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LEY FATCA


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2014  •  1.632 Palabras (7 Páginas)  •  489 Visitas

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FATCA

La Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero- FATCA, por sus siglas en inglés- (Foreign Account Tax Compliance Act) fue promulgada como ley en los E.U. el 18 de marzo del año 2010, regulándose medularmente en ella, que las instituciones financieras y otros intermediarios extranjeros deben informar directamente al Servicio de Impuestos de EEUU (IRS – Internal Revenue Service) sobre las cuentas de más de 50 mil dólares de los ciudadanos norteamericanos en el extranjero.

Por medio de la Ley FATCA se creará un registro fiscal (una especie de RFC) para las entidades financieras participantes. Aquellas que decidan no participar deberán pagar una retención del 30% sobre los flujos afectos a FATCA. Dentro de las directrices que se establecen en esta ley, se encuentra realizar un análisis detallado de cada persona usuaria de servicios financieros y la procedencia de sus recursos. En caso de no obtener información, se aplicará la retención correspondiente o se cancelará la cuenta.

Antecedentes de la Ley FATCA

A partir de la crisis económica global de 2008 y 2009, surgió por parte del gobierno de EE.UU. la necesidad de llevar un control mucho más estricto de los recursos financieros, determinándose crear este instrumento normativo.

Así, el 18 de marzo de 2010 se publicó el FATCA como parte de la Ley de Incentivos de Contratación para Restaurar el Empleo (Hiring Incentives to Restore Employment Act), por medio de la cual el gobierno de los Estados Unidos pretende recabar información de instituciones financieras extranjeras, respecto de cuentahabientes ciudadanos o residentes de ese país.

El 19 de noviembre de 2012, México y EE.UU. firman un convenio intergubernamental para facilitar la implementación de FATCA, el cual establece un intercambio de información automático mucho más amplio que el que ya existía y convirtiéndose así en un país “FATCA Friendly” o amigable respecto a FATCA.

Objetivo de la Ley FATCA

La FATCA es una Ley extraterritorial, cuyo fin primordial es prevenir que los contribuyentes estadounidenses utilicen cuentas financieras fuera de los E.U., y así, evitar la evasión de impuestos, a través de la asistencia mutua para la mejora del cumplimiento de las obligaciones fiscales en ambos países.

De esta forma, se pretende llevar a cabo el intercambio de información por parte de las instituciones financieras de ambos países sobre las cuentas que tengan personas físicas y morales residentes en México, en instituciones financieras ubicadas en los Estados Unidos de América y viceversa. Las cuentas bancarias que estarán sujetas a este acuerdo son, entre otras, las siguientes:

• Cuentas de depósito (Depositary account): incluye cualquier cuenta comercial, de cheques, de ahorro o de inversión.

• Cuentas de inversión (Custodial account): incluye las cuentas en las que se invierta exclusivamente en instrumentos de inversión, como son acciones, bonos, moneda extranjera, entre otros.

Como antes se dijo, esta Ley, entró en vigor el 1 de enero de 2013 (con algunos plazos adicionales en el 2014 y en el 2015 para ciertos temas específicos), la cual incluye nuevas reglas de cumplimiento en materia de cuentas o inversiones fuera de E.U.A.

Compromisos de la Instituciones Financieras, por consecuencia de la Ley FATCA

• Las instituciones financieras de ambos países deberán enviar un reporte a las Autoridades, a través del cual se informará sobre los titulares de cuentas bancarias cuyo importe supere $50,000.00 dólares al 31 de diciembre de 2013, debiendo proporcionar información sensible de estos.

Es oportuno hacer notar que las cuentas personales de retiro, las primas de seguro para el retiro y las Afores no se considerarán como cuentas bancarias.

Igualmente, para efectos del FATCA se consideran como instituciones financieras no sujetas a este acuerdo a Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN), Banco Nacional de Comercio, S.N.C. (BANCOMEXT), Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS), Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C.(SHF), Financiera Rural y el Banco Central (BANXICO), entre otros.

[En la exposición de motivos de FATCA, el Internal Revenue Service (IRS) estadounidense señaló que más de cien billones de dólares fuera de Estados Unidos no se encuentran declarados. Por esta razón, surge la necesidad de impulsar el intercambio internacional de información fiscal.]

Como regla general, la información a proporcionar por parte de las instituciones financieras deberá intercambiarse dentro de los 9 meses siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la misma. No obstante, la información relativa al ejercicio de 2013 deberá intercambiarse a más tardar el 30 de septiembre de 2015.

Hasta ahora, Estados Unidos ha firmado este tipo de acuerdos con 77 países, entre los que se encuentran Reino Unido, España, Dinamarca, Costa Rica, República Dominicana, Honduras, Panamá, Perú y Venezuela, México y Suiza.

Información intercambiable entre los países “FATCA Friendly”

De manera esencial, la información que será posible intercambiar entre los socios FATCA, es la que se menciona a continuación:

• Nombre y número de identificación fiscal de la persona de Estados Unidos.

• Número de cuenta. • Saldo o valor

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