Elementos del Negocio jurídico y Teoría de la Voluntad
Isa86Documentos de Investigación12 de Marzo de 2019
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UNIVERSIDAD SAN JOSÉ
Sede San Carlos
Facultad de Ciencias Jurídicas
Bachillerato en Derecho
Curso
Derecho Privado
Investigación Bibliográfica
Tema:
Elementos del Negocio jurídico y Teoría de la Voluntad
Autores:
Joshua Obando Chavarría
Isaura Trejos Rojas
Profesor:
Cristian Lizano Quirós
Ciudad Quesada, Costa Rica
III Cuatrimestre
Febrero, 2018
Tabla de contenido
CAPÍTULO I: 4
INTRODUCCIÓN 4
Introducción 5
Formulación del Tema 6
Problema de Estudio 6
Objetivos 6
Objetivo General 6
Objetivos específicos 6
CAPÍTULO II: 7
MARCO TEÓRICO 7
Principio de la autonomía de la voluntad 9
1.1 Concepto de voluntad 9
1.2 concepto de principio de la voluntad 9
1.3 límites. 11
1.4 Relación Voluntad-Norma 13
II El Negocio Jurídico 13
2.1 Generalidades del Negocio Jurídico 13
2.1.1 Concepto 13
2.1.2 Antecedentes históricos. 13
2.1.3 Características. 14
2.2 Clasificación de los negocios jurídicos. 14
2.2.1 Unilaterales y bilaterales 14
2.2.2 Causales o abstractos: 15
2.3 Elementos esenciales del negocio jurídico. 15
2.3.1 Voluntad 15
2.3.3 Objeto 19
2.3.4 Causa 19
2.3.5 Forma 20
3. ELEMENTOS ACCIDENTALES DEL NEGOCIO JURIDICO 21
3.1 Condición 21
3.1.1 Requisitos. 22
3.1.2 Clases. 22
3.1.3 Efectos 23
3.2 Modo 24
3.3 Término o Plazo 25
CAPÍTULO III: 27
CONCLUSIÓN 27
Conclusión 28
Referencias 29
CAPÍTULO I:
INTRODUCCIÓN
Introducción
Esta investigación se realiza para dar a conocer a los estudiantes y futuros litigantes el concepto e importancia de la teoría de la voluntad, así como del negocio jurídico, y sus elementos.
Formulación del Tema
Problema de Estudio
¿Qué es el negocio jurídico y la teoría de la voluntad?
Objetivos
Objetivo General
Elaborar una investigación sobre el negocio jurídico y la teoría de la voluntad, con el propósito de analizar y demostrar conceptos e importancia relevantes para una mejor comprensión e interpretación
Objetivos específicos
Definir el concepto e importancia de la teoría de la voluntad.
Identificar el negocio jurídico y sus elementos.
Conocer los elementos accidentales del negocio jurídico.
CAPÍTULO II:
MARCO TEÓRICO
Principio de la autonomía de la voluntad
1.1 Concepto de voluntad
Se entiende por voluntad la capacidad que tiene una persona para decidir algo ya sea bueno o malo, esta se encuentra presente en todas las acciones que realizan las personas en su diario vivir.
Pérez (2016) indica que:
Se denomina normalmente “voluntad” a aquella facultad que nos determina a actuar con conocimiento del fin y de los motivos de acción. En cuanto facultad es poder subjetivo, o más bien, una aptitud propia del ser humano, con la cual puede condicionar su vida futura mediante decisiones relativamente autónoma. (p.316)
1.2 concepto de principio de la voluntad
El principio de la voluntad se entiende en el derecho que tiene toda persona para contraer obligaciones en virtud de su propio querer libremente manifestado. Expresado de otra manera es como la persona puede decidir voluntariamente si puede adquirir un contrato o no de la manera que les plazca y aplicando las clausulas y efector que consideren a bien. Este principio es básico en el derecho contractual, se entiende como incorporado en todas las relaciones de contratos entre particulares, y solo la voluntad de un sujeto de derecho puede producir una obligación.
El principio de la autonomía de la voluntad se encuentra tutelado en nuestro sistema jurídico, en la carta magna se vislumbra en el artículo 28 y 46 respectivamente, mismos que indican que:
ARTÍCULO 28.- Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley.
Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden públicos, o que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley.
No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas.
Este artículo constitucional establece lo que la jurisprudencia ha denominado como un sistema de libertad, donde el ser humano no solo puede hacer lo que no esté prohibido por ley, sino que, ni la ley misma puede invadir su libertad y por ende su autonomía de la voluntad e intimidad. Estos preceptos autorizan una cierta flexibilidad aunque no implican arbitrariedad según lo establece la jurisprudencia y la doctrina.
ARTÍCULO 46.- Son prohibidos los monopolios de carácter particular, y cualquier acto, aunque fuere originado en una ley, que amenace o restrinja la libertad de comercio, agricultura e industria.
Es de interés público la acción del Estado encaminada a impedir toda práctica o tendencia monopolizadora.
Las empresas constituidas en monopolios de hecho deben ser sometidas a una legislación especial.
Para establecer nuevos monopolios en favor del Estado o de las Municipalidades se requerirá la aprobación de dos tercios de la totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa.
Los consumidores y usuarios tienen derecho a la protección de su salud, ambiente, seguridad e intereses económicos; a recibir información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a un trato equitativo. El Estado apoyará los organismos que ellos constituyan para la defensa de sus derechos. La ley regulará esas materias.
(Así reformado por el artículo 1° de la ley N° 7607 de 29 de mayo de 1996)
Este artículo interpone una serie de límites y restricciones razonables a partir de la existencia de otros derechos fundamentales que se establecen en la carta magna, como es el derecho a la intimidad o la autodeterminación informativa, mismos que funcionan como límites a la libertad de comercio o de empresa.
El principio de la autonomía de la voluntad queda a la completa elección de la persona, en pertenecer o no a una determinada actividad económica ya que es una decisión que solamente le afecta a la persona, su fundamento se encuentra en la aplicación de materia contractual desde la revolución francesa y las libertades e igualdades de estos, es por esto que en el campo contractual este principio produce efectos determinados que ayudan a marcar más sus alcances e interponen ciertas limitaciones.
Las personas pueden establecer pactos, clausulas o condiciones al momento de establecer un contrato siempre y cuando no sean contrarias a lo que establece la ley, a la moral o al orden público. Por medio del contrato se logra expresar el principio de la autonomía de la voluntad ya que los sujetos pueden celebrar un contrato con toda la libertad y autonomía, además de que pueden estipular todos los elementos y condiciones que así deseen.
1.3 límites.
El principio de autonomía de la voluntad establece varios límites a la hora de establecer un contrato.
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