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PRESUPUESTOS


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2013  •  1.406 Palabras (6 Páginas)  •  218 Visitas

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INTRODUCCION

FEDERALISMO EN MEXICO

En el escenario político contemporáneo caracterizado por la proliferación de grupos de presión y por una creciente diversidad de sectores interesados en el ejercicio del poder, la capacidad para procesar y arbitrar demandas antagónicas es la tarea más importante en el proceso de transformación política y social. La existencia de un pluralismo