INFLACION
soybuenoparatodo9 de Febrero de 2015
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III EL EFECTO DE LA INFLACIÓN SOBRE LA COMPARABILIDAD EN LOS ESTADOS FINANCIEROS
Efecto de la inflación sobre la información financiera
Naturaleza y determinación del Índice Nacional de Precios al Consumidor
Normatividad contable para reconocer los efectos de la inflación en los Estados
Financieros
Ajuste de cifras del mismo año para reconocer los efectos de la inflación
Ajuste de cifras de períodos anteriores para reconocer los efectos de la inflación
IV CALIDAD DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN LOS ESTADOS FINANCIEROS
Naturaleza de la auditoría de Estados Financieros
Necesidades que se cubren con la auditoría de Estados Financieros
Significado General de la opinión del auditor
Estructura de la opinión del auditor
Interpretación general de la opinión del auditor respecto a la calidad de la información contenida en los Estados Financieros
Sin salvedad
Con salvedad
Repercusión de que los EF estén o no dictaminados sobre el análisis de éstos
Repercusión de que exista o no una salvedad en el dictamen del auditor sobre el análisis de los estados financieros
V NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Naturaleza de las notas a los Estados Financieros
Notas descriptivas de la integración y operación de un grupo constituido por varias empresas
Notas enunciativas de las principales políticas contables seguidas por la empresa
Notas complementarias a la cuantificación de partidas contenidas en el cuerpo de los Estados Financieros
Notas de carácter meramente descriptivo
Notas para revelar contingencias y compromisos
Notas para revelar garantías
Otro tipo de notas
VI TÉCNICAS PARA EL ANÁLISIS DE ESTADOS FINANCIEROS
Mediciones directas
Evidencia Indirecta
Funciones Predictivas
Comparaciones
VII HERRAMIENTAS DE ANÁLISIS DE ESTADOS FINANCIEROS
Estados Financieros comparativos
Cambios de año a año
Números índices de series de tendencias
Porcentaje de Cambio en relación a un año base
Porcentajes integrales o de talla común
Análisis de estructura
Razones Financieras
Análisis Especiales
Pronósticos de efectivo
Variaciones de Utilidad Bruta
Punto de Equilibrio
VIII ANÁLISIS DE CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE INTEGRAN EL BALANCE Y EL IMPACTO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS
Reglas contables relativas al efectivo e inversiones temporales
Efectos de la inflación sobre la información financiera
Naturaleza y determinación del Índice Nacional de Precios al Consumidor
Normatividad contable para reconocer los efectos de la inflación en los Estados Financieros
Ajuste de cifras del mismo año para reconocer los efectos de la inflación
Ajuste de cifras de períodos anteriores para reconocer los efectos de la inflación
Como ya hemos establecido, es un principio elemental el hecho de que las cifras en los Estados Financieros se hagan comparables de un período a otro, para que se puedan entender las cifras y al mismo tiempo, las decisiones que tomen sean sobre bases correctas. El valor de la moneda el día de hoy, no es el mismo que el que tenía tiempo atrás. Es decir, en nuestro país, aunque se ha hecho un buen intento, la inflación continúan, es decir, se va perdiendo, poco a poco, el poder adquisitivo del peso mexicano.
Esta situación no es privativa de nuestro país, sino de todo el mundo, con sus excepciones, donde ciertos países, con la aplicación, principalmente de la Política Monetaria y por otro lado, apoyada con la Política Fiscal, lejos de tener inflación, tienen deflación y por consecuencia una apreciación (aumento) de su moneda, es decir, con el paso del tiempo, su moneda se revalúa, y cada vez se pueden comprar más insumos, con menos dinero. Aunque no ésto no puede ser siempre constante, ya que la economía mundial está interconectada.
Debido a lo comentado anteriormente, el Fisco mexicano, en nuestro caso de estudio, ha tomado como base para muchos aspectos de la Política Fiscal, entre otras, ISR, IVA, IEPS, Impuestos al Comercio Exterior, Multas, Accesorios, Sanciones y prácticamente todo lo que involucre finanzas, precisamente los factores que sirven para darle efecto de actualización al dinero, y eso en contabilidad se llama B-10 que es el reconocimiento de los efectos inflacionarios, para que los Estados Financieros sean comparables entre un período y otro.
