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Ley De Comercio Exterior


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2013  •  30.590 Palabras (123 Páginas)  •  272 Visitas

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REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR

Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1993

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 29-12-2000

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 89, fracción I, y 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y con fundamento en los artículos 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o., 4o. a 8o., 21 a 24, y 28 a 92 de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que la Ley de Comercio Exterior tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población;

Que dicho marco normativo consolida y encauza el papel del comercio exterior de nuestro país, promueve la competitividad a través de la política de apertura comercial y otorga confianza y seguridad jurídica a los agentes económicos relacionados con el intercambio internacional;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, asigna al comercio exterior un papel relevante en la modernización de la economía y en la elevación del nivel de vida de todos los mexicanos y que las acciones que en esta materia ha emprendido la actual administración constituyen un vigoroso impulso al comercio exterior, a través de mecanismos adecuados que favorezcan la apertura a la competencia leal y la promoción de las exportaciones;

Que la etapa actual de inserción de México en la economía mundial plantea retos de gran complejidad que obligan al país a adecuar y mejorar sus instituciones y los ordenamientos jurídicos que las rigen y, dentro de este nuevo esquema de relaciones mundiales y de cambio permanente, es preciso establecer y mantener reglas claras para normar el comportamiento entre los agentes económicos nacionales y extranjeros, y entre éstos y el Estado;

Que es necesario desarrollar y concretar aquellos aspectos de la Ley de Comercio Exterior relativos a medidas de regulación y restricción no arancelarias, procedimientos sobre prácticas desleales de comercio internacional, medidas de salvaguarda, determinación de cuotas compensatorias y promoción de exportaciones, así como a la organización y funcionamiento de la Comisión de Comercio Exterior y de la Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR

TITULO I

DISPOSICIONES PRELIMINARES

CAPITULO UNICO

ARTICULO 1o.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

I. Ley, la Ley de Comercio Exterior;

II. Secretaría, la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

III. Comisión, la Comisión de Comercio Exterior, y

IV. Comisión Mixta, la Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones.

Cuando este Reglamento se refiera a plazos en días se entenderán días hábiles y cuando se refiera a meses o años se entenderán meses o años calendario.

TITULO II

COMISION DE COMERCIO EXTERIOR

CAPITULO I

Estructura

ARTICULO 2o.- La Comisión estará integrada por representantes de cada una de las siguientes dependencias y organismos:

I. Secretaría de Relaciones Exteriores;

II. Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

III. Secretaría de Desarrollo Social;

IV. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial;

V. Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos;

VI. Secretaría de Salud;

VII. Banco de México, y

VIII. Comisión Federal de Competencia.

Cuando la Comisión deba tratar asuntos de comercio exterior que involucren a un sector específico, podrá invitarse a representantes de otras dependencias o entidades de la Administración Pública Federal y Estatal.

ARTICULO 3o.- La Comisión funcionará a dos niveles jerárquicos, el de subsecretarios o equivalentes y el de directores generales o equivalentes.

En las sesiones de subsecretarios se analizarán, definirán y propondrán lineamientos de carácter general y medidas específicas en materia de comercio exterior. Además, se resolverán aquellos asuntos que le sean sometidos por acuerdo tomado en la Comisión a nivel de directores generales.

A nivel de directores generales serán analizadas las medidas específicas que correspondan conforme a los lineamientos establecidos a nivel de subsecretarios, así como las propuestas que se considere pertinente elevar a la Comisión a nivel de subsecretarios.

ARTICULO 4o.- Participarán en la Comisión a nivel de subsecretarios:

I. Por la Secretaría, el Subsecretario de Negociaciones Comerciales Internacionales, quien la presidirá, el Subsecretario de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, el Subsecretario de Industria y el Subsecretario de Comercio Interior. El Presidente de la Comisión a este nivel será suplido en sus ausencias por los otros subsecretarios de la Secretaría en el orden indicado en esta fracción, y

II. Por las demás Secretarías y entidades a que se refiere el artículo 2o. de este Reglamento, el subsecretario o equivalente designado por la dependencia u organismo correspondiente.

En este nivel fungirá como

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