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OBSERVACION 21 IMPORTE POR $18,050.0


Enviado por   •  26 de Junio de 2020  •  Apuntes  •  1.005 Palabras (5 Páginas)  •  50 Visitas

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OBSERVACION 21

IMPORTE POR $18,050.0

Incumplimiento del Contrato de Prestación de Servicios IICA-AMECAFE, celebrado el 28 de marzo de 2008 y con vigencia al 31 de octubre de 2008, por $15’640,000.00, para la “Actualización del Padrón de Productores de Café 2007”, debido a que no se ha entregado el último informe, y por ende el IICA no le ha realizado el último pago por $2’346,000.00; en el tercer informe, con corte al 15 de septiembre de 2008, se señalan retrasos considerables (50.12% de avance en transferencias de recursos a los Consejos Estatales del Café, coadyuvantes en los trabajos; sólo 9 de 12 Estados habían completado la meta de captura de datos; en el levantamiento de polígonos, sólo se llevaba un avance global del 19.3%, resaltando que Jal., Oax. y Ver., no habían iniciado los trabajos).

No obstante lo anterior, se celebró el 15 de octubre de 2008 el primer Addendum al citado Contrato por $2’410,020.50, recursos del PSNIDRUS 2008, para “Incluir en el Padrón Nacional Cafetalero la CURP y el RFC”; sin embargo, no obstante que se formuló el Cierre Operativo, se determinaron incumplimientos, ya que de una meta de 269,134 productores, no se localizaron en la RENAPO las claves para la CURP de 22,876, de las que la AMECAFE se comprometió a darles seguimiento hasta su localización, sin que se haya evidenciado dicha acción; respecto al RFC, de la meta de 269,134 productores, no se evidenció la obtención de 67,085 registros.

El 15 de enero de 2009 indebidamente se formuló un segundo Addendum por $14’201,695.00 (no pagados aún al 30 de abril de 2009), para “La Actualización del Padrón de Productores de Café 2008”, en el sentido de que no se ha dado cumplimiento al instrumento legal del cual emana, ya que no habían sido concluidos los trabajos de captura de datos de productores y levantamiento de polígonos en campo del Padrón de Productores 2007, base del Padrón 2008; así como porque se pueden estar realizando las actividades del 2007, con recursos 2008.

Causa:

Inobservancia por parte del IICA a la normatividad que regula la asignación y ejercicio de los recursos del PSNIDRUS 2007 y 2008.

El IICA no ha efectuado los requerimientos necesarios a la AMECAFE, incluso de carácter legal, a efecto de exigirle el cumplimiento de las acciones comprometidas y/o el resarcimiento del daño.

Deficiente o nula supervisión por el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) a la operación del IICA y de la AMECAFE.

Efecto:

Posible afectación a la Hacienda Pública Federal.

Se resta transparencia al ejercicio y aplicación de los recursos del PSNIDRUS 2007 y 2008.

Incumplimiento de metas y objetivos del PSNIDRUS 2007 y 2008.

Preventiva:

El Director General del Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera, en su carácter de Titular de la Unidad Responsable del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (PSNIDRUS), debe:

Establecer un mecanismo de control que le permita llevar a cabo una supervisión y un seguimiento más eficiente y oportuno de las acciones y del ejercicio de los recursos que se otorgan en el PSNIDRUS, a fin de que se garantice que se apliquen en apego al marco normativo que lo regula; así como, de los cobros que realice el agente técnico correspondiente, por los costos administrativos acordados.

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