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La Propiedad Intelectual


Enviado por   •  13 de Mayo de 2013  •  1.378 Palabras (6 Páginas)  •  248 Visitas

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La Propiedad Intelectual es la denominación que recibe la protección legal sobre toda creación del talento o del ingenio humano, dentro del ámbito científico, literario, artístico, industrial o comercial.

La protección de la propiedad intelectual es de tipo jurídica, sin embargo las leyes que existen no se realiza sobre esta denominación conceptual, sino sobre dos campos muy bien diferenciados: el Derecho de Autor y la Propiedad Industrial.

La protección que la ley colombiana otorga al Derecho de Autor se realiza sobre todas las formas en que se puede expresar las ideas, no requiere ningún registro y perdura durante toda la vida del autor, más 80 años después de su muerte, después de lo cual pasa a ser de dominio público. El registro de la obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor sólo tiene como finalidad brindar mayor seguridad a los titulares del derecho.

En el caso del Software, la legislación colombiana lo asimila a la escritura de una obra literaria, permitiendo que el código fuente de un programa esté cubierto por la ley de Derechos de Autor.

La Propiedad Industrial por su parte, es la protección que se ejerce sobre las ideas que tienen aplicación en cualquier actividad del sector productivo o de servicios. En Colombia, para oficializar esta protección se requiere un registro formal en la Superintendencia de Industria y Comercio y sólo es válido durante algunos años para asegurar el monopolio de su explotación económica.

La diferencia fundamental entre los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, es que mientras los primeros protegen el medio en el que va la creación y el ingenio artístico, durante toda la vida del autor más un tiempo adicional (80 años), el segundo protege la idea pero sólo en el caso en que tenga una aplicación industrial, y se realiza por un tiempo limitado para asegurar su explotación económica (alrededor de 20 años). En ambos casos, después de pasada la protección, las creaciones pasan a ser de Dominio Publico, lo que significa que cualquier persona o empresa puede utilizarlas sin permiso de nadie y sin tener que pagar por ello, pero siempre reconociendo la autoría.

Si bien la protección de la Propiedad Intelectual se realiza a través de la legislación, y por tanto tiene cobertura en el territorio del país, las leyes y decretos tanto del Derecho de Autor como de la Propiedad Industrial se realizan con base en los acuerdos y tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), por lo que hace que la mayoría de países en el mundo realizan la protección de forma similar y con mecanismos para la cooperación internacional en caso de pleitos jurídicos por fuera de las fronteras de su territorio.

Una de ellas es, por ejemplo, la que establece un mínimo del 30 por ciento (antes era del 50 por ciento) el porcentaje de la producción en los programas nacionales que se emitan en la televisión colombiana, en horarios de alta audiencia.

Esto significa que los colombianos estamos abriendo la posibilidad de una mayor divulgación de programas estadounidenses en nuestra televisión, y muy seguramente, afectará el trabajo de nuestros artistas y productores de televisión. Es como para llorar.

Se establecen restricciones a la transmisión de programas de televisión por la red internet, lo cual afecta el derecho de los usuarios de este medio electrónico.

Se incrementan las penas de cuatro a ocho años de prisión a quienes busquen ganancias económicas o ventajas comerciales, que actuando sin la autorización de los derechos de autor, retransmitan, alquilen, vendan, distribuyan o exporten obras literarias, películas u obras musicales.

Se hace la excepción en caso de uso para fines educativos, científicos o de investigación. La protección de los derechos de autor se extiende hasta los 70 años, una vez se haya producido la obra, producto de un trabajo intelectual.

De todas maneras, en todo esto hay situaciones de fondo que tienen que ver con la preservación de nuestra identidad y diversidad cultural, con la producción intelectual de los colombianos que así sea poca, se puede ver afectada al competir con estados de desarrollo científico y artístico más avanzado en los Estados Unidos.

Falta ver, en los próximos años, si la productividad científica y artística colombiana va a ser mejor o peor con la circulación de productos intelectuales norteamericanos con mayor facilidad que antes de la vigencia del TLC.

“Lo que realmente está en juego es nuestra producción intelectual, nuestras industrias culturales, la protección de nuestra identidad y la salvaguardia

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