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Impuesto Al Comercio Exterior

YARILIZA24 de Noviembre de 2013

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UAQ

“FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL”

CONTENIDO

1. SISTEMA FINANCIERO INTERNACIONAL

2. MERCADO INTERNACIONAL DE CRÉDITOS

3. MERCADO INTERNACIONAL DE OBLIGACIONES

4. MERCADO INTERNACIONAL DE ACCIONES

5. RIESGO PAÍS EN LAS OPERACIONES INTERNACIONALES

6. ASPECTOS DE IMPORTANCIA FINANCIERA INTERNACIONAL

Impuestos al comercio exterior

En el comercio internacional, tanto la importación como la exportación pueden estar gravadas con ciertos tributos, si bien lo más frecuente es que sea la importación la que esté sometida al pago de impuestos. La base gravable en una importación viene dada por la suma de:

a) El valor de la transacción (importe negociado entre comprador y vendedor).

b) Otros gastos que haya generado la operación (transporte, seguro, gastos administrativos de aduana, etc.).

A esta base imponible hay que aplicarle los tipos impositivos vigentes. Estos tipos impositivos:

1. Son diferentes de un país a otro.

2. Varían en función del tipo de mercancía.

3. También pueden variar en función de cual sea el país de origen de la mercancía.

El sujeto pasivo (quien tiene que pagar el impuesto) es el importador, desde el momento en que acepta tomar posesión de la mercancía.

Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA)

Las operaciones de comercio exterior también están gravadas con el IVA. En este sentido se puede distinguir entre:

a) Operaciones intracomunitarias en la zona euro. Las ventas entre países comunitarios no tienen la condición de operaciones de comercio exterior, asimilándose a operaciones domésticas.

- Estas operaciones están exentas del impuesto sobre importaciones, pero sí tienen que pagar IVA.

- Estas operaciones se gravan en el país de destino (y no en el país de origen, lo que les diferencia del sistema general del IVA que grava en el origen).

- La base imponible está constituida por el importe de la transacción.

- El sujeto pasivo es el comprador.

- Los tipos de IVA aplicables son los mismos que los vigentes en el mercado interno del país de destino.

c) Importaciones procedentes de países no comunitarios.

- Estas operaciones, además del impuesto sobre importaciones, están gravadas con el IVA.

- La base gravable es la suma del importe de la transacción, de aquellos gastos que encarecen la operación (transporte, seguro, gastos administrativos de aduana, etc.) y del importe del impuesto de importaciones.

- Sujeto pasivo es el importador.

En la aplicación del IVA, tanto en operaciones intracomunitarias como con terceros países, hay excepciones y regímenes especiales que afectan a determinadas operaciones.

Zonas contratamiento fiscal especial

Para favorecer y fomentar las operaciones de comercio exterior los países establecen dentro de sus territorrios zonas con regímenes fiscales especiales.

Estas áreas permiten la importación de productos que quedan exentos temporalmente (mientras permanezcan en las mismas) del pago del impuesto de importación, así como del IVA u otros impuestos especiales (dependiendo de la modalidad).

Se utilizan principalmente para introducir en el país con carácter temporal mercancía, que tras ser transformada es exportada nuevamente a terceros países. Entre sus características se pueden distinguir:

- Son áreas perfectamente delimitadas.

- Las mercancías pueden permanecer en ellas por tiempo ilimitado.

- Cada país tiene plena libertad para establecer aquellas que considere convenientes.

Podemos distinguir cuatro tipos de zonas especiales:

a) Zonas francas. La entrada de mercancía importada en estas zonas se equipara a como si aún no hubiera entrado en el país. Son zonas amplias, que permiten el establecimiento de numerosas empresas. Están situadas normalmente en zonas portuarias. En ellas se pueden realizar actividades de transformación o de almacenamiento, permitiendo el establecimiento tanto de instalaciones industriales como de almacenes.

b) Depósitos francos. Presentan las mismas características que las zonas francas y disfrutan del mismo régimen especial. No se permite la realización de actividades de transformación, únicamente están destinados al almacenamiento. Suelen ser de dimensiones más reducidas que las zonas francas y también permiten el establecimiento de numerosas empresas. Se localizan en zonas portuarias y aeropuertos.

c) Depósitos aduaneros. Son naves, locales o almacenes que pertenecen a una empresa determinada y que solicita a las autoridades fiscales su declaración como depósito aduanero. Se pueden situar en cualquier lugar del territorio nacional y se utilizan para el almacenamiento de productos importados. Gozan del mismo tratamiento fiscal que las zonas y depósitos fiscales.

d) Depósitos fiscales. Se destinan únicamente al almacenamiento de productos importados que están gravados con impuestos especiales (tabaco, alcohol, petróleo, etc.). El almacenamiento en estos depósitos del producto importado les exime temporalmente (mientras permanezcan en el mismo) del pago del impuesto especial y del IVA. A diferencia de en los casos anteriores, estas mercancías sí pagan en un primer momento el impuesto de importación.