EFECTOS INFLACIONARIOS
B-7 y B-10 “Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera”. Antecedentes más importantes desde 1987 que dan dos bases distintas para el pago del ISR. Ejemplo: El tratamiento que se le da a los intereses y a las fluctuaciones cambiarias; a la deducción de las compras de materia prima, a la deducción de las inversiones, a la determinación de la ganancia por la ventas de terrenos y acciones, la aplicación de las pérdidas fiscales y a la actualización de las contribuciones y accesorios, entre otros casos.
EFECTOS INFLACIONARIOS EN EL VALOR DE LOS BIENES Y OERACIONES
Los Estados Financieros que se venían presentando en una etapa inflacionaria en el que el valor de los bienes de las operaciones se revelan con base en los Costos Históricos, ha dejado de ser un instrumento útil para la toma de decisiones, en virtud de que dichos valores fueron realizados con unidades monetarias de poder adquisitivo distinto, sin que la variación inflacionaria se viera reflejada en la información financiera.
Para corregir esas diferencias, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos emitió el Boletín B-7 “Revelación de los Efectos de la Inflación en la Información Financiera”, sin embargo con las experiencias que se tuvieron en su aplicación, en el año de 1983 se emitió el Boletín y B-10 “Reconocimiento de los Efectos de la Inflación en la Información Financiera”, cuyos antecedentes ya mencionados, fueron desde 1987 donde se dieron dos bases distintas para el pago del ISR. Ejemplo: El tratamiento que se le da a los intereses y a las fluctuaciones cambiarias; a la deducción de las compras de materia prima, a la deducción de las inversiones, a la determinación de la ganancia por la ventas de terrenos y acciones, la aplicación de las pérdidas fiscales y a la actualización de las contribuciones y accesorios, entre otros casos.
Art 7 ISR:
Factor de Ajuste =INPC del mes de que se trate (-) 1
Mensual INPC del mes inmediato anterior
Ejemplo:
Factor de Ajuste = INPC de Nov. 08 = 132.841 (–)1=0.0114
Mensual INPC de Oct. 08 131.348
Nos dice el nivel de inflación del mes de noviembre
Aplicación:
Valor de un bien dado o de una operación 420,000
Por:
Factor de Ajuste del mes de noviembre 01 0.0114 (*)(0.0052 x 100 = 0.52%)
MODIFICACIÓN DEL MES 4,774.04
COMPROBACIÓN:
INCP DE NOVIEMBRE 2008 132.841
Menos:
INCP DE OCTUBRE DEL 2008 131.348
INCREMENTO DE INFLACIÓN DE NOVIEMBRE 1.493
Entre:
INCP DE OCTUBRE DEL 2008 131.348
FACTOR DE INCREMENTO DE NOVIEMBRE (x) 100 0.14%
SI FUERA UN DECREMENTO, EN LUGAR DE INCREMENTO:
INCP DE MAYO DEL 2008 127.590
INCP DE ABRIL DEL 2008 127.728
Factor de Ajuste = INPC de May. 08 = 127.590 –1=(0.0011)
Mensual INPC de Abr. 08 127.728
El efecto deflacionario de los créditos de 3ras personas mide el nivel de pérdida del poder de compra de la moneda por el simple hecho del transcurso del tiempo en que se tarde en liquidar el adeuda a sus acreedores.
FACTOR DE AJUSTE PARA PERIODOS MAYORES A UN MES
LISR – Art. 7 fracc. I inciso b).
INPC del mes más reciente del período
FA = ------------------------------------------------------- (-1)
INPC del mes más antiguo del período
Ejemplo:
INPC de septiembre del 2008 130.459
INPC de diciembre del 2007 125.540
FA= INPC Sept 08 = 130.459 = 1.0392 – 1 = 0.0392
INPC Dic. 07 125.540
El resultado nos permite conocer el nivel de crecimiento que la inflación ha producido en el valor de los bienes u operaciones del contribuyente durante un periodo dado, en este caso del 1 ° de enero al 30 de septiembre del 2008.
Valor de un bien dado o de una operación 420,000
Por:
Factor de Ajuste del mes de ene-sep 2008 0.0392
MODIFICACIÓN DEL MES 16,456.75
Por tanto la inflación obtenida es del 3.92% enero-septiembre
Comprobación:
INCP DE SEPTIEMBRE 2008 130.459
Menos:
INCP DE DICIEMBRE 2007 125.540
INCREMENTO DE INFLACIÓN DE ene-sep 4.9190
Entre:
INCP DE DICIEMBRE DEL 2007 125.540
FACTOR DE INCR. DE ENE. A SEP.(x) 100 3.918%=3.92%
FACTOR DE ACTUALIZACION
Art. 7 de la LISR Fracc. II
FAct. = INPC del mes más
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