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Expediente Mercantil


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  5.024 Palabras (21 Páginas)  •  567 Visitas

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JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA.

NORA FUENTES MORALES, promoviendo por mi propio derecho y señalando domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la calle cinco norte numero 136 altos, colonia centro de esta ciudad de Tehuacán, Puebla, y nombrando como abogado patrono al LIC. NAHUN GALVAN CHAVEZ quien tiene su domicilio en la calle Dieciocho Oriente Numero once De La Colonia Centro de esta ciudad, con numero de cedula profesional 7775997, y titulo registrado ante el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado bajo la partida novecientos uno, a fojas once frente, del libro de fecha treintaiuno de marzo del año dos mil cinco, y autorizando para que en mi nombre y representación pueda recibir todo tipo de notificaciones al pasante en derecho el SANDRA RUIZ DURAN ante Usted respetuosamente comparezco para exponer:

Que con fundamento en los artículos 1049 y demás relativos del Código de Comercio, vengo a promover PROVIDENCIA PRECAUTORIA DE EMBARGO para obtener el secuestro judicial de bienes en contra de JOSE FUENTES APARICIO, por la cantidad de $300, 000 .00/100 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) para lo que señalo la propiedad inscrita bajo la partida: 999 del tomo XX de la sección Primera del Registro Público De la Propiedad , con domicilio en calle dieciocho oriente numero cincuenta, Ciudad de Tehuacán Puebla. De quien requiero las siguientes:

P R E S T A C I O N E S.

A) Se decrete la presente providencia precautoria del secuestro provisional contra el bien que se describe en el apartado anterior, en contra del señor José Fuentes Aparicio.

B) Los gastos y costas que se originen por la tramitación de la presente acción en contra del señor José Fuentes Aparicio.

Fundando la presente demanda en los capítulos de hechos y derechos que a continuación presento:

H E C H O S.

1) Con fecha nueve de abril de dos mil once, el señor JOSE FUENTES APARICIO y yo, suscribimos un PAGARE en la Ciudad de Tehuacán, Puebla, siendo el objeto de este un préstamo por la cantidad de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 MN). Atestiguando la presente acción los señores Juana Diaz Garcia, Ricarda Juarez Perez Y de el señor Jehu Fuentes. En dicho titulo de crédito, se pacto también de mutuo acuerdo que la fecha en la que se efectuaría el pago seria el día nueve de abril de dos mil trece

2).- De acuerdo a lo convenido y pactado en el pagare suscrito entre el señor JOSE FUENTES APARICIO, con fecha nueve de abril de dos mil once, me constituí en el domicilio de mi hoy demandado para solicitarle el pago del pagare firmado, para lo que el señor contra el cual entablo esta acción me dijo que le diera otros tres meses de plazo, pues no tenia consigo una suma tan elevada de dinero, y accedí a retrasar hasta el diez de julio de dos mil trece.

3).- Me presente nuevamente al domicilio del Señor JOSE FUENTES APARICIO el día veinte de octubre de dos mil trece para requerir de manera extrajudicial el pago, pero en esta ocasión mi demandado niega la deuda y dice que no puede pagarme dinero que nunca me ha prestado y que si pienso tomar otras medidas que lo haga, porque no tiene con qué responderme

Conducta que motiva la presente providencia precautoria de embargo en contra del Señor José Fuentes Aparicio.

D E R E C H O.

I.- Es usted competente para conocer del presente juicio en términos de los artículos 1104 y 1105 del Código de Comercio, y articulo 39 Fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.

II.- Cuento con la personalidad e interés jurídico para promover el presente juicio, con fundamento en los artículos 1,6, 8 y demás relativos y aplicables del Código de procedimientos civiles vigente para el Estado del Puebla.

III.- En cuanto al fondo del asunto, este se fundamenta en los artículos 1168 fracción ll 1169 1170, 1172,1178 y demás relativos del Código de comercio.

lV.- en cuanto al procedimiento se rige por las disposiciones 1184,1391,fracción lV, 1392,1393,1394,1395,1396,1397,1399,1400,1401,1402, y demás relativos aplicables al código de comercio.

P R U E B A S

1.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Que consiste en un titulo de crédito denominado pagare, suscrito por el señor JOSE FUENTES APARICIO, por la cantidad de $ 300, 000. 00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) con el que pretendo acreditar el derecho que me asiste para interponer la presente acción.

