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Ley De Mercado Y Valores


Enviado por   •  27 de Enero de 2014  •  4.811 Palabras (20 Páginas)  •  406 Visitas

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LA NUEVA LEY DEL MERCADO

Disposiciones Preliminares

Artículo 1. La presente Ley es de orden público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto desarrollar el mercado de valores en forma equitativa, eficiente y transparente; proteger los intereses del público inversionista; minimizar el riesgo sistémico; fomentar una sana competencia, y regular lo siguiente:

I. La inscripción y la actualización, suspensión y cancelación de la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores y la organización de éste.

II. La oferta e intermediación de valores.

III. Las sociedades anónimas que coloquen acciones en el mercado de valores bursátil y extrabursatil a que esta ley se refiere; así como el régimen especial que deberán observar en relación con las personas morales que las citadas Sociedades controlen o en las que tengan una influencia significativa o con aquellas que las controlen.

IV. Las obligaciones de las personas morales que emitan valores, así como de las personas que celebren operaciones con valores.

V. La organización y funcionamiento de las casas de bolsa, bolsas de valores, instituciones para el depósito de valores, contrapartes centrales de valores, proveedores de precios, instituciones calificadoras de valores y sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores.

VI. El desarrollo de sistemas de negociación de valores que permitan la realización de operaciones con éstos.

VII. La responsabilidad en que incurrirán las personas que realicen u omitan realizar los actos o hechos que esta Ley sanciona.

VIII. Las facultades de las autoridades en el mercado de valores.

El aspecto más relevante de esta nueva ley es la creación de tres figuras:

• Sociedad Anónima Bursátil (SAB). Es el equivalente a la sociedad bursátil que cotiza actualmente en el mercado de valores, que ya es conocida por la comunidad empresarial e inversionista

• Sociedad Anónima Promotora de Inversión Bursátil (SAPIB). Es la transición para las empresas que quieren tener acceso al mercado de valores, ya que podrán listarse en la bolsa, con todos los beneficios que esto implica y contarán con tres años para converger al régimen de la Sociedad Anónima Bursátil.

• Sociedad Anónima Promotora de Inversión (SAPI). Esta tendrá mayores estándares de gobierno corporativo a cambio de permitirle ciertas excepciones a la Ley General de Sociedades Mercantiles, con el fin de tener más posibilidades de atraer a la inversión con base en estas figuras, presentamos un resumen ejecutivo, el cual contiene algunas de las principales características y regulaciones aplicables a cada una de estas entidades jurídicas:

La importancia de la nueva Ley del Mercado de Valores radica en la posibilidad de que un gran número de empresas medianas pueda tener acceso a inversiones, lo cual, evidentemente, implica una alternativa importante para el desarrollo económico del país.

CARACTERÍSTICA Y REGULACIONES PRINCIPALES APLICABLES A CADA UNA DE LAS ENTIDADES JURÍDICAS:

SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL (SAB)

Para la denominación social Deberá agregársele la expresión “Bursátil” o la abreviatura “B”. (Art. 22). Requiere de un Registro de acciones –Registro Nacional de Valores. Tiene una duración indefinida.

Las excepciones de la ley general de sociales mercantiles son las siguientes:

– Mecanismos en caso de desacuerdos entre accionistas.

– Modificaciones al derecho de suscripción preferente a que se refiere el artículo 132 de la LGSM.

– Limitaciones a la indemnización de daños y perjuicios ocasionados por sus consejeros y directivos relevantes, derivados de los actos que ejecuten. (Art. 13)

Su Administración y la vigilancia de dicha sociedad consiste en:

– Consejo de Administración, con al menos el 25% de consejeros independientes.

– Comités de consejeros independientes desempeñarán las funciones de prácticas societarias y auditorias.

– Se excluye la figura de Comisario y sus funciones y responsabilidad se transfieren al Consejo, Comités y auditor externo. (Arts. 24, 25 y 26)Sociedad Anónima Promotora

SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN BURSÁTIL (SAPIB).

En cuanto su Denominación social deberá incluirse la inscripción “Promotora de Inversión Bursátil” o la abreviatura “P.I.B.” (Art. 19) Se requiere de un Registro de acciones – Registro Nacional de Valores y su duración es de Tres años, a partir de la fecha de inscripción en el registro. Para cumplir con reglas-plan de transferencia (Art. 19)

Sus excepciones de la ley general de sociales mercantiles son las mismas que las de la Sociedad Anónima Bursátil (SAB). Su Administración y vigilancia de esta sociedad nos dice que el consejo de administración debe de tener como mínimo un consejero independiente y su comité de practicas societarias prescindido por un consejero independiente (Art. 19)

SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN (SAPI).

En su denominación social deberá incorporarse la leyenda “Promotora de Inversión” o la abreviatura “P.I.” (Art. 12), en este tipo de sociedad no se requiere Registro de acciones –Registro Nacional de Valores y su duración es indefinida.

Las excepciones de la ley general de sociales mercantiles según los artículos 13 y 16 consiste en: Las mismas que la Sociedad Anónima Bursátil, más:

– Restricción a transmisión de propiedad de acciones.

– Exclusión de socios, ejercicio de derechos de separación o retiro y amortización de acciones.

– Emitir, sin límite, acciones sin voto o con voto restringido

En cuanto a su Administración y la vigilancia de dicha sociedad (Articulo 14 y 15)

Consejo de Administración.

– Comité de auditoria.

FUNCIONES

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