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La calidad de la educación superior y su acreditación


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2016  •  Ensayos  •  1.285 Palabras (6 Páginas)  •  360 Visitas

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Taller Nº 4

Tema: La calidad de la educación superior y su acreditación

Objetivo de Aprendizaje:

  • Caracteriza los sistemas de acreditación y evaluación de la educación superior en América

Actividades:

  • Realice una lectura inferencial en su grupo de aprendizaje
  • Destaque en un informe escrito y en plenaria aspectos relevantes de los sistemas de acreditación de América a Nivel Superior
  • Misión
  • Enfoque
  • Criterios
  • Principios
  • Conclusiones
  • En su grupo de trabajo describa los aspectos relevantes del tema asignado
  • Sustente en plenaria

Evaluación: Sumativa 30 puntos

Bibliografía: Tünnermann Bernheim, Carlos. Universidad y Sociedad-Balance histórico y perspectivas desde Latinoamérica. Universidad Central de Venezuela, 2000.

En Centroamérica, el Consejo Superior Universitario Centroamericano (CSUCA) ha sido el organismo pionero no solo de la integración regional de la educación superior sino también de los procesos de aseguramiento de la calidad académica. El Primer "Plan para la integración regional de la educación superior centroamericana", aprobado por las universidades miembros del CSUCA en 1962, contiene algunos acuerdos encaminados a garantizar la calidad académica, como son el referente a los requisitos mínimos para el establecimiento de cursos de postgrado y el acuerdo que estableció los requisitos que los programas de pregrado y postgrado debían cumplir para obtener su reconocimiento como programas al servicio de toda la región, es decir, la regionalidad.

En Panamá, al igual que en los demás países de la región, las universidades estatales gozan de gran autonomía por lo que tienen la plena potestad de regularse a si mismas, en el marco de lo que al respecto establece la Constitución Política y sus Leyes constitutivas respectivas. Las universidades estatales no tienen una instancia de coordinación y autorregulación conjunta como ocurre en Costa Rica sino que se regulan a si mismas de manera independiente. Por otra parte, la autorización de la creación de universidades privadas en Panamá se realiza mediante Decretos Ejecutivos como un acto conjunto del Ministerio de Educación y la Presidencia de la República. No obstante el artículo 95 de la Constitución Política de Panamá establece que ".la Universidad Oficial del Estado fiscalizará a las universidades particulares aprobadas oficialmente para garantizar los títulos que se expiden y revalidará los de universidades extranjeras en los casos que la Ley establezca." El papel fiscalizador de la Universidad de Panamá es reiterado por la Ley 11 de 1981 y esta función está reglamentada mediante resolución del Consejo Académico de la Universidad de Panamá. Por lo que la autorización y regulación de las universidades privadas en Panamá está a cargo de dos instancias en dos actos sucesivos: el acto de aprobación de su fundación como institución por parte del Ministerio de Educación y Presidencia de la República, y el acto de evaluación y aprobación de sus estatutos, planes y programas de estudio, instalaciones físicas y cuerpo docente por parte de la Universidad de Panamá. Fiscalización que se realiza en dos momentos: previa a la aprobación de la solicitud, y continúa durante el funcionamiento de las dependencias y las carreras. En 1995 las universidades panameñas (públicas y privadas), a iniciativa del Rector de la Universidad de Panamá, establecieron el Consejo de Rectores de Panamá para: "Procurar en forma permanente, el mejoramiento de la calidad y pertinencia, equidad y modernización de la gestión de las instituciones de educación superior, para lograr una mejor eficiencia y eficacia administrativa". Como parte de su Plan Estratégico, el Consejo se planteó el objetivo de procurar, en forma permanente, el mejoramiento de la calidad, pertinencia y equidad de la educación superior. En este contexto, el Consejo se propuso la creación de un Consejo Nacional de Acreditación de la Educación Universitaria. Recientemente, se logró consensuar un proyecto de Ley creadora del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, cuyo máximo organismo es el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá (CONEAUPA). El proyecto fue aprobado recientemente por la Asamblea Nacional de Panamá.

.OBJETIVO DE ACREDITAR UNA CARRERA SUPERIOR. 

Certificar la calidad de las carreras y programas ofrecidos por las instituciones autónomas de la educación superior. Esta certificación se efectúa en tres criterios:

  • Los propósitos declarados por las instituciones que la imparten.
  • Los estándares nacionales e internacionales de cada profesión o disciplina.
  • El respectivo proyecto de desarrollo académico.

Los requisitos que deben cumplir una institución autónoma de educación superior para acreditarse debidamente como mínimo las carreras deben contar con una generación de egresados y solicitar a sus carreras que se incorporen al sistema de acreditación.

BENEFICIO DE LA ACREDITACIÓN SUPERIOR

  • Permite la evaluación y auto evaluación externas del trabajo de las instituciones.
  • Facilita  la elaboración de planes de mejoramiento.
  • Ayuda la optimización de recursos humanos al reconocer, nuestras fortalezas y  debilidades institucionales, de carreras y programas.
  • Permite acceder a financiamiento Estatal.

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