2.- LA TESTIMONIAL.- esta prueba consiste en declaraciones de viva voz, al tenor del interrogatorio que anexo al presente escrito, que estará a cargo de la señora Juana Diaz Garcia, con domicilio en cinco norte numero cuatrocientos ocho colonia centro de la ciudad de Tehuacan, Puebla, Así mismo de la señora Ricarda Juarez Perez domiciliada en la casa marcada con el numero nueve de la calle avenida independencia oriente colonia centro de esta ciudad de tehuacan puebla. Y de el señor Jehu Fuentes Morales con domicilio en calle dieciocho oriente numero doscientos cinco de la ciudad de Tehuacan Puebla.

3.-LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA: Consistente en todos los razonamientos lógico-jurídico que a su leal saber y entender se deriven del presente juicio y que demuestra que tengo la razón en mis pretensiones y el derecho que pretendo hacer valer

Por lo expuesto y fundado, a Usted atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos de este escrito de providencia precautoria de embargo

SEGUNDO.- Admitir las pruebas que se ofrecen en la presente demanda.

TERCERO.- decretar el embargo provisional de los bienes que he citado así mismo fijar el monto de la fianza que debe otorgar el suscrito para responder de los daños y perjuicios que se pudieren originarse

.

MUY RESPETUOSAMENTE

TEHUACAN, PUEBLA; A 19 DE AGOSTO DE 2013

NORA FUENTES MORALES

LIC. NAHUN GALVAN CHAVEZ

-Abogado patrono-

JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

NORA FUENTES MORALES, promoviendo por mi propio derecho y señalando domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la calle cinco norte numero 136 altos, colonia centro de esta ciudad de Tehuacán, Puebla, y nombrando como abogado patrono al LIC. NAHUN GALVAN CHAVEZ quien tiene su domicilio en la calle Dieciocho Oriente Numero once De La Colonia Centro de esta ciudad, con numero de cedula profesional 7775997, y titulo registrado ante el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado bajo la partida novecientos uno, a fojas once frente, del libro de fecha treintaiuno de marzo del año dos mil cinco, y autorizando para que en mi nombre y representación pueda recibir todo tipo de notificaciones al pasante en derecho el SANDRA RUIZ DURAN ante Usted respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente documento original consistente en el pagare y copia simple vengo a promover JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL en contra del señor JOSE FUENTES con domicilio en calle dieciocho oriente numero cincuenta, Ciudad De Tehuacán, Puebla, a quien reclamo el pago de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

a) La cantidad de $ 300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal.

b) Los gastos y costas que se originen por la tramitación del presente juicio.

Fundo mi demanda en los capítulos de hechos y derecho que a continuación serán enumerados.

H E C H O S

1.- Tal como lo justifico con el documento fundatorio de la acción, el demandado JOSE FUENTES APRICIO suscribió un pagare a favor de la suscrita con fecha nueve de abril de dos mil once, por la cantidad de de $ 300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) en presencia de la señora juana diaz garcia, Así mismo de la señora Ricarda Juarez Perez y de el señor Jehu Fuentes Morales. Quien en su momento procesal oportuno declararan de viva voz los hechos que les constan.

2.- con fecha nueve de abril de dos mil trece, requerí el pago de manera extrajudicial al señor JOSE FUENTES APARICIO por la cantidad de $ 300, 000. 00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) y mi ahora deudor me pidió dos meses mas de plazo por contar con esa suma de dinero al momento en que me presente a cobrarle. Accedi a darle mas tiempo para pudiera estar en condiciones de cumplir con la totalidad de la obligación, quedando fijada de mutuo acuerdo una nueva fecha para que el señor JOSE FUENTES APARICIO cumpliera con su obligación el dia diez de julio de dos mil trece.

3.- Ocurre que cuando llega la fecha en la que el debía efectuar el pago, no lo hace, por lo que nuevamente acudo a su domicilio, y esta vez MI DEUDOR, manifiesta que nunca ha contraído obligaciones conmigo, que jamás suscribió un pagare, y que no me va a dar ni un centavo.

Para acreditar los hechos que describo en el capitulo que precede, ofrezco las siguientes:

P R U E B A S

1.- LA DOCUMENTAL PUBLICA: Consistente en todas las actuaciones judiciales que se lleguen a realizar en el presente expediente relacionando esta prueba con todos y cada uno de los hechos enumerados en el anterior capitulo, para efecto de acreditar la existencia de los hechos reclamados.

