ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

IMPUESTO A LA RENTA


Enviado por   •  27 de Mayo de 2015  •  7.295 Palabras (30 Páginas)  •  231 Visitas

Página 1 de 30

IMPUESTO A LA RENTA

IMPUESTO:

Tributo, gravamen, prestación económica a título definitivo y sin contra partida, requerida por el Estado a los ciudadanos o empresas con el objeto de financiar los gastos públicos.

TIPOS DE IMPUESTOS

El gobierno cuenta con dos tipos de impuestos principalmente: los directos y los indirectos.

1. Los impuestos directos se aplican de forma directa a la riqueza de las personas, principalmente a sus ingresos o signos de riqueza como la propiedad de autos o casas. El impuesto directo más importante es el impuesto sobre la renta (ISR). Debe observarse que este impuesto es una extracción a los ingresos de las empresas y de los particulares.

En contrapartida, los impuestos indirectos afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente (aquél que le paga al fisco). En otros términos, el contribuyente que enajena bienes o presta servicios, traslada la carga del impuesto a quienes los adquieren o reciben. Dentro de éstos se encuentran el impuesto al valor agregado (IVA, impuesto al consumo de las personas y empresas) y el impuesto especial sobre producción y servicios

(IEPS, impuesto a gasolinas, alcoholes y tabacos). Por ejemplo, el IVA grava el valor que se le agrega a la mercancía en su proceso de producción y se genera cada vez que compramos algún producto (con varias excepciones en nuestro país que revisamos más adelante).

Tributo: Es el pago de impuestos u otro cargo económico. También es lo que se paga para contribuir al gasto público.

Obligación tributaria: De acuerdo con Giuliani la obligación tributaria es un vínculo Jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar a otro sujeto (acreedor) que actúa ejercitando el poder tributario, sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas por la ley (Derecho Financiero.

REGIMENES

Según De Perú.com en su libro asegura que son aquellas categorías en las

cuales toda persona natural o jurídica que posea o va a iniciar un negocio

deberá estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de

Administración Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de

impuestos nacionales.

REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO

Según SUNAT pueden acogerse a este régimen: las personas Naturales

Sucesiones Indivisas:

• Ingresos Brutos y monto de compras: no mayor a s/. 360,000.

• Valor de los Activos Fijos: no mayor a s/. 70,000

• Realizar actividades en un solo establecimiento o sede productiva

• La categoría especial del nuevo régimen único simplificado está dirigida

a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus adquisiciones

anuales no supere cada uno de s/60,000 y siempre que se trate de:

 Personas que se dediquen únicamente a la venta de frutas,

hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes

especificados en el apéndice de la ley del IGV y ISC, realizada en

mercado de abastos.

 Personas dedicados exclusivamente al cultivo de productos

agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural.

BOLETA DE VENTA

Según Rafael Calvo Ortega, (2009) afirma comprobante de pago que se emite que “Es un en operaciones con consumidores o usuarios finales. No permite ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.

Por ejemplo: Si usted compra los víveres para la semana en una tienda de abarrotes, debe exigir que le otorguen una boleta de venta. Lo mismo si acude a una peluquería o salón de belleza, o va a comer a un restaurante o compra un libro. Cuando el importe de la venta efectuada o del servicio prestado supere los setecientos nuevos soles (S/. 700.00) por operación será necesario consignar en la boleta de venta los datos de identificación del adquirente o usuario: apellidos y nombres completos, y el número de su documento de identidad.

Base Legal: Numeral 3 del artículo 4º y numeral 3.10 del Artículo 8º de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT Al final del día, deberá emitir una sola boleta de venta por la suma de todas las ventas por valores iguales o menores a 5.00 por las

que no haya emitido.

Conservara tanto el original como la copia de la boleta de venta, para el control posterior de la SUNAT.

La boleta de venta tiene por finalidad acreditar o respaldar la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios en operaciones con consumidores o usuarios finales y en operaciones realizadas por los sujetos del Régimen Único Simplificado.

No podrán ejercer el derecho al crédito fiscal ni podrán sustentar gastos o costos para efecto tributario salvo en los casos que la ley lo permita.

• Deben entregar boleta de venta

• Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a consumidores finales, por ejemplo en bodegas, restaurantes, farmacias, zapaterías,

ferreterías, etc., así como aquellos comprendidos en el Nuevo Régimen Único Simplificado Consigna el importe más no detalla el IGV.

• Estos comprobantes no dan derecho al crédito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gastos y/o costos para efectos tributarios.

• Podrán ser utilizados a fin de sustentar gasto o costos para efecto tributario salvo en los casos que la ley lo permita.

TICKET O CAJA RECAUDADORA

Según, (DePerú.com, 2012) define que el ticket se emite en

operaciones con consumidores finales. En operaciones realizadas por los sujetos el Régimen Único Simplificado, además sólo pueden ser

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (49.3 Kb)  
Leer 29 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com