Las políticas de riesgo crediticio del Banco
jonny07Tutorial15 de Mayo de 2014
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5. POLÍTICA DE RIESGO CREDITICIO
Las políticas de riesgo crediticio del Banco constituyen un documento que contiene los aspectos reglamentarios y la experiencia que la organización tiene con relación a la administración del riesgo crediticio y que son utilizados para las operaciones diarias del Banco. Estas políticas explican el alcance, propósito y normas legales relacionadas con la responsabilidad de los funcionarios del Banco, frente al tema de política para administración del riesgo crediticio. Las siguientes son las políticas de riesgo crediticio en el Banco, de las cuales se realiza una breve descripción a continuación:
5.1 POLÍTICA DE MERCADO OBJETIVO
La política de mercado objetivo establece la segmentación del mismo por portafolio, sobre el cual se van a aplicar las estrategias específicas, en busca de nuevos mercados manteniendo el control del riesgo crediticio.
5.2 POLÍTICA DE LÍMITES DE EXPOSICIÓN CREDITICIA
El Banco debe efectuar sus operaciones de crédito evitando que se produzca una excesiva exposición individual de sus operaciones activas de crédito. Para tal efecto, los administradores de crédito, deberán cumplir con los límites de exposición y pérdida tolerada definidos por el Banco para los diferentes segmentos, así como los límites externos en relación con el monto máximo de crédito que se puede otorgar en forma consolidada a una persona natural o jurídica.
5.3 POLÍTICA DE ATRIBUCIONES
La atribución de crédito y de administración de cartera es la facultad otorgada a un comité, para aprobar créditos, normalizar cartera, evaluar, calificar y castigar cartera, todo esto enmarcado dentro de los límites asignados. Es política institucional que las decisiones de crédito y la normalización de cartera se efectúen por instancias colegiadas.
5.4 POLÍTICA DE OTORGAMIENTO
Es política del Banco que toda solicitud de crédito debe contar con una evaluación integral de la operación crediticia, con el fin de estudiar adecuadamente el riesgo implícito en cada negocio. Dicho análisis debe determinar factores que pueden alterar la situación del solicitante durante la vida de la operación y por tanto de su estudio debe concluirse la viabilidad de la solicitud. Con la política de otorgamiento se establecen los lineamientos generales para el otorgamiento de crédito en el Banco. Los Entes con facultades para aprobar crédito enfocarán su análisis en la viabilidad de la operación y del proyecto productivo antes que en la seguridad de la garantía.
5.5 POLÍTICA DE GARANTÍAS
Las garantías no constituyen un elemento determinante para otorgar el crédito, ni un instrumento para suplir deficiencias en la capacidad de pago del cliente o debilidades en su estructura patrimonial, pero sí influyen en la determinación del monto que el Banco está dispuesto a asumir en caso de incumplimiento, ya que éstas, son fundamentales para el cálculo de la pérdida esperada permitiendo de esta manera suavizar el nivel de provisiones.
5.6 POLÍTICA PARA ADMINISTRAR DESEMBOLSOS
El desembolso procederá una vez se cuente con la aprobación de la operación y cuando se tenga dispuesta la debida documentación para la instrumentación del crédito y de las garantías.
5.7 POLÍTICA PARA ADMINISTRAR CARTERA
La administración de la cartera debe contar con una rigurosa fase de seguimiento para lo cual se establece una etapa preventiva de tal forma que se anticipe a un eventual incumplimiento del cliente. Posteriormente se encontrarán otras etapas a través de las cuales se debe procurar la recuperación del crédito en debida forma y a un menor costo.
5.8 POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DOCUMENTARIA
Las operaciones de crédito con un cliente deben estar debidamente documentadas y soportadas para el adecuado análisis del riesgo crediticio, por lo cual se debe mantener expedientes de crédito que compilen la documentación generada durante toda la fase del crédito. Para los documentos representativos de deuda, pagarés, cartas de instrucción, garantías y similares el Banco dispondrá de la logística necesaria para la eficiente y eficaz administración y custodia de éstas.
5.9 POLÍTICA PARA DISEÑAR NUEVOS PRODUCTOS Y PROGRAMAS ESPECIALES
La introducción de un producto o de un programa especial, implica la evaluación integral de los diferentes riesgos inherentes al producto o programa, conservando la línea de las políticas y estándares establecidos en cuanto a límites de exposición, mercado objetivo, estudios sectoriales, mapas de riesgo, garantías, políticas de otorgamiento y de normalización de cartera.
