedades cascadas, corresponden a un sistema piramidal, en base a un esquema societario compuesta por una serie de matrices y filiales, estas permiten eventualmente concentrar y apalancar el control sobre el bloque accionario, utilizando las cascadas o chorreo de dividendos, con esto se alcanzan elevadas cuotas de control en las empresa y compañías con una inversión comparativamente menor a lo habitual

Cabe destacar que en Chile, las sociedades cascadas están permitidas, por el cual su desarrollo no se encuentra fuera de los parámetros legales, ya que el sistema económico de “economía de libre mercado” lo acepta, lo regula, y lo promueve como sistema de capitalización, es por eso que si observamos detalladamente la gestión de las empresas en el mercado encontraremos que en un porcentaje superior a la media, cientos de ellas participan en lo que se denomina gobiernos corporativos, en especial las que se dedican al reguardo de los dineros de fondos previsionales denominadas AFP, que ven en esta estructura una gran capitalización de los dineros de sus afiliados, aquí daremos el mejor ejemplo del funcionamiento de las cascadas;

• Las AFP, en Chile, tiene la misión de custodiar y hace crecer los dineros que recaudan por parte de los trabajadores cotizantes, vamos a comparar esto con los parámetros de las OCDE, en los países desarrollados, los afiliados entregan un 19% hasta un 24% de sus remuneraciones para sus futuros fondos de retiro, ahora bien en chile la captación de estos porcentajes no va más allá de un 11% que técnicamente es imposible que solo con la cotización legal permitida puedan alcanzar buenos niveles de jubilación

• Algunos datos que tenemos que considerar es que el nivel de OCDE, la cantidad de años que un pensionado del sistema de AFP, es de 19, 5 años, y el porcentaje en comparación a los últimos sueldos que el trabajador ganaba antes de su jubilación, es de un 70%, si una persona que ganaba $1.000.000.- de peso mensuales, cuando se jubila su remuneración será de $700.000.-

• Esto hace que el sistema de AFP en Chile trabaje con los sistemas de empresas cascadas ya que al invertir y comprar acciones y paquetes accionarios en un corto plazo puede obtener buenos porcentajes de dividendos que son los generadores de las utilidades de los afiliados en sus fondos.

Entre los beneficios que podemos destacar es que generan ventajas para el emprendimiento, permite aislar negocios, responsabilidades y especialización. Pero con los beneficios expuestos, este tipo de estructura se presta para potenciales problemas que se encasillan como delitos, y problemas de control interno en las empresas o compañías, aquí algunos de ellos

• Hace complejo los gobiernos corporativos, ya que dificulta la supervisión por parte de los reguladores

• El controlador realizar operaciones entre compañías de las cascada con la finalidad de beneficiarse a costa de la extracción de riqueza del resto de los accionistas de cada empresa, esto afecta a los accionistas minoritarios y a los acreedores de las compañías.

• Generan problemas fiscales ya que la estructura cascada se presta para el fraude, ya que con su sistema maneja las pérdidas y ganancias de las sociedades relacionadas

Como se actuó

SQM, Sociedad Química y Minera d Chile S.A., es una compañía privada que desde el año 1925 se dedicada a la explotación, procesamiento y comercialización de nitratos, yodo y litio, en su estructura como empresa del tipo S.A., en sus estatutos ningún socio puede tener más del 32% del capital social ni más de un 37,5 % del paquete accionario de sus serie de acciones, por lo que es el ejemplo más claro de los gobiernos corporativos, bajo su alero como empresa fuente de cascada coexisten más o menos cien empresas, esto es por el potencial de ser una empresa líder en el mercado nacional, confiable y con sistemas de transparencia que la hace ser un controlador cascada ecuánime .

Según la SVS, esta presume la existencia de un esquema estructurado y concertado, sobre reiteradas operaciones de inversiones y financiamientos entre empresas relacionadas en la cascada SQM, en las cuales se imponían barreras a la participación de un mayor número de inversionistas, estas operaciones habrían beneficiado a los controladores, de modo que en el esquema de las operaciones de estos controladores, que habrán realizado ventas y compras con descuentos y premios respectivamente entre empresas relacionadas y participantes de esta cascada, por lo que generaron las ganancias del controlador a costa y en desmedro de las pérdidas de accionista minoritarios

Legal:

Concepto:

El uso que hacemos de la palabra “Derecho”, es a veces equivoco, podría pensarse, tal vez que algunos bienes nos pertenecen o no, según lo que disponga las normas del Estado, por ejemplo, podemos ser propietarios de ciertas cosas pagando su precio, pero no de otras, como por ejemplo las carreteras que pertenecen al dominio público, porque las leyes lo permiten y otros bienes, en cambio, son nuestros por disponerlo unas normas que no son del Estado y que por encima de éstas. Correlativamente, podría hablarse de la existencia de dos derechos para regir nuestras vidas en los aspectos sociales, culturales y profesionales; un Derecho Positivo (leyes, costumbres, precedentes, de el término justicia) y un Derecho Natural, que ese conjunto de normas que están por encima de las legislación de una Nación o Estado.

