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Las obligaciones


Enviado por   •  12 de Octubre de 2021  •  Trabajos  •  15.635 Palabras (63 Páginas)  •  45 Visitas

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UNIDAD 1: DE LAS OBLIGACIONES

CONCEPTOS

Vínculo jurídico por virtud del cual una persona llamada deudor, queda constreñida para con otra llamada acreedor, al cumplimiento de un dar, un hacer  o un no hacer.

Es una relación jurídica que impone a una persona el deber de prestar a otra un hecho o abstención, o el de dar una cosa.

En la primera definición se aclara más detalladamente las partes que lo integran, pero esto no quiere decir que la segunda esté incompleta, no hay diferencia esencial entre una y otra, más que la forma de redacción. En la segunda, al decir persona nos estamos refiriendo al deudor y cuando nos refiere “a otra” está implícito el acreedor. 

En cualquier definición de obligación es importante establecer la relación que existe entre un deudor y un acreedor y los tres elementos siguientes:

  • Un dar.
  • Un hacer.
  • Un no hacer.

Sin éstos elementos, la definición no estaría completa.

Obligación Personal: obligación personal es la que solamente liga a quien la contrae y a sus herederos. Estos últimos sólo quedarán obligados en los casos en que la relación jurídica sea transmisible por herencia.

Obligación Real: obligación real es la que afecta a un sujeto en su calidad de propietario o poseedor de una cosa en tanto teng tal carácter y se constituye en favor de aquel que tenga un derecho real sobre el mismo bien a efecto de que pueda ejercer su facultad en toda la extensión y grado que la ley establezca. Esta obligación pasa al nuevo adquirente o poseedor del bien, siguiendo a éste y obrando en consecuencia, en contra de aquel que lo tenga a título de poseedor originario (art. 1260).

Básicamente, es que en la obligación personal vincula a una persona con otra persona, como es el caso de un padre a hijo que debe darle alimentos. En la obligación real vincula también a una persona con otra pero respecto de un objeto. Un ejemplo vendría a ser las servidumbres o el pago de predial.

PERSONAL

Persona = Persona

REAL

Persona = Objeto = Persona

Cumplimiento de las obligaciones

Al generarse una obligación, se pueden presentar básicamente dos fenómenos:

  • Que se cumpla.
  • Que se incumpla.

En tal sentido el deudor debe cumplir su obligación teniendo en cuenta no sólo lo expresamente determinado en la ley, sino también todo aquello que sea conforme a la naturaleza de la deuda contraída, a la buena fe, a los usos y costumbres y a la equidad, así como debe ser exacto: en cuanto a tiempo, lugar, modo y substancia. Éstos son 4 rubros fundamentales para que sea considerado que la obligación se ha cumplido.

El cumplimiento es lo ideal y en el plano de lo jurídico no trasciende, mientras que  el incumplimiento sí tiene consecuencias. Éstas pueden ser una demanda de cumplimiento o la recesión. Se exige también los daños y perjuicios. Sólo puede hacerse una excepción y es cuando se trata de un caso fortuito o de fuerza mayor.

Por su parte el incumplimiento genera el derecho del acreedor para exigir el cumplimiento ejecutivo, mediante la intervención coactiva del Estado, cuando ello sea posible, o demandar por concepto de indemnización compensatoria y moratoria.

En las obligaciones recíprocas, ninguna de las partes incurre en mora si la otra no cumple o se allana a cumplir la obligación que sea a su cargo. Cuando el acreedor exija el cumplimiento de la obligación, puede demandar también por el pago de los daños y perjuicios moratorios.

Un ejemplo de las obligaciones recíprocas es el famoso “Aproveche ésta promoción en donde se le da gratis siempre y cuando pague los gastos de envío”.

Un ejemplo de obligaciones NO recíprocas podría ser la donación, pues teóricamente sólo es una persona la obligada. Sin embargo, viéndolo a profundidad el donatario también tiene obligaciones que sería el de la gratitud.

UNIDAD 2: FUENTES DE OBLIGACIONES

FUENTES DEL DERECHO

En principio debemos señalar que el término fuente deviene del vocablo latín font fontis, que significa lugar de donde emana o brota. Por lo que aplicado al derecho implica precisamente el lugar donde brota o emana el derecho.

Claude De Pasquier señala que el término fuente nos hace crear una metáfora bastante feliz, al remontarnos a la fuente del río, esto es, el manantial de donde brota o emana el agua, por lo que en tal sentido al hablar de fuente del derecho, nos debemos referir al lugar de donde emana la norma.

Existen 3 tipos de fuentes del derecho y son las siguientes:

  • Formales: procesos de creación de la norma jurídica, pero podemos decir que el principal es el legislativo. Existe también el proceso consuetudinario que vendría siendo la costumbre y por supuesto la jurisprudencia. Algunos autores establecen que también podríamos incluir a la doctrina y a los principios generales del derecho.
  • Reales: acontecimientos, factores y elementos que determinan el contenido de una ley (incidieron en su creación). Un ejemplo actual sería el permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.
  • Históricas: aquellos documentos (inscripciones, papiros, libros) que encierran el texto de una ley.

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

En primer lugar debemos recordar qué es fuente, por lo que al respecto citaremos a García Maynez, quien refiere que por fuente del derecho podemos entender el lugar de donde brota la norma jurídica.

De lo anterior, las fuentes de las obligaciones serán precisamente de dónde surgen las mismas. esto es, el hecho o acto que genera relación entre dos o más personas para dar, hacer o no hacer.

Las fuentes son las siguientes:

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