5.10 POLÍTICA DE COMPRA DE CARTERA
La compra de cartera por parte del Banco, guardará especial correspondencia con las políticas y procesos de riesgo crediticio expresas en la Ley y en este Manual, y para todos los efectos debe cumplir un proceso riguroso de evaluación, Valoración, sistemas, migración, etc. 5.11 POLITICA DE TASAS DE INTERES El Comité de Presidencia, dentro de sus funciones dictará las tasas mínimas y máximas de colocación de créditos, teniendo como base el costo de los recursos, la situación de mercado y el factor de riesgo.
1. DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA DE LÍMITES DE EXPOSICIÓN CREDITICIA
Con el objetivo de mantener una adecuada administración del riesgo crediticio, el Banco define los límites de exposición y pérdida tolerada para diferentes portafolios con el fin de controlar en términos de riesgo los niveles de exposición y pérdida tolerada de la cartera, a través de la administración de alertas tempranas sobre los límites establecidos. Los límites establecidos aplican para las siguientes segmentaciones de la cartera:
Clase de Cartera
Tipo de Banca
Segmento MAC
Regional
Destinos de Crédito
Para cada uno de los segmentos se definen los límites mediante la evaluación de los siguientes indicadores a través de simulaciones de Montecarlo y Contraste Histórico:
Límite de Pérdida Tolerada: Máximo nivel de provisiones aceptado por el Banco, de acuerdo al impacto que este represente en la rentabilidad de la Entidad. Para la definición de este límite se deben tener en cuenta los siguientes indicadores:
Margen aproximado de rentabilidad: Considerado como un cálculo aproximado a la rentabilidad del Banco.
Indicador de nivel de provisión: Porcentaje de provisiones respecto al saldo de la cartera para cada segmentación
Límites de Exposición: Máxima participación de cada segmento en la cartera total del Banco, inferida a partir de tres indicadores:
Indicador del nivel de provisión: Porcentaje de provisiones respecto al saldo de la cartera para cada segmentación
Indicador de concentración: Este indicador hace referencia al nivel en que se encuentran diversificados cada uno de los segmentos definidos.
Los limites de exposición y pérdida tolerada definidos para cada segmento, serán divulgados mediante circular reglamentaria emitida por la Vicepresidencia de Riesgos.
El seguimiento al cumplimiento de los límites establecidos se realizará a través de la Gerencia de Administración de Riesgo de Crédito de la Vicepresidencia de Riesgos, quienes serán los encargados de generar las alertas correspondientes a las Vicepresidencias Comercial, de Crédito y Cartera con el fin que sean establecidas las estrategias para corregir la tendencia en el segmento alertado. Por otra parte, para los portafolios de Grandes Clientes y Entes Territoriales, el monto máximo de crédito que se puede otorgar a una persona natural o jurídica debe estar enmarcado dentro de los términos establecidos en la Ley que reglamenta la materia, especialmente lo preceptuado en el Decreto 2555 de 2010, y demás normas que la modifiquen, deroguen o adicionen. Para definir el monto del crédito se debe tener en cuenta el endeudamiento consolidado, operaciones computables y demás operaciones que se entienden realizadas con una misma persona como lo define la Ley. En todos los casos los Estamentos con facultades para la aprobación de la operación crediticia evaluarán el riesgo crediticio evitando que se produzca una excesiva exposición individual, y ésta deberá guardar especial concordancia en función al riesgo.
DECLARACIÓN DE LA POLÍTICA DE ATRIBUCIONES
La atribución de crédito y de administración de cartera es la facultad otorgada a un comité, para aprobar créditos, normalizar cartera, efectuar la evaluación, calificación y castigo de cartera. Es política institucional que las decisiones de crédito y la normalización de cartera se efectúen por instancias colegiadas.
NIVEL DE DECISIÓN HASTA OTORGAR CREDITO NORMALIZAR CARTERA
NORMAL GRANDES CLIENTES
Junta Directiva Mayor a 30.000 s.m.l.m.v. X X X
Comité de Crédito de Junta Directiva 30.000 s.m.l.m.v X X X
Comité Directivo Nacional de Crédito 10.000 s.m.l.m.v X X X
Vicepresidencia de Crédito y Cartera 1.500 s.m.l.m.v. X X X
Gerencia Nacional de Fabrica de Crédito y Administración de Cartera y Cobro de Garantías 500 s.m.l.m.v. X X X
Subgerencia Corporativa 300 s.m.m.l.v X X X
Subgerencias de Crédito Regional 300 s.m.l.m.v X N/A N/A
Coordinaciones Regionales de Crédito y Cobranza Administrativa. 20 s.m.l.m.v. X N/A N/A
Subgerencia de Pymes 300 s.m.m.l.v. X N/A X
Subgerencia de Fábrica de crédito 100 s.m.l.m.v X N/A N/A
Coordinación de Subgerencia de Fábrica de Crédito Pequeños 20
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