CONVENIOS RECÍPROCOS DE PAGO

Son numerosas operaciones especiales que se pueden dar en el comercio exterior. Veamos algunas

a) Compensación. Tiene lugar cuando el pago de la operación se efectúa mediante la entrega de mercancía, en lugar de realizarse con dinero. Es un sistema que complica enormemente las operaciones de comercio exterior, se utiliza en casos muy concretos:

- Cuando el país importador carece de divisas con las que pagar las compras, viéndose obligado a hacerlo mediante la entrega de productos nacionales.

- Cuando un país en vías de desarrollo trata de desarrollar una industria nacional naciente y pacta que el pago de sus importaciones se efectúe mediante entrega de productos de esta industria.

- Como medida extrema para equilibrar una balanza de pago deficitaria, el importador pagará sus importaciones con exportaciones.

Los acuerdos de compensación se pueden establecer:

 A nivel de empresas, entre la exportadora y la importadora.

 A nivel de gobiernos, entre país exportador e importador.

b) Operaciones triangulares. Es aquella en la que una empresa nacional realiza la compra de un producto en el exterior y al mismo tiempo vende dicho producto a una empresa de un tercer país. La mercancía adquirida no llega a entrar en territorio nacional. En este tipo de operaciones se pueden dar 3 supuestos:

- Que la empresa nacional tenga que realizar el pago de la compra antes de recibir el cobro de la venta.

- Que pago y cobro sean simultáneos.

- Que el cobro de la venta sea previo al pago de la compra.

Las necesidades de financiación de la empresa nacional serán diferentes en los tres casos:

En el primer supuesto puede necesitar financiación, mientras que en el segundo y tercero ésta no será necesaria.

En este tipo de operaciones hay que tener en cuenta las divisas en las que se van a efectuar el cobro y el pago, ya que si son diferentes puede existir riesgo de tipo de cambio que convenga cubrir.

Otros medios de pago

El factoring es un acuerdo firmado entre el exportador y una entidad financiera (factor) que puede incluir algunos o todos de los siguientes servicios:

- Gestión de cobro: la empresa cede a la entidad financiera las facturas para que ésta gestione los cobros (servicios de carácter administrativo).

- Venta de la factura a la entidad financiera. Esta modalidad presenta dos alternativas:

- Con recurso: si la factura resulta impagada la entidad financiera la devuelve al exportador y recupera el importe que le había pagado por la misma.

- Sin recurso: el exportador vende la factura y queda ya exento del posible riesgo de impago. De producirse éste, la pérdida recaería en su totalidad sobre la entidad financiera.

- Información sobre clientes (solvencia, cumplimiento de pagos, etc.).

El factoring es una modalidad especialmente apropiada para empresas:

a) Con una actividad exportadora estable.

b) Con numerosos clientes en el exterior y con la cifra de venta muy distribuida entre los mismos.

c) Clientes habituales, con los que ya se tiene cierta experiencia.

Ventajas ofrece el factoring

4. Permite financiar la venta.

5. Elimina el riesgo de impago (en el caso de que sea factoring sin recurso).

6. Se evita la carga administrativa, normalmente compleja, de gestionar la cartera de clientes del exterior.

Inconvenientes presenta

- El exportador se aleja del cliente y pierde con ello información del máximo interés (sobre el negocio, la competencia, las tendencias, etc.), ya que es ahora la entidad financiera quien tiene una relación más estrecha con dicho cliente.

Otra forma de financiamiento es el llamado forfaiting, que es una operación por la que la empresa exportadora vende en firme (sin recurso) a una entidad financiera un documento de pago internacionalmente aceptado, letra o pagaré, que reconoce un derecho de cobro originado en una operación de compra-venta

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