El Derecho Natural: Es superior al del Estado, lo explicamos filosóficamente y podemos decir, que se comprende facialmente que la existencia y el contenido de algo que no puede observarse por los sentidos ha sido objeto de muchas discusiones y criticas. En línea generales, la existencia del Derecho Natural se ha fundamentado en dos bases diferentes; El Derecho Natural es la ley divina impresa en el corazón o la mente humana (es el sentido que la mayoría de los filósofos escolásticos proclaman) y el Derecho Natural es el dictado de la recta razón que deriva da la naturaleza de las cosas (según los filósofos Griegos)

El Derecho Positivo: Debe haber una manera de hablar de justicia sin designar con ese nombre ninguna determinada concepción de lo justo, a lo largo de la historia sean propuesto diversas definiciones de la justicia, citaremos algunas que reflejan este concepto en nuestra investigación del caso

• Tratar a todos de la misma manera

• Un tratamiento proporcional al rango de cada uno (concepción aristocrática)

• Un tratamiento proporcional a los méritos de cada uno

• Un tratamiento proporcional a lo que cada uno hace o su capacidad

• Un tratamiento proporcional a las necesidades

• Tratar a cada uno según lo dispuesto por la ley.

En resumen en la concepción de justicia, según lo expuesto con una mirada filosófica del derecho, podemos declamar que lo más importante es retener la idea de que la concepción de la justicia que tiene una sociedad, o un grupo de ella, o, si se quiere, en una época o en una cultura, no puede pretender ser válida para todas.

Hemos explicado el concepto de Derecho y Justicia, vemos que dictaminaron los entes que ostentan este poder, en este caso

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) resolvió, como parte de una primera etapa del proceso de fiscalización, formular cargos, entre otros, a ejecutivos y personas relacionadas a las Sociedades Cascada (sociedades controladoras de la Sociedad Química y Minera de Chile S.A.: Norte Grande S.A., Oro Blanco S.A., Pampa Calichera S.A., Nitratos S.A. y Potasios S.A.), por presuntas infracciones a la Ley de Sociedades Anónimas y Ley de Mercado de Valores.

Los oficios de cargos, de fecha viernes 6 de septiembre, se circunscriben a la presunta responsabilidad de los involucrados en diversas operaciones realizadas de modo recurrente y coincidente, durante los años 2009, 2010 y 2011, que permiten presumir la existencia de un esquema consistente principalmente en transacciones bursátiles con los títulos Calichera A, Oro Blanco y SQM.

En los cargos, la SVS presume la existencia de un esquema estructurado sobre la base de reiteradas operaciones de inversión y financiamiento que habría llevado a que las Sociedades Cascada proveyeran acciones Oro Blanco, Calichera A y SQM-B, a precios que, en la generalidad, pueden ser entendidos bajo mercado y en condiciones que imponían barreras a la participación de un mayor número de inversionistas, entre otras, a las diferentes sociedades relacionadas. Estas sociedades, por lo general, tiempo después, enajenaban dichas acciones a precios significativamente mayores a los que las habían comprado y en condiciones de precios que, en la mayoría de las veces,

podrían ser consideradas como sobre mercado, siendo las contrapartes de estas operaciones, mayoritariamente, las propias Sociedades Cascada. Lo anterior, daría cuenta de la realización de prácticas que no habrían perseguido el interés social de las Sociedades Cascada, pudiendo incluso vislumbrarse como contrarias al mismo y que, por otra parte, habría afectado el correcto funcionamiento del mercado de valores, basado principalmente en la confianza del público inversor y en la transparencia del mismo.

Con la formulación de cargos se da inicio a un procedimiento administrativo de carácter sancionatorio, por infracción a normas que regulan el mercado de valores y las sociedades anónimas. Estos oficios de cargos no constituyen por sí mismos infracciones, sino que se trata de presunciones fundadas que reflejan las conclusiones a que ha llegado la SVS a la fecha, sobre la base de información recopilada de su proceso de fiscalización.

Las personas formuladas de cargos tendrán un plazo inicial de 20 días hábiles contado desde la respectiva notificación para presentar sus descargos y solicitar, si lo estiman pertinente, la apertura de un período de prueba. Una vez cumplido este proceso y con todos los antecedentes, la SVS deberá resolver si mantiene los cargos formulados, en cuyo

Caso podría aplicar una sanción administrativa, o bien, puede recalificar las situaciones objeto de cargos en cuanto los antecedentes que se alleguen al proceso así lo aconsejaren, o absolver a las personas en la medida que se acredite falta de responsabilidad.

