NIC 37 VS Decreto 2549
danihina31 de Octubre de 2013
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NIC 37: Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes.
PALABRAS CLAVES: NIIF, NIC 37, Decreto 2649, costos medioambientales, provisiones, activos y pasivos contingentes.
La información financiera de las empresas, es compleja, puesto que hay diferentes maneras de estudiarla, analizarla, medirla, interpretarla, entre otras. Este tema no solo concierne a los contadores, empresarios, sino también a todas las personas, es un asunto internacional y por tanto es importante tener en claro los criterios a aplicar. Debido a la diversidad de normas contables, es preciso decir que esto genera diversos problemas, puesto que existen diferentes interpretaciones en comparación de los estados financieros, la globalización y la economía hacen parte de ello. El medioambiente es un asunto también muy importante que se debe tener en cuenta, es por eso, que estas normas internacionales lo abarcan, los actos que perjudican a la tierra en su actividad empresarial, generan una polémica a la que estos estándares se enfatizan en aquellas normas y conceptos contables que se generan a causa de lo anterior, y es debido a ello, es que nacen y se modifican dichos conceptos que pueden llegar a normalizar este efecto.
Las normas internacionales de información financiera o estándares internacionales, con el objetivo de poder estandarizar o uniformar los estados financieros de las empresas, lo cual hasta ahora ha estado en debate, para que esta información sea de alta calidad, transparente y comparable dentro de los estados financieros para todas las personas involucradas y en la toma de decisiones en función de estos . Esta información también es indispensable y requerida para todos los ámbitos tanto de la economía como la administración y del desarrollo de las empresas por ello, es tan necesaria y consistente. Esta necesidad se ha convertido fundamentalmente en la base económica de las empresas y por ello del mundo. Para ello, hay normas básicas, que son el conjunto de conceptos y limitaciones, que fundamentan la información contable, de manera particular, es decir, que aunque existan conceptos generales, en cada estado, país, continente se desarrollan de manera diferente, debido a su normativa. Es por lo anterior, que los entes económicos, las empresas, deben adaptarse en el medio en que se encuentran, y su actividad económica desarrollada de manera organizada y llevando un control sobre sus recursos. Estos recursos utilizados para la actividad de las empresas se deben contabilizar y tener en cuenta; la continuidad o constancia de ellos, es por eso, que es importante resaltar que el medio ambiente es un recurso para la realización de las actividades empresariales y es debido a eso, que el perjuicio de estos recursos como deber del ente económico es retribuir, informar y contabilizar la utilización dichos, como fuente realizable para su hecho económico, y es por ello, que es necesaria una normativa o estandarización de las información financiera tanto particular (de cada Estado, País, etc.) como internacionalmente, pues, es un tema de suma importancia, para todos.
Los estados financieros como función básica, el cumplimiento del objetivo de informar la situación financiera y por tanto, de las diferentes actividades realizadas en los periodos y los cambios de estos mismos, llamadas operaciones. Esta información como medio para comunicar la situación financiera y por ello, el de informar a sus lectores, los sucesos o hechos económicos de la empresa. Lo anterior, como una ayuda tangible para la toma de decisiones respecto a cualquier operación y/o actividad del ente económico.
El desarrollo de la información financiera es de suma importancia, tal como su estandarización y normativa internacional y particular, es por eso, que existen diferentes interpretaciones sobre estas. El medio ambiente, como recurso realizable para el hecho económico, es un tema que también nos concierne, y debido a eso, es que nacen o se modifican conceptos para el mantenimiento de este. Las normas para el control y mantenimiento de este recurso particularmente, es decir, de cada País, en este caso Colombia, contrastado con los estándares internaciones, de las NIFF (Normas Internacionales de Información Financiera), será el tema en discusión de este documento, profundizado o enfocando en un tema en particular como medio de retribución contable del perjuicio del medio ambiente, en su papel de recurso para las actividades empresariales.
Para contextualizarnos un poco, el enfoque será en una normativa o estandarización en particular, internacionalmente, aun en debate, NIC 37 en comparación con la normativa Colombiana, Decreto 2649, ambas tratadas desde los conceptos tales como; provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes, que serán desarrollados desde su origen, definición y utilización contable, durante todo el documento, tal enfoque necesario para dar un vistazo, además del entendimiento sobre este asunto en función de retribución contable respecto al perjuicio del medio ambiente analizado desde la contabilidad para su compresión.
