Ordenanza
diego767523 de Enero de 2015
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ORDENANZA 1’95. Que establece el curriculum para la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, del sistema Educativo Dominicano.
CONSIDERANDO. Que el Estado debe garantizar a los habitantes del país, una educación en cantidad y calidad suficientes para su desarrollo individual y su adecuada participación en la sociedad como ciudadanos útiles y conscientes de sus derechos, deberes y responsabilidades.
CONSIDERANDO. Que el Congreso Nacional del Plan Decenal celebrado en diciembre del año 1992, estableció como una de sus prioridades la reforma del sistema educativo para que la educación se convierta, en el periodo de los próximos diez años, en uno de los elementos fundamentales del desarrollo nacional y de la promoción de cada ciudadano y ciudadana, con miras a que el país pueda ingresar al tercer milenio con mayores posibilidades en la construcción de una sociedad mas justa, mas solidaria y mas humana.
CONSIDERANDO. Que en la Transformación curricular se concretizan y viabilizan los lineamientos, objetivos y metas del Plan Decenal, orientados hacia una educación de calidad.
CONSIDERANDO. La necesidad de un nuevo diseño curricular con la participación consciente y entusiasta de los docentes y el apoyo de la comunidad, para asegurar la efectividad de su desarrollo y el mejoramiento de la calidad de la educación.
CONSIDERANDO. Que el currículo se define como un modelo abierto, flexible y participativo, por lo que requiere de la contribución de todos los actores del proceso educativo para su formulación, desarrollo efectivo y adecuación a las características locales y regionales.
CONSIDERANDO. Que los directivos, técnicos y educadores, de los sectores publico y privado tuvieron la oportunidad, el pasado año escolar 1994-95, se estudiar, analizar y ponderar el nuevo currículo.
CONSIDERANDO. La conveniencia de proporcionar al personal directivo y a los educadores, la capacitación indispensable para el desarrollo curricular.
CONSIDERANDO. La conveniencia de introducir las reformas e innovaciones indispensables para lograr la modernización del sector educativo, a fin de responder con eficiencia y eficacia a los desafíos de un nuevo siglo.
OIDAS. Las opiniones de los Subsecretarios de Estado de Educación y de Cultura, del Asesor Técnico, el Consultor Jurídico, los coordinadores de las Divisiones de Servicios Técnicos, Estructura Educativa, Descentralización y Planificación Educativa, los Directores Generales de : Curriculum, Educación Primaria, Educación Media, Educación Técnico Profesional, y Educación de Adultos, los Directores de los Departamentos de Educ. Inicial, Educación Especial y de la Asociación Dominicana de Profesores.
OÍDA La opinión del comité de trabajo diario.
VISTAS. Las Ordenanzas 1’70, 1’77,1’84, 1’86, 2’76, 2’77, 2’88, 2’90, 4’76, 4’90, 5’76 y 842’50. Las Departamentales 9’69 t 10’66. Las Resoluciones 50’66,52’66,62’66, 65’66, 189’73, 312’72, 312’74, 722’78, 802’74, 850’89,1368’88 y 2139’81 que reglamentan los planes de estudios vigentes de la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos.
El Consejo Nacional de Educación, en uso de las atribuciones que el confiere la Ley Orgánica de Educación No. 2909, del 5 de junio de 1951, modificada por las leyes No. 5893, del 10 de mayo de 1962, y la 119 del 7 de abril de 1967, dicta la siguiente.
ORDENANZA No 1”95
Que establece el curriculum para la Educación Inicial, Básica, Media Especial y de Adultos
Art.1. Se establece el currículo para la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, pública y privada, a partir del año escolar 95-96.
Art.2. El currículo responde las característica de nuestra sociedad y tiene como referente los problemas del sistema educativo, el eje o sujeto principal es el/la estudiante y su formación humana, cívica, patriótica, ética, estética, orientada hacia el trabajo productivo, la capacitación para la realización personal, la transformación de su realidad y el desarrollo nacional. Con estos fines s enfatiza el aprendizaje de los valores universales, históricos, sociales e instrumentos, conjuntamente con otros que aseguran la formación integral del sujeto.
Art.3. El currículo parte de que la cultura es toda creación del ser humano, lo que se crea, lo que se hace, lo que se sabe. Es el estilo de un grupo humano abarca los conocimientos, las producciones artísticas, los comportamientos y las relaciones . La educación es parte de la cultura, expresa las tendencias comunes y las diversidades que se manifiestan en la sociedad en su conjunto, procurando contribuir, a través del desarrollo de las potencialidades y capacidades de sus ciudadanos, a atender las demandas y necesidades sociales y personales, así como a preservar y enriquecer la cultura. En este sentido, el currículo toma en cuneta los saberes populares, los científicos, los tecnológicos y el papel que desempeñan éstos en la construcción del conocimiento.
Art.4. las acciones educativas en el currículo responden a los siguientes fines de la educación dominicana:
a) Fomentar la conciencia, la identidad y la soberanía nacional, dentro del contexto de la solidaridad internacional.
b) Fomentar la formación de seres humanos libres, críticos, autocríticos, dueños de sí mismo.
c) Fomentar el desarrollo de una cultura del trabajo como elemento dignificador de los seres humanos, capacitándose para transformarse a sí mismo y a su realidad.
d) Promover el desarrollo de una efectividad sana, equilibrada, para la formación de una persona con sentimientos social e individualmente valiosos.
e) Promover la formación de personas con capacidad para la creación, conservación y desarrollo de la cultura histórica, científica y tecnología y del entorno natural, asumiendo la cultura como totalidad y producto de la realidad social.
f) Formar seres humanos para el ejercicio pleno de sus derechos y deberes: para la transformación social, basada en la justicia, la paz y la democracia participativa, de manera que procure la eliminación de los privilegios y la opresión de minorías sobre mayorías, tomando las medidas necesarias para erradicar de la educación y la escuela todos los estereotipos y practicas que fomentan relaciones de poder y desigualdad entre los sexos y que perpetúan, además, la discriminación de la mujer.
g) Fortalecer la relación entre la educación y la comunidad, considerando esta relación como eje esencial del proceso educativo, a fin de que la escuela sea expresión de la soberanía popular.
h) Promover el desarrollo de una conciencia ambientalista, referida ésta tanto a la naturaleza como a la sociedad, de forma tal que la visión de problemática social y natura descanse en la necesaria armonía de todos los seres, formas vivas y entornos que componen el planeta tierra.
i) Contribuir a la formación integral del ser humano mediante el desarrollo de sus capacidades intelectuales, físicas, éticas y estéticas, así como a la formación de hábitos y convicciones que permitan el desarrollo pleno de su condición humana.
j) Proveer la cultura nacional y popular, la cual debe fortalecerse incrementando el acervo histórico, cultural y los valores de la humanidad.
Art.5. La reforma curricular, producto de una amplia consulta, está orientada por los principio del Plan Decenal y es de centro de proceso de mejoramiento de la calidad de la educación dominicana que promueve dicho plan. Por ello se propone garantizar que todos los niños/as y jóvenes construyen lo conocimiento, valores y actitudes que requieren para su desarrollo como sujetos libres, activos, críticos y conscientes para el mejoramiento permanente de su calidad de vida y la de su comunidad y sociedad, así como para su incorporación a la sociedad y a la democracia.
Art.6. El currículo de la Educación Inicial, Básica, Media, de Adultos y Especial , que se desarrolla a partir del año escolar 1995-96 de define como flexible, abierto y participativo. Con ello se promueve su adecuación a la realidad nacional, a las particularidades regionales y locales, a las características, intereses y necesidades de los educandos, a los adelantos de la ciencia y la tecnología y asimismo favorece la participación creativa de los actores y de la comunidad.
Art.7. La transformación de la educación nacional impulsada por el currículo, se expresa en los propósitos que guían el desarrollo curricular de la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, y se apoya en los contenidos de la ciencia, la tecnología y los valores seleccionados y organizados en áreas, asignaturas y ejes transversales. Asimismo, se auxilia de estrategias de aprendizaje, medios y retiros para promover aprendizajes significativos.
NIVEL INICIAL
Art.8. Se establece la Educación Inicial como el primer nivel del sistema educativo dominicano. Esta dirigido a los niños/as de hasta seis años de edad. No es de carácter obligatorio, con excepción del último año.
Art.9. La educación inicial tiene como propósitos generales:
a) Asumir de manera progresiva una actitud reflexiva sobre el mundo natural y social a través del desarrollo de la curiosidad y procedimientos de observación manipulación, exploración, indagación y experimentación.
b) Desarrollar las funciones perceptivas y las capacidades
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