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El Préstamo Mercantil y Arrendamiento financiero


Enviado por   •  8 de Enero de 2021  •  Prácticas o problemas  •  1.271 Palabras (6 Páginas)  •  71 Visitas

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El Préstamo Mercantil

El préstamo mercantil es de acuerdo con el maestro Víctor Manuel Alfaro Jiménez; “Todo aquel préstamo en el que bien alguno de los contratantes es comerciante o bien la cosa prestada es destinada a actos de comercio”. Este tipo de préstamo puede ser de dinero, de títulos valores o en especie y, en la gran mayoría de ellos, se trata de préstamos con intereses.

Para que este contrato que se encuentra reglamentado en el Código Civil Federal sea considerado mercantil en general, debe contraerse con el concepto y expresión de que las cosas prestadas sean destinadas a actos de comercio y no entre comerciantes, según lo establece el articulo 358 del Código de Comercio Federal.

Conforme al Sustantivo de Comercio, el préstamo puede ser de dinero, de títulos o en especie como se mencionó en el primer párrafo.

  • Préstamo en dinero. El contrato por el cual el prestador se obliga a transmitir al prestatario una suma de dinero, en cuyo caso el prestatario contrae la obligación de devolver una cantidad igual a l recibida, salvo que se haya pactado una especie recibida.
  • Préstamos de títulos o valores. Contrato por el cual el prestador transfiere la propiedad de títulos o valore al prestatario con la obligación de este de devolver otros tanos de la misma clase o idénticas condiciones, o equivalente si se hubiere extinguido.
  • Préstamos en mercancía. Es el contrato por el cual el prestados se obliga a transferir la propiedad de mercancías, de bienes muebles al prestatario para ser destinadas a actos de comercio y con la obligación del prestatario de devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

    Para que este contrato pueda constituirse necesita de dos tipos de elementos; elementos reales y elementos personales. Los primero hacen referencia a la cosa objeto del contrato de préstamo mercantil, la cual se constituye de bienes fungibles, dinero, títulos o valores y cualquier otro bien que sea susceptible de apropiación.

    Por su parte los elementos personales son el prestador y el prestatario son las partes que se están obligando a la realización del contrato. El prestador, prestamista o acreedor es aquel que se obliga a transferir la propiedad de dinero o de un bien fungible. Por el contrario, el prestatario o deudor es quien pidió y ahora recibe la cosa objeto del contrato con la intención de destinarla al comercio.

    Cada una de las partes en el contrato de préstamo mercantil se obliga recíprocamente; el prestador tiene como obligación entregar los bienes fungibles objeto del préstamo, dinero, títulos o mercancías al prestatario. Mientras que el prestatario asume la obligación de retornarlo de acuerdo con las condiciones establecidas que incluyen el abono de interés determinado.

Arrendamiento financiero

El contrato de arrendamiento financiero o también llamado Leasing es aquel en virtud del cual la empresa arrendadora se obliga a adquirir el o los bienes que le especifique la arrendataria y a permitirle a esta el uso de los mismos por un plazo determinado, a cambio de un pago en dinero, con la obligación de que al termino del plazo la parte arrendataria elija cualquiera de las opciones terminales previstas.

El código de comercio considera mercantil el arrendamiento, en el artículo 75 fracción I, cuando recae sobre bienes muebles y se hace con el propósito de especulación mercantil. Del articulo mencionado tenemos que el arrendamiento de bienes muebles con el propósito especulación mercantil, es un acto de comercio, y por tanto se rige por las disposiciones de dicho ordenamiento, no es así si recae sobre bienes inmuebles, pues este es un derecho que se obtiene de un contrato de arrendamiento civil, aun y cuando se celebre con el propósito de especulación comercial.

        Cabe destacar que independientemente de que una de las partes contratantes tenga de ocupación ordinaria el comercio, si el bien arrendado es un inmueble, se estará siempre en presencia de un acto jurídico regido por las leyes civiles.

        El leasing financiero tiene cinco diferentes modalidades importantes por las que se puede llevar a cabo:

1.- Arrendamiento maestro. La arrendadora compra el equipo mediante la formalización de un Contrato Maestro, por el cual se compra y da en arrendamiento los equipos contratados durante un periodo acordado. Ya firmado el contrato, el arrendatario solicita a través de una lista convenio a la arrendadora el equipo que necesita. El arrendatario dispone de una línea de crédito por un plazo previamente estipulado.

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