La SVS, producto de su investigación, sigue analizando hechos que pueden involucrar a otras personas y entidades, situación que será comunicada oportunamente.

Se hace presente que el proceso administrativo sancionatorio desarrollado por la Superintendencia tiene carácter reservado según lo dispone su Ley Orgánica, en el artículo 23. Por regla general, los oficios de cargos también tienen carácter reservado, haciéndose público este antecedente sólo en caso de aplicarse una sanción. Sin embargo, haciendo uso de sus atribuciones legales y atendiendo la fe pública y el interés de los inversionistas comprometidos en este caso, la SVS resolvió hacer público el nombre de las personas y los tipos infracciónales que se comunican a las personas respecto de los oficios respectivos, no obstante, se mantiene el carácter reservado de los antecedentes recopilados en la investigación y el contenido de los respectivos oficios reservados de formulación de cargos.

Social:

Concepto: Comunidad y Sociedad.

Este concepto lo explicaremos en base a lo propuesto por el sociólogo Ferdinand Tonnies (1855-1936), que contextualizo los conceptos de comunidad y sociedad, y como afectan en las decisiones en el mundo empresarial;

Comunidades hay que entender aquellas formas sociales que permiten una estrecha convivencia personal de larga duración, y en las cuales se hallan insertos casi siempre los hombres. Estas formaciones sociales tienen por base un sentido comunitario, “una conciencia del nosotros” de su miembros y abarcan todas las esferas vitales de la persona que ellas pertenece. Es evidente que estas determinaciones se refieren, sobre todo a comunidades con la familia, la comunidad de aldeas o ciudades o las eclesiásticas tradicionales

Ahora bien este sociólogo estudio como las personas en base a los conceptos de comunidad y sociedad, se involucran en la sociedades empresariales, estas instituciones “societarias” el propio Tonnies, cita “la sociedad anónima, y observa que, si bien todos los hombres se hallan ligados socialmente, se trata, de asociaciones racionales, que son constituidas contractualmente para un fin bien determinado, que de modo alguno abarca la vida de las personas interesadas”

Esta vinculación “social”, si se renuncia al fin, puede ser disuelta y abandonada rápidamente, los miembros de las “sociedades” no se conocen personalmente en la mayoría de los casos, sino que forma sólo una anónima liga de intereses. Se observa esta notas pueden predicarse no sólo de una sociedad anonimia y de otras asociaciones económicas semejantes, sino que también puede ser referidas a una gran empresa industrial, como contraposición al pequeño empresario o accionistas, e incluso ser aplicadas al moderno Estado, con sus grandes organizaciones.

Por lo expuesto en este punto, lo aplicamos al caso Cascada y podemos decir en el ámbito social:

A diversos actores en el marco del caso “Cascadas” remeció al país y al sector privado en particular. Sin entrar en detalles sobre casos judiciales en curso, toda violación a la ética, a la confianza pública y a la enorme responsabilidad que las empresas y empresarios de Chile tienen frente al desarrollo del país, debe ser condenada con firmeza por la ciudadanía y, en particular, por los empresarios.

La legitimidad e incluso viabilidad de la empresa privada se pone en juego no tanto con la actuación de algunos malos ejemplos, siempre presentes en cualquier actividad humana, sino con la reacción del mismo sector frente a los hechos y, específicamente, con el trabajo realizado antes para prevenirlos.

Desde el mundo empresarial, por lo tanto, debemos agradecer que las instituciones públicas funcionen. Pero el rol, proactivo y complementario al anterior, es el que se ha mostrado más ausente: el camino para recuperar la legitimidad dañada y asegurar la viabilidad amenazada del mundo empresarial chileno pasa, primero, por su autorregulación efectiva.

Aspectos Éticos del caso Cascada

Hemos analizado el caso Cascada, en base de explicarlo y entenderlo en tres aristas, que la comunidad nacional e internacional, necesitan conocer, saber y entender para poder emitir los juicios de valor y éticos, de cómo este acontecimiento nos afecta como personas, comunidad y todo el entorno y ámbitos de la sociedad.

Pero para que podamos emitir nuestras opiniones y juicios sobre el problema en cuestión, estas deben, contar con lo siguiente:

Una vez que el entendimiento ha creado los conceptos, los agrupa en juicios, y agrupa los juicios en razonamientos; El juicio es el acto propio de la inteligencia, pensar y juzgar, es todo uno,* Según Kant “pensar y juzgar” (Al discutirse esta fórmula se reconoce la existencia de un pensamiento inferior al juicio, tal es entre otros modos el pensamiento asociativo que no envuelve ninguna aserción. Pero de un modo general para que juicio es necesario una creencia) además Kant los clasifica de esta manera, atendiendo a su cualidad, a su cantidad, a su relación y a su modalidad.

El razonamiento consiste en encadenar los juicios (síntesis de juicios) de tal manera que el último depende más o menos rigurosamente de los primeros. Y en lo referente a la investigación que se ha hecho en el caso cascada, podemos inferir que el razonamiento en el trabajo de investigar debe más a la imaginación y a la intuición que al entendimiento, es por eso que el razonamiento marca el rumbo que debe seguir cualquier investigación, sirve como medio de demostración y de prueba y es un auxiliar eficaz para extraer las leyes de la naturaleza

Ahora bien el entorno en base a lo investigado y dictaminado en el caso de los gobiernos corporativos, la comunidad tiene dudas, opinión y quiere certeza, estas son las tres posiciones del espíritu ante un enunciado o juicio, entonces conceptualicémoslo; duda es el estado subjetivo de una persona o comunidad que no pudiendo afirmar ni negar suspende el juicio; la certeza, es la actitud del espíritu que afirma de un modo categórico la verdad o falsedad de una proposición, la certeza excluye toda duda, es una creencia plena; la opinión, entre duda y certeza son actitudes extremas, y en el medio esta la opinión, es el espíritu que a acepta más ciertas razones que lo inclinan en un sentido, que lo inducen a considerar un enunciado como más o menos probable, la opinión en numeroso grados limita por un lado con la duda y por otro con la certeza

Después de conocer las concepciones en base a las ciencias de la filosofía, de la duda, certeza, opinión y juicio, que son los componentes de base para formar en conjunto con la ética, nuestra opinión valorica del caso cascada, damos los siguientes tips éticos, antes para comprender nuestra posición:

• La gran importancia de lo moral ha llevado a los filósofos de todos los tiempos a ocuparse de él, no menos importancia tiene la moral para los hombres modernos y en las profesiones ligadas con los temas económicos.

• Un pequeño esfuerzo de imaginación nos lleva a comprender que un mundo sin moral seria insostenible, es decir un mundo en el que cualquier cosa que hiciéramos estaría aceptada como bien hecha y en el que nada estaría prohibido

• Que podríamos hacer en el otro lado de la moneda, podríamos hacerlo todo lo que nuestras profesiones, asociaciones, empresas y/u organizaciones, podrían atropellar nuestros derechos, abusar de los más débiles, la gran mayoría de los hombres tendrían como única norma de vida, su propio bienestar, su propia comodidad y agrado, eso es lo que este grupo de empresarios detentaron en el poder del el conocimiento el del saber y tener información privilegiada para poder actuar en el bien propio y en desmedro más que el dinero que perdieron en cercenar el sentimiento de confianza de seguridad en los sistemas los accionistas minoritarios, el filosofo inglés Thomas Hobbes (1588.- 1679) imagino lo que sería ese mundo y lo retrato con la frase “homo homini lupus” (cada hombre seria un verdadero lobo para los demás hombres)

• La conciencia moral, que todo hombre siente en su interior, es otro hecho que demuestra la necesidad ética.

• ¿Qué es lo moralmente bueno y lo moralmente malo? ¿Cómo se determina? Tal es el problema de los valores éticos, su solución interesa a todo hombre que llega a la edad de pensar, es por eso que este problema que es del mundo económico debe y tiene que ser de importancia para todos los ciudadanos, porque demuestra hasta donde los hombres por ostentar poder económico que los eleva a estatus superiores ante todo y por todo, sin importar todo, lo consiguen.

• La moral del placer y la utilidad, ( epicureísmo y utilitarismo) como su nombre lo indica señala por norma de nuestra conducta la obtención del mejor placer y la máxima utilidad en tal sentido, nuestras acciones serán buenas o malas según atiendan o desatiendan dicha norma, esto es lo que hicieron los profesionales que estuvieron involucradosen el caso cascadas, la obtención de altos niveles de placer y utilidad, ahora es cuestionable si actuaron bien o mal, eso lo decide, no la justicia sino los valores de las comunidades donde están insertos socialmente

• Por último las morales de la sociabilidad, señalan como fundamento para calificar nuestra conducta ética a la relación (adecuada o inadecuada) del hombre con la sociedad, para unos la norma está dada por las costumbres de la sociedad vigente (sociologismo positivista), para otros, nuestros actos deben regirse por la norma de la simpatía y solidaridad social (Smith y Bourgeois), para el Marxismo, por último la norma moral es el interés de la comunidad proletaria

Según Kant, la norma de nuestro actuar moral está dada por el “imperativo categórico” el que desde nuestra conciencia nos dice” Obra de tal manera que tu actuar puede prescribirse como norma universal” o también, “Obra de tal manera que trates al hombre en tí y en los demás, no como un medio sino como un fin”

Autor: Guillermo Pizarro Hurtado

Instituto Profesional IACC

Carrera: Ingeniería en Administración de Empresa

Fecha: Septiembre 2014

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