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Exportación de Lenguado Congelado a Estados Unidos


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2022  •  Trabajos  •  1.239 Palabras (5 Páginas)  •  170 Visitas

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Exportación de Lenguado Congelado a Estados Unidos

Nuestro amigo importador español, José Luis G., nos hizo el siguiente pedido: 20 t de Lenguado congelado, entero, a un precio de € 6,666 / tonelada y 20 toneladas de Lenguado en Filetes, congelado, a un precio de € 7,777 / tonelada, ambos precios EXW Paita. Para este despacho, debieron importar € 55,680 CIF Callao, de insumos (cajas parafinadas para el pescado congelado), de origen colombiano, cuyo arancel (ad-Valorem) en Perú es 10% y el IGV, 18%. Con Colombia tenemos el TLC Comunidad Andina que permite importar con exención de derechos arancelarios.

Todo el producto fue transportado vía marítima a valencia. El certificado de origen ascendió a € 28 y el de Sanipez a € 120; el transporte desde Paita al puerto del Callao tuvo un costo de € 550 y el seguro correspondiente fue de € 180; el Agente de Aduanas en Perú cobró el 1.5 % del EXW y el puerto del Callao, € 280. La carga y estiba ascendió a 360.

El transporte desde Callao a Valencia fue de € 3,700 y el seguro correspondiente fue de € 1,080. España aplica a los pescados un arancel porcentual del 8.5% y el IVA (Impuesto al Valor Añadido) es del 19%. Perú cuenta con un TLC con la Unión Europea. El puerto de Valencia cobra por sus servicios € 340 y el Agente de Aduanas el 2% del CFR. Toda la mercancía iba al importador español en Madrid, por lo que el transporte hasta esa ciudad tuvo un costo de € 800 y el seguro de dicho trayecto fue de € 400.

PREGUNTA 1: Evaluar los regímenes aduaneros que pueden emplearse para la importación de los insumos (las cajas de cartón, etc.). (2 puntos)

Costo

Beneficio

Importación regular

IGV= 8493.56

No se pagan derechos arancelarios por TLC.

Admisión temporal

No se utiliza directamente en el proceso productivo (cajas).

Importación temporal

No hay importación temporal, ya que no es devuelto al mismo lugar de exportación (Colombia).

Repos. en Franquicia

-

RSDA

-

PREGUNTA 2: Una empresa productora – exportadora de langostinos desea ingresar al territorio nacional unos suplementos de vitaminas y minerales para que los langostinos crezcan más rápido y más saludables. ¿Cuál es el régimen aduanero que debe utilizar? Mencione tres requisitos o condiciones deben de cumplirse para acogerse a dicho régimen aduanero. (2 puntos)

Régimen        que        debe emplear

  • Perfeccionamiento, restitución simplificada de derechos arancelarios

Requisitos

  • Los insumos deben nacionalizarse, cancelando el íntegro de los derechos arancelarios.
  • No deben incluirse insumos nacionalizados con rebaja,  exoneración o franquicia arancelaria. Hay excepciones.
  • No deben incluirse insumos que correspondan al régimen de admisión temporal e  importación temporal, reposición en franquicia y similares. Hay excepciones.

PREGUNTA 3: El Drawback permite obtener como consecuencia de la exportación, la devolución de un porcentaje del valor FOB o FCA del producto exportado. Indique lo siguiente: (4 puntos)

  1. Tres requisitos que se necesitan cumplir, para poder acogerse a este beneficio.
  1. El producto debe ser fabricado con uno o más insumos importados.
  1. Se deben pagar los aranceles de estos insumos importados.
  1. El valor CIF de los productos importados no debe superar el 50% del valor FOB del producto exportado.

  1. ¿Cuál es el porcentaje mínimo y máximo de insumos importados que debería tener el exportador para acogerse a este beneficio?
  1. Debe tener mínimo un insumo importado en su elaboración.
  1. El valor de los insumos no puede superar el 80% del límite en un plazo de 12 meses, es decir, 16 millones de dólares, ya que el límite son 20 millones de dólares de ventas FOB anuales (exportación).

  1. Atendiendo al componente importado, ¿esta exportación califica para la RSDA (Drawback)?

- No califica, ya que el componente importado (cajas) son de origen colombiano y gracias al TLC se exoneran los aranceles que se deben pagar. No hay devolución de aranceles.

  1. Calcule el RSDA (Drawback) que obtendría la empresa exportadora obtendría por esta operación.

3% del FOB del lenguado congelado, ya que sería para este producto.

4081.6625

Si no hubiera TLC con Colombia, este sería el valor que las aduanas le deberían devolver a la empresa. 3% del FOB del bien exportado.

PREGUNTA 4: Identificar cuál afirmación es verdadera (Si / No) (2 puntos)

La Admisión Temporal es un Subsidio

Si (X) No ( )

Para importar equipos musicales debe emplearse el

DrawBack

Si () No (X )

Para importar Insumos que luego van a reexportarse de

alguna manera transformados, y reexportados, se puede emplear la Importación Temporal.

Si ( ) No (X)

Las importaciones de urgencia, si el importador así lo

desea, pueden importarse vía marítima.

Si (X) No ( )

PREGUNTA 5: Elaborar un mapa conceptual sobre los regímenes aduaneros vigentes en el Perú. (2 puntos)

...

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