2.- DOCUMENTAL PRIVADA: Consistente en documento fundatorio de la acción que se ejercita, mismo que estoy acompañado en el presente escrito, relacionando esta prueba, con todos y cada uno de los hechos enumerados en el anterior capitulo, para el efecto de comprobar la existencia del adeudo y la falta del pago del mismo.

3.- LA TESTIMONIAL: consiste en las declaraciones de la Señora Juana Diaz Garcia, con domicilio en cinco norte numero cuatroscientos ocho colonia centro de la ciudad de tehuacan. Así mismo de la señora Ricarda Juarez Perez domiciliada en la casa marcada con el numero nueve de la calle avenida independencia oriente colonia centro de esta ciudad de tehuacan puebla. Y de el señor Jehu Fuentes Morales con domicilio en calle dieciocho oriente numero doscientos cinco de la ciudad de tehuacan puebla. Quienes declararan de viva voz al tenor del interrogatorio que al presente escrito adjunto.

4.- PRESUNCIONAL: En su doble aspecto de legal y humana, esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos, narrados en la presente demanda, haciéndola consistir en forma enunciativa más no limitativamente.

D E R E C H O

l.- Es usted competente ciudadano juez para conocer del presente juicio según lo establece los artículos 1090, 1091, 1104 y 1105 del código de comercio, la fracción l del artículo 45 de la ley orgánica del poder judicial del estado de puebla.

ll.-Tengo personalidad para promover el presente juicio según lo dispone el articulo 23 y demás relativos de la ley general de títulos y operaciones de crédito.

lll.- En cuanto al procedimiento son aplicables los artículos 1054, 1055,1391,1392,139313941396 al 1414 y demás relativos al código de comercio.

lV.- En cuanto al fondo son aplicables los títulos 1,2,4,5,7,17,18,23 y demás relativos de la ley general de títulos y operaciones de crédito.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted ciudadano juez, atentamente le solicito.

PRIMERO: Admitir la presente demanda, por mi propio derecho y pagare documento que acompaño demandando por la vía ejecutiva mercantil a JOSE FUENTES APARICIO, suscriptor del documento fundatorio de la acción consistente en un pagare por la cantidad expresada en este ocurso, a quien le reclamo el pago de las prestaciones que del mismo se desprenden.

SEGUNDO: Se me tenga por ofrecidas las pruebas mencionadas en el capitulo respectivo, ordenándose en el momento procesal oportuno su desahogo conforme a la ley.

TERCERO: Se sirva dictar auto de inicio para que mi demandado sea requerido, se autorice el embargo de bienes suficientes a garantizarle, solicitando igualmente se me expida copia certificada de la presente demanda del acuerdo que recaiga y de la diligencia de embargo.

CUARTO: En su oportunidad y previos los tramites de ley se sirva dictar la sentencia condenatoria que obligue a mi demandado al pago de todos y cada una de las prestaciones reclamadas y en su caso se rematen los bienes embargados.

TEHUACAN, PUEBLA; A 22 DE AGOSTO DE 2013

NORA FUENTES MORALES

LIC. NAHUN GALVAN CHAVEZ

-Abogado patrono-

Pliego de posiciones al tenor del cual declarara los testigos JUANA DIAZ GARCIA, RICARDA LOPEZ SANCHEZ Y JEHU FUENTES MORALES, dentro del desahogo de la prueba TESTIMONIAL el día y hora que se sirva señalar su señoría dentro del expediente numero 999/2013 del Juzgado Civil de Primera Instancia.

PREVIA PROTESTA DE LEY EL ABSOLVENTE DIRA:

1.- SI ES CIERTO COMO LO ES QUE CONOCE AL SEÑOR JOSE FUENTES APARICIO.

2.- SI ES CIERTO COMO LO ES QUE AL DOCUMENTO FUNDATORIO BASE FUE SUSCRITO DEL PUNO Y LETRA DEL SENOR JOSE FUENTES APARICIO.

3.- SI ES CIERTO COMO LO ES QUE EL PAGARE FUE SUSCRITO EN LA CASA DE LA SENORA NORA FUENTES MORALES.

TEHUACAN PUEBLA A 22 AGOSTO DE 2013.

Interrogatorio a cuyo tenor dictaminaran los peritos en EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL instaurado por NORA FUENTES MORALES EN CONTRA DE JOSE FUENTES APARICIO expediente 999/2013, que se sigue ante el JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

1.-QUE SEÑALE EL PERITO EN GRAFOSCOPIA, QUE SI LOS RASGOS DEL CONTENIDO DEL TEXTO DEL DOCUMENTO FUNDATORIO BASE DE LA ACCION FUE SUSCRITO EN EL MISMO TIEMPO DEL ESTAMPADO DE LA FIRMA.

2.- QUE SEÑALE EL PERITO EN GRAFOSCOPIA SI EXISTE AL TERACION EN CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN QUE LO ESPECIFIQUEN EN DONDE O EN QUE PARTE DEL DOCUENTO SE ENCUENTRA DICHA ALTERACIÓN.

3.- QUE SENALE EL PERITO EN GRAFOSCOPIA SI EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCIÓN, FUE SUSCRITO POR LA MISMA PERSONA.

4.- QUE DIGA EL PERITO EN GRAFOSCOPIA, SI EL DOCUMENTO FUE SUSCRITO Y SATISFECHO EN TODOS LOS REQUISITOS POR LA MISMA TINTA.

5.- QUE DIGA EL PERITO EN GRAFOSCOPIA, CUANTO TIEMPO TIENE DE SUSCRITO EL TITULO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE CONSISTE EN EL PAGARE QUE SE SUSCRIBIO CON FECHA NUEVE DE ABRIL DE DOS MIL ONCE.

TEHUACAN PUEBLA A 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2013.

EXPEDIENTE 999/2013.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.

NORA FUENTES MORALES

Vs

JOSE FUENTES APARICIO

JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

JOSE FUENTES APARICIO, por mi propio derecho, señalo como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones la casa marcada con él número doscientos veintinueve de la calle nueve sur de esta ciudad de Tehuacán y autorizando para recibirlas al Licenciado ALVARO CRUZ ANTONIO; ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito en tiempo y forma legal, con fundamento en él artículo 1399 del Código de Comercio, 8 Ley General de Títulos y Operaciones de crédito, vengo a dar contestación a la infundada demanda instaurada en mi contra por la señora NORA FUENTES MORALES de la siguiente manera:

Niego el derecho que pretende hacer valer el Actor al reclamar todas y cada una de las prestaciones que se desprenden de su escrito de demanda.

CONTESTACION DE HECHOS

1.- El primer punto de hechos que se contesta es completamente falso, toda vez que nunca he suscrito un pagare con la señora NORA FUENTES MORALES.

2 - Este punto lo niego rotundamente porque no he contraído ninguna obligación con la actora en esta demanda, toda vez que jamás he recibido ninguna suma de dinero por parte de ella

3.- Este punto lo niego, ya que debido a que nunca contraje ninguna obligación con la señora NORA FUENTES MORALES, no hay motivo para que ella haya realizado el requerimiento de pago.

E X C E P C I O N E S.

1. - Las fundadas en el pago parcial del documento fundatorio base de la acción.

2.- La de alteración del texto del documento o de los demás actos que en él consten, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley general de Títulos y Operaciones de Crédito.

3.- Y las demás que se desprenden de mi contestación de demanda.

Con relación a mi contestación de demanda y para comprobar todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente contestación, de la cual ofrezco pruebas de mi parte y con citación a la parte contraria las siguientes:

P R U E B A S

1.- LA DOCUMENTAL PUBLICA DE ACTUACIONES.- Consistente en todo lo actuado y por actuarse en el presente juicio el cual la relaciono con los puntos de hechos marcados con los números 1, 2, 3, de mi contestación de demanda, es decir que demostrare que el documento fundatorio base de la acción existe, toda vez que jamás he suscrito un pagare con la señora NORA FUENTES MORALES.

2.-LA PERICIAL EN GRAFOSCOPIA.- Consistente en el dictamen que se sirva rendir el perito que para tal efecto designo, a ROSALBA PIMENTEL MENDEZ quien cuenta con numero de cedula profesional 3465096; y con autorización como perito oficial, según registro bajo la partida 740 a fojas 10 de fecha veintitrés de Octubre del año dos mil tres expedido por la secretaria de Educación Publica, quien deberá emitir su dictamen en GRAFOSCOPIA, DOCUMENTOSCOPIA Y DACTILOSCOPIA, a quien le señalo domicilio el ubicado en privada de la dos oriente número trescientos once interior doscientos ocho de esta ciudad, la cual la relaciono con los puntos de hechos de mi contestación de demanda marcado con los números 1, 2 Y 3 Y que en el texto del documento fundatorio base de la acción se encuentra alterado.

3.- PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en los razonamientos lógico jurídico que a su leal saber y entender se desprendan del presente juicio; relacionándolas con los hechos de mi contestación de demanda marcadas con los números 1, 2, Y 3 . Y demostrare que el documento fundatorio base de la acción ha sido alterado y así mismo que he realizado un pago parcial por la cantidad de cinco mil pesos cero centavos moneda nacional.

4.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en el traslado queme fue notificado a las once horas del día dieciocho de octubre del año en curso, relativo al presente juicio mercantil. Y que tienen relación con los puntos de hechos marcados con los números 1, 2, Y 3 de mi contestación de demanda, y demostrare lo dicho por el suscrito en los hechos marcados con los números 1, 2, Y 3 de mi contestación de demanda, es decir que demostrare que la señora NORA FUENTES MORALES altero el documento fundatorio base de la acción, puesto que este documento es falso.

Por lo antes expuesto y fundado a Usted Ciudadano Juez atentamente solicito se sirva:

P R I M E R O: Tenerme por presentado en tiempo y forma legal en términos de este escrito dando contestación a la infundada que instaura en mi contra NORA FUENTES MORALES oponiendo de mi parte las excepciones que se desprenden del presente ocurso.

S E G U N D O: Admitir las pruebas que ofrezco en el cuerpo del presente ocurso.

T E R C E R O: Previo los tramites de Ley dictar sentencia en mi favor.

C U A R T A.- Solicito que su señoría mande a citar a la parte actora para que ratifique su demanda.

PROTESTO LO NECESARIO.

TEHUACAN, PUE. A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE.

EXPEDIENTE NUMERO: 999/2013

JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

NORA FUENTES MORALES, promoviendo con la personalidad que tengo acreditada dentro de los autos, del expediente al rubro indicado, ante usted de la manera mas respetuosa comparezco para exponer:

QUE, por medio del presente escrito y con fundamento legal en lo establecido por el artículo 1401 del Código de Comercio y demás relativos al mismo en atención al estado procesal que guarda el expediente que gestiono, solicito abrir el presente juicio a prueba por el termino de ley, notificando personalmente a las partes.

Por lo anterior expuesto y fundado a usted señor juez atentamente pido:

UNICO: acordar de conformidad lo solicitado en el cuerpo del presente escrito por estar conforme a derecho.

PROTESTO A USTED MIS RESPETOS

TEHUACAN PUEBLA, DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE.

NORA FUENTES MORALES.

EXPEDIENTE NUMERO: 999/2013

JUEZ DE LO CIVIL

Nora fuentes morales promoviendo por mi propio derecho y con la personal;idad que tengo debidamente acreditada dentro del expediente al rubro indicado, ante usted comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y documentos anexos, que con fundamento en lo establecido por los articulos 1194, 1197, 1198, 1205, 1238, 1242, 1252, 1352 fraccion I, 1261, 1263, 1277, 1278, 1279, 1280 y demás relativos al Codigo de Comercio y toda vez que el estado procesal del presente juicio así lo permite, así mismo para poder probar cada uno de los hechos que manifiesto que ocurrieron; ante usted ofrezco los siguientes medios de:

PRUEBAS

LA DOCUMENTAL PRIVADA: consistente en el pagare con folio 999 suscrito por el señor Jose fuentes Aparicio a favor de nora fuentes morales con fecha nueve de abril de dos mil nueve, por la cantidad de $300, 000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) el cual venció el nueve de abril de dos mil once. Esta prueba es ofrecida para acreditar el derecho que me asiste para poder ejercitar acción en contra de mi demandado, así mismo se fundamenta mi pretencion, consistente en la cantidad de dinero descrita en el documento probatorio ofrecido en este apartado.

LA PERICIAL: que consiste en el dictamen a cargo del perito en grafoscopia Julio Méndez González, con cedula profesional 0293423, quien cuenta con facultades para relizar el peritaje en los términos que esta autoridad ordene. Con esta prueba se pretende demostrar la autenticidad del titulo fundatorio de la presente acción que consiste en un pagare descrito en el párrafo anterior.

LA TESTIMONIAL: consiste en las declaraciones de la señora juana diaz garcia, con domicilio en cinco norte numero cuatroscientos ocho colonia centro de la ciudad de tehuacan. Así mismo de la señora Ricarda Juarez Perez domiciliada en la casa marcada con el numero nueve de la calle avenida independencia oriente colonia centro de esta ciudad de tehuacan puebla. Y de el señor Jehu Fuentes Morales con domicilio en calle dieciocho oriente numero doscientos cinco de la ciudad de tehuacan puebla. Quienes declararan de viva voz al tenor del interrogatorio que al presente escrito adjunto.

LA PRESUNCIONAL, LEGAL Y HUMANA: a cargo de su senoria, para todos los efectos que han de favorecerme como parte actora.

Por lo anteriormente expuesto, que esta debidamente fundado y mtivado a usted juez de lo civil, de la manera mas respetuosa pido se sirva:

PRIMERO: Tenerme en tiempo y forma legal ofreciendo mis medios probatorios.

SEGUNDO: Se admitan todas y cada una de las pruebas ofrecidas en el cuerpo del presente escrito.

TERCERO: En el momento procesal oportuno se valoren las pruebas que ofrezco en este momento.

PROTESTO LO NECESARIO

Tehuacan puebla, 20 de septiembre de 2013.

NORA FUENTES MORALES.

EXPEDIENTE 999/2013

JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

NORA FUENTES MORALES, de generales conocidas, y con la personalidad que tengo reconocida en el expediente citado al rubro, ante usted de la manera más atenta comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1406 del Código de comercio, y toda vez que se han desahogado las pruebas, vengo a ofrecer los siguientes:

A L E G A T O S

1.- Con fecha diecinueve de agosto del presente año interpuse PROVIDENCIA PRECAUTORIA DE EMBARGO en contra de JOSE FUENTES APARICIO por la cantidad de $300, 000 .00/100 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) para lo que señale la propiedad inscrita bajo la partida: 999 del tomo XX de la sección Primera del Registro Público De la Propiedad , con domicilio en calle dieciocho oriente numero cincuenta, Ciudad de Tehuacán Puebla.

2.- El día veintidós de agosto de dos mil trece presente mi demanda por la via ejecutiva mercantil en contra del señor JOSE FUENTES APARICIO exigiendo el pago por la cantidad de $ 300, 000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) Como consta y corresponde igualmente en el documento ejecutivo mercantil fundatorio de la acción anexo, este tuvo fecha de vencimiento el día nueve de abril del año dos mil trece.

3.- Dentro del escrito de mi demanda inicial en contra de JOSE FUENTES APARICIO ofrecí las siguientes pruebas:

LA DOCUMENTAL PUBLICA: Consistente en todas las actuaciones judiciales que se lleguen a realizar en el presente expediente relacionando esta prueba con todos y cada uno de los hechos enumerados en el anterior capitulo, para efecto de acreditar la existencia de los hechos reclamados. Prueba ofrecida con motivo de acreditar que la suscrita cuenta con la legitimación suficiente para ejercer acción en contra de JOSE FUENTES APARICIO. DOCUMENTAL PRIVADA: Consistente en documento fundatorio de la acción que se ejercita, mismo que acompañe en escrito inicial de demanda relacionando esta prueba, con el capitulo de hechos que narre en mi demanda, para el efecto de comprobar la existencia del adeudo y la falta del pago del mismo. LA TESTIMONIAL: consiste en las declaraciones de la Señora Juana Diaz Garcia, con domicilio en cinco norte numero cuatroscientos ocho colonia centro de la ciudad de tehuacan. Así mismo de la señora Ricarda Juarez Perez domiciliada en la casa marcada con el numero nueve de la calle avenida independencia oriente colonia centro de esta ciudad de tehuacan puebla. Y de el señor Jehu Fuentes Morales con domicilio en calle dieciocho oriente numero doscientos cinco de la ciudad de tehuacan puebla. Quienes declararan de viva voz al tenor del interrogatorio que al presente escrito adjunto. Ofreciendo esta prueba con motivo de acreditar los hechos narrados en mi demanda, y para acreditar el derecho que ejercito en contra del señor JOSE FUENTES APARICO. LA PRESUNCIONAL: En su doble aspecto de legal y humana, esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos, narrados en la presente demanda, haciéndola consistir en forma enunciativa más no limitativamente. Con el objeto de acreditar los hechos narrados en el escrito inicial de demanda, y para acreditar que tengo el derecho de reclamar el cumplimiento de la obligación por parte del señor JOSE FUENTES APARICIO.

4.- Las pruebas se desahogaron con fecha nueve de septiembre de dos mil trece, en donde la parte demandada JOSE FUENTES APARICIO no pudo hacer valer sus excepciones, toda vez que si bien el perito en grafoscopia que presente, se limito a negar rotundamente que la firma que obra en el pagaré suscrito con fecha nueve de abril de dos mil once, sin embargo al preguntarle si existía alguna alteración en el documento, manifestó que la alteración estaba en la firma suscrita por el demandado, minutos despues al preguntarle si el titulo de crédito que se examinaba había sido suscrito por la misma persona manifestó que si, de manera que existe contradicción al decir que no es la firma del demandado la obra en el pagare si el documento fue suscrito por la misma persona, no puede existir falsedad en un apartado y ser veraz en otro. Por otra parte, al preguntarle al perito de la parte demandada si el documento había sido satisfecho por la misma tinta, el manifestó que en efecto si, por lo que existe inconsistencia en sus respuestas toda vez que el documento no puede estar suscrito por la misma persona y por la misma tinta y solamente sea falsa la firma que obra en dicho pagare, de la misma manera, los testigos manifestaron de viva voz haber presenciado la firma del pagare suscrito por el señor JOSE FUENTES APARICIO el dia nueve de abril de dos mil once.

Por lo anteriormente expuesto a usted ciudadano juez solicito:

PRIMERO: Se me tenga por aceptado en tiempo y forma el presente escrito de alegatos correspondientes al presente juicio.

SEGUNDO: En su oportunidad considere los presentes alegatos en el presente juicio.

TERCERO: En el momento procesal oportuno, se sirva dictar sentencia a mi favor y ordenar el remate de los bienes embargados.

PROTESTO LO NECESARIO

NORA FUENTES MORALES.

TEHUACAN, PUEBLA. TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE.

EXPEDIENTE NUMERO: 999/2013

JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

NORA FUENTES MORALES, de generales conocidas y con la personalidad que tengo acreditada dentro de los autos, del expediente al rubro indicado, ante usted de la manera mas respetuosa comparezco para exponer:

QUE, por medio del presente escrito y con fundamento legal en lo establecido por el artículo 1327, 1328 y demás relativos del Código de Comercio y demás relativos al mismo en atención al estado procesal que guarda el expediente que gestiono, solicito abrir que el presente juicio pase a sentencia por haberse desahogado todas las pruebas y haberse hecho los alegatos correspondientes.

Por lo anterior expuesto y fundado a usted señor juez atentamente pido:

UNICO: acordar de conformidad lo solicitado en el cuerpo del presente escrito por estar conforme a derecho.

PROTESTO A USTED MIS RESPETOS

TEHUACAN PUEBLA, DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE.

EXPEDIENTE: 36/2010.

CIUDADANO JUEZ MUNICIPAL CIVIL

NORA FUENTES MORALES Promoviendo con la personalidad que tengo reconocida en autos dentro del expediente citado al rubro. Ante usted de la manera más atenta comparezco y expongo.

Que por medio del presente ocurso y con fundamento en el artículo 1346 y 1348 y demás relativos del Código de Comercio acudo a Usted para solicitar lo siguiente:

PRIMERO: Se declare ejecutoriada la sentencia de fecha 24 de octubre de dos mil trece, toda vez que no fue recurrida.

SEGUNDO: se ordene el remate del bien embargado en providencia precautoria de embargo que consiste en la propiedad inscrita bajo la partida: 999 del tomo XX de la sección Primera del Registro Público De la Propiedad , con domicilio en calle dieciocho oriente numero cincuenta.

TERCERO: Ordene la devolución de la documentación original que obre en autos.

MUY RESPETUOSAMENTE

TEHUACÁN, PUEBLA; 23 DE OCTUBRE DE 2013.

NORA FUENTES MORALES.

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