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Ley General De Sociedades


Enviado por   •  14 de Junio de 2015  •  883 Palabras (4 Páginas)  •  303 Visitas

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La sociedad se constituye cuando menos por dos socios, que pueden ser personas naturales o jurídicas. Si la sociedad pierde la pluralidad mínima de socios y ella no se reconstituye en un plazo de seis meses, se disuelve de pleno derecho al término de ese plazo. No es exigible pluralidad de socios cuando el único socio es el Estado o en otros casosseñalados expresamente por ley.La sociedad tiene una denominación o una razón social, según corresponda a su formasocietaria. En el primer caso puede utilizar, además, un nombre abreviado. No se puede adoptar una denominación completa o abreviada o una razón social igual osemejante a la de otra sociedad preexistente, salvo cuando se demuestre legitimidad para ello.Esta prohibición no tiene en cuenta la forma social. No se puede adoptar una denominacióncompleta o abreviada o una razón social que contenga nombres de organismos o instituciones públicas o signos distintivos protegidos por derechos de propiedad industrial o elementos protegidos por derechos de autor, salvo que se demuestre estar legitimado para ello.El Registro no inscribe a la sociedad que adopta una denominación completa o abreviada o unarazón social igual a la de otra sociedad preexistente. En los demás casos previstos en los párrafos anteriores los afectados tienen derecho a demandar la modificación de la denominacióno razón social por el proceso sumarísimo ante el juez del domicilio de la sociedad que hayainfringido la prohibición.La razón social puede conservar el nombre del socio separado o fallecido, si el socio separado olos sucesores del socio fallecido consienten en ello. En este último caso, la razón social debeindicar esta circunstancia. Los que no perteneciendo a la sociedad consienten la inclusión de sunombre en la razón social quedan sujetos a responsabilidad solidaria, sin perjuicio de laresponsabilidad penal si a ello hubiere lugar.La sociedad circunscribe sus actividades a aquellos negocios u operaciones lícitos cuyadescripción detallada constituye su objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social losactos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no esténexpresamente indicados en el pacto social o en el estatuto.La sociedad no puede tener por objeto desarrollar actividades que la ley atribuye con carácter exclusivo a otras entidades o personas.El nombramiento de administradores, de liquidadores o de cualquier representante de lasociedad así como el otorgamiento de poderes por ésta surten efecto desde su aceptaciónexpresa o desde que las referidas personas desempeñan la función o ejercen tales poderes.Estos actos o cualquier revocación, renuncia, modificación o sustitución de las personasmencionadas en el párrafo anterior o de sus poderes, deben inscribirse dejando constancia delnombre y documento de identidad del designado o del representante, según el caso.Las inscripciones se realizan en el Registro del lugar del domicilio de la sociedad por el méritode copia

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