La normativa Colombiana, Decreto 2649, respecto a la contabilidad, se define como los principios o normas generalmente aceptados en la Nación, además de ser el conjunto de conceptos básicos y de reglas, como deber de informar contablemente los registros y actividades de personas naturales o jurídicas. Para soportar lo anterior, la contabilidad es necesaria, pues permite llevar el control de la información de las operaciones del ente económico de forma clara, completa y fiable.
Como objetivo básico de esta normativa es permitir que la información contable deba servir fundamentalmente, de acuerdo al artículo 3°, para el control, soporte y demostración de los diferentes estados contables pertinentes tanto la actividad empresarial como de la actividad económica Nacional y de sus operaciones.
El ente económico, la empresa, en su actividad empresarial organizada para el control de sus recursos, debe tener en cuenta estos diferentes recursos y es por eso, que es necesario analizar la continuidad de estos, los cuales deben contabilizarse y revelarse teniendo en cuenta, la constancia y el funcionamiento de ellos, a futuro. También hay que tener en cuenta que estos recursos en su operación deben ser evaluados por el ente económico y se deben tener en cuenta los asuntos que concierne respecto a esta continuidad financieros y contables. Dichos diferentes recursos y hechos económicos deben reconocerse en una misma unidad de medida y valorarse como tal para su contabilización. Pero muchos entes económicos, o mejor dicho en general, se han olvidado de registrar o de tener en cuenta un recurso y hecho económico fundamental para la realización de su actividad, el medio ambiente, que a través del tiempo ha sido perjudicado y poco a poco acabando, debido al hombre y a sus actividades, es por eso, que en el desarrollo de las normas básicas, se debe tener en cuenta este hecho económico en el ciclo contable, que debe garantizar toda esta información y transmitirla a sus usuarios .
Para el reconocimiento de lo anterior, es necesaria la identificación, el registro e incorporación formal en la contabilidad de los hechos económicos realizados, según lo específica el artículo 47 del mismo decreto, además se requiere que sea correspondiente con la definición de elemento de los estados financieros que pueda ser medido, que sea pertinente y que se represente de manera confiable. Sin olvidar que esta información debe estar soportada por las transacciones de cada periodo y todo lo relacionado a ello.
Para la medición de los hechos económicos, soportado, pueden existir dificultades para la confiabilidad de la misma actividad realizada, “se debe optar por registrar la alternativa que tenga menos probabilidades de sobreestimar los activos y los ingresos, o de subestimar los pasivos y los gastos” (Artículo 17, Decreto 2649.1993). Estas estimaciones también llamadas provisiones que constituyen fundamentalmente como una parte importante dentro del proceso contable con el fin de dar cumplimiento a lo anterior. El establecimiento de estas estimaciones por parte de los entes económicos, se debe a un riesgo, que en el peor de los casos no es recuperable, es por eso, que existe este concepto como salvamento de algunas cuentas con la característica anterior.
En las normas colombianas lo anterior, según el artículo 52 del Decreto 2649, se debe contabilizar las provisiones para cubrir pasivos estimados, contingencias de pérdidas probables así como para disminuir el valor re expresado si fuere el caso de los activos, cuando sea necesario de acuerdo con las normas técnicas. Las provisiones deben ser justificadas, cuantificables y confiables. Y respecto a las contingentes, ya sea de los pasivos o los activos, este articulo también los expresa como una condición, situación o conjunto de circunstancias existentes, que implican duda respecto a una posible ganancia o pérdida por parte de un ente económico, duda que se resolverá en último término cuando uno o más eventos futuros ocurran o dejen de ocurrir. Estas contingencias pueden ser probables, eventuales o remotas, para lo anterior se define a las contingencias probables como aquellas respecto de las cuales la información disponible, considerada en su conjunto, indica que es posible que ocurran los eventos futuros; a las contingencias eventuales como aquellas respecto de las cuales la información disponible, considerada en su conjunto, no permite predecir si los eventos futuros ocurrirán o dejaran de ocurrir; por último, a las contingencias remotas como aquellas respecto de las cuales la información
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