Estructura de los estados Financieros y Técnicas para el control de los recursos
TherhezitaTesis6 de Diciembre de 2012
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Universidad Veracruzana Sistema de Enseñanza Abierta
Facultad de Contaduría
Estructura de los estados Financieros y Técnicas para el control de los recursos
Trabajo
Alejandro Rey Cerón Chávez
Samuel Fuentes Bermúdez
Toriz Montaño Fabián
Eder Jhovani García Esparza
Ricardo Martínez
Presenta
Luis Hernández Meza
Académico
Contabilidad de costos por Procesos
Experiencia Educativa
Calificación:
Observaciones:
Veracruz Ver. 12 de Mayo del 2012
ÍNDICE
Introducción 3
El pagare 4
Requisitos del pagare 5
Elementos personales obligac. Y derechos 8
De acuerdo a la LGTOC 11
Conclusión 14
Referencias 15
INTRODUCCIÓN
Dentro de la estructuración y contenido de este trabajo trataremos el tema de pagare, comenzando por su definición de dicho título de crédito hasta los requisitos literarios que debe contener.
Cabe mencionar que existen requisitos que no pueden ser omitidos en el pagare y otros que si se omiten la ley supone que están implícitos en el título de crédito.
Cabe mencionar que en el desarrollo de este trabajo se tomaron en cuenta dos fuentes de información la primera de ellas es del autor Carlos Felipe Dávalos Mejía y la segunda es la ley general de títulos y operaciones de crédito.
Atreves de una lectura amena intentamos que el tema expuesto sea comprendido de una forma clara. Esperamos que el texto sea de su agrado.
EL PAGARE
Por oposición a los títulos de crédito triangulares (los que su perfección demanda tres elementos) como la letra de cambio y el cheque, el pagare es el mas importante de los títulos de crédito lineales o de obligación directa (su perfección solo demanda dos elementos)
antecedentes
En ocasiones el pagare se confunde con otras figuras cambiarias como la libranza y el vale aunque estos son muy diferentes.
La libranza era una letra de cambio, pero no originada en un contrato de cambio trayecticio si no en cualquier contrato de naturaleza mercantil.
El vale es una especie de pagare, en el que el emisor no se obligaba a entregar dinero sino otros bienes o efectos.
El pagare por su parte es un titulo que contiene una obligación cerrada que contrae el emisor que entrega al tomador a su orden una suma determinada de dinero a fecha cierta.
El pagare es en la actualidad el titulo de crédito mas difundido entre los comerciantes y las empresas (privadas y paraestatales) que operen de acuerdo con considerandos de orden puramente mercantil y que por cualquier motivo deban dinero.
Requisitos literales del pagare
Al igual que en todos los títulos de crédito los redactores del pagare están obligados a cumplir con ciertos requisitos formales pues, en su defecto el papel no surte como pagare.
Asimismo, como en todos los títulos de crédito en el pagare hay requisitos cuya emisión provoca su ineficacia absoluta, y hay otros cuya ausencia presume la ley. Por lo que no afectan el documento.
LA MENCIÓN DE SER PAGARE INSERTA EN EL TEXTO DEL DOCUMENTO
Esta postura se sostuvo con en el sentido de que tal mención tiene como propósito fundamental eliminar la posibilidad de confusión respecto de la clase de titulo de que se trate, confusión que se elimina, porque se cumple en el texto con la formalidad de insertar en su texto la palabra “pagare”.
PROMESA INCONDICIONAL DE PAGAR UNA SUMA DETERMINADA DE DINERO.
A diferencia de la fórmula de la letra de cambio el pagare tiene una muy cerrada fórmula para el emisor) me obligo a pagar a ….) Cláusula que tiene su origen en la necesidad de prueba de la existencia de deuda y al no estar presente provoca su invalidez.
PAGARE EN MONEDA EXTRANJERA
Es prudente armarlo en divisas pero el pago deberá realizarse en pesos al tipo de cambio a la fecha de pago
Si se recibieron divisas o el vigente en la fecha que si se recibieron pesos.
También el pagare debe de contener la promesa incondicional a una suma determinada de dinero el deudor tiene prohibido imponer condición al respecto sujetándose a su cumplimiento cuando el pagare contenga los demás requisitos.
INTERES EN UN PAGARE.
• En el pagare es factible estipular interés (circunstancia que permite señalar que este título está diseñado para argumentar préstamos). No solo moratorios sino también el de causación del simple uso de dinero ajeno.
• Si no se presenta la tasa de interés moratorios no pueden aplicarse por suplencia los bancarios, se deberán pagar los legales.
EL NOMBRE DE LA PERSONA A LA QUE DEBERÁ HACERSE EL PAGO
• Al igual que en la letra de cambio en el derecho mexicano el pagare no surte efecto si se suscribe al portador .
• Un requisito indispensable es el no nombre de la persona a quien se le va a hacer el pago y al no existir disposición expresa como en el cheque que puede ser nominativo o al portador, en el pagare existe la necesidad que se especifique el nombre deba pagarse.
• Solo será titular del pagare a la persona que de manera expresa aparezca como tal en su texto.
ÉPOCA Y EL LUGAR DE PAGO
Si no aparece el lugar de pago se entendera como tal el domicilio del que suscribe y si no aparece la época de pago se entendera como que vence a la vista.
La regla indica que cuando el título tenga un vencimiento diferente a lo que establece la ley se entendera que vence a la vista.
Fecha y el lugar en que se suscribe el documento
• Los requisitos lugar y fecha importantes desde el punto de vista de ciertos estados legales o procesales temporales, como la caducidad la prescripción y la capacidad (interdicto, quiebra, minoría) que en caso de omisión provocaría la ineficiencia del material y ejecutoria del pagare.
Clases de requisitos
• ESENCIALES: los que estén directamente relacionados con su triple característica de representar una deuda cierta liquida y exigible
• Intrascendentes: como el lugar y la época de su expedición los que no los afecten.
Exigibilidad
• la exigibilidad no se surte sino aparece la fecha de emisión algunos factores temporales que pueden tener incidencia o provocar la ineficacia de la obligación de pago como la minoría de edad, interdicto o quiebra.
• si el ´pagare carece de señalado el lugar de suscripción también es ineficaz para ejercitar la acción cambiaria ya que si el pagare carece de un solo requisito ejecutivo mercantil no surte como título de crédito.
Firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en nombre
• En el pagare la única manera de conocer la persona que se obligó a tomar el manifiesto de su voluntad de hacer nombrar el título es por su nombre y firma.
• Si el suscriptor es el que firma el documento no hay duda, pero cuando lo hace un tercero es indispensable que además de la firma del presente sea patente el nombre y cuando la obligada sea una persona moral debe constar el carácter gerente o administrador, etc., de quien firma el documento.
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Elementos Personales. Obligaciones y derechos
En el pagaré los elementos personales, es decir las personas físicas o morales que deben intervenir en la suscripción para la perfección del título, se divide en 2, los indispensables y los que no lo son. Los primeros son el suscriptor y el beneficiario, y los segundos son aquellos cuya participación no determina la perfección del pagaré, los endosatarios y el aval.
Suscriptor
Es el obligado a pagar. Desde acto de creación del título, este sujeto adquiere voluntariamente la obligación, por excelencia, del derecho cambiario: el pago del documento. De no hacerlo permitirá que el acreedor pueda echar a andar los privilegios de la maquinaria jurisdiccional diseñados para su protección; su primera actuación consiste en garantizar el adeudo por la vía del embargo.
Suscriptor tiene derechos como no pagar más de la cantidad consignada. Por su parte, el suscriptor tiene el derecho principal de exigir, contra
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