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PRESUPUESTO


Enviado por   •  25 de Abril de 2013  •  2.397 Palabras (10 Páginas)  •  329 Visitas

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RESUMEN CONCEPTOS GENERALES

ESTATUTO ORGÁNICO DEL PRESUPUESTO (EOP)

CONCEPTO

Ley de jerarquía orgánica que regula la programación, preparación, aprobación, modificación y ejecución del presupuesto de rentas y la ley de apropiaciones de la nación, de las entidades territoriales y de los entes administrativos de cualquier nivel administrativo y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo.

COBERTURA

Consta de dos (2) niveles: un primer nivel que corresponde al Presupuesto General de la Nación, compuesto por los presupuestos de los establecimientos públicos del orden nacional y el presupuesto nacional.

El presupuesto nacional comprende las ramas legislativa y judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, la organización electoral, y la rama ejecutiva del nivel nacional, con excepción de los establecimientos públicos, las empresas industriales y Comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta.

Un segundo nivel, que incluye la fijación de metas financieras a todo el sector público y la distribución de los excedentes financieros de las empresas industriales y comerciales del Estado, de las sociedades de economía mixta con régimen de aquéllas, sin perjuicio de la autonomía que la Constitución y la ley les otorga.

EL SISTEMA PRESUPUESTAL

Quizás el aspecto más novedoso del nuevo estatuto es que no solo se aplica al presupuesto propiamente dicho sino a un concepto más amplio: el llamado Sistema Presupuestal que “esta constituido por un plan financiero, por un plan operativo anual de inversiones y por el presupuesto anual de la Nación”.

Desde luego, el propósito de la innovación es plausible: se trata de armonizar el proceso presupuestal con el marco más amplio de los programas macroeconómicos del Gobierno, y asegurar así la compatibilidad de la Política Fiscal con la Política Monetaria, cambiaria y crediticia. Pero resulta que en la práctica el Gobierno ya venia elaborando el plan Financiero. Desde el programa de ajuste de 1985 las autoridades económicas habían preparando de hecho tal programa. Entonces surge la pregunta

¿Era conveniente limitar dentro de la camisa de fuerza de la ley la obligatoriedad de elaborar tales planes financieros?

No va hacer nada fácil la preparación del presupuesto de ahora en adelante:

Primero habrá que comentarlo con “los consejos regionales de Planificación” después el Ministerio de Hacienda y el Departamento de Planeación prepararán el plan financiero que deberá contar con previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal y luego deberá ser aprobado por el CONPES; posteriormente el Departamento de Planeación elaborará el Plan Operativo Anual de Inversión de los Consejos Regionales de Planificación, el cual deberá ser aprobado también por el CONPES. Solo después de estos tramites, se deberá ser cumplidos taxativamente, podrá elaborarse el proyecto definitivo de presupuesto por el Ministerio de Hacienda para ser presentado en el Congreso en los primeros 10 días de la legislatura ordinaria que se inicia el 20 de julio.

A nuestro juicio se ha erigido un alto riesgo jurídico para el presupuesto con todos estos trámites: el haber protocolizado a nivel legal un proceso que se venia cumpliendo informalmente crea el peligro que en adelante cualquier omisión en que se incurra en dichos trámites generará la posibilidad de que sea demanda la ley de presupuesto por ello.

Al analizar el principio de la planificación tuvimos ocasione de citar las normas pertinentes del estatuto orgánico del presupuesto que definen lo que habrá de entenderse por “ plan financiero” y “plan operativo anual de inversiones” que conforman – como ha quedado dicho- la primera parte del sistema presupuestal, siendo el presupuesto anual de la nación el segundo componente del sistema presupuestal.

COORDINACION DEL SISTEMA PRESUPUESTAL

El CONFIS es un organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de dirigir la Política Fiscal y coordinar el Sistema Presupuestal.

El CONFIS esta integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público quien lo preside, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional, el Consejero Económico de la Presidencia de la República o quien haga sus veces, los Viceministros de Hacienda, los directores de la Dirección General del Tesoro Nacional y Crédito Público y de impuestos y Aduanas.

Son funciones del CONFIS:

1. Aprobar, modificar y evaluar el Plan Financiero del sector Público, previa su presentación al CONPES y ordenar las medidas para su estricto cumplimiento.

2. Analizar y conceptuar sobre las implicaciones fiscales del Plan Operativo Anual de Inversiones previa presentación al CONPES.

3. Determinar las metas financieras para la elaboración del Programa Anual Mensualizado de Caja del Sector Público.

4. Aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos de ingresos y gastos de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previas consultas con el Ministerio respectivo.

5. Las demás que establezcan la Ley orgánica de Presupuesto, sus reglamentos o las leyes anuales de presupuesto.

El Decreto No. 111 de 1996 establece que el Sistema Presupuestal esta constituido por un plan financiero, por un Plan Operativo Anual de Inversiones y por el Presupuesto Anual de la Nación.

El cumplimiento de las funciones mencionadas requiere de la existencia de la oficina de los asesores del CONFIS cuyo principal objetivo es brindar los insumos necesarios para la toma de decisiones de política fiscal.

Para llevar a cabo esta función, la oficina de asesores del CONFIS debe tener como actividad principal el seguimiento, evaluación y proyección de las cifras fiscales de los sectores de Gobierno Nacional Central, Seguridad Social, Eléctrico, Telecom, EPM, ETB, EMCALI, ECOPETROL, Fondo Nacional del Café, Regionales y locales y Resto de Entidades (SENA, ICBF, INVIAS, FERROVIAS).

Con este propósito, la oficina de asesores del CONFIS tiene las siguientes funciones específicas:

1. La elaboración, seguimiento y revisiones al Plan Financiero del Sector Público.

2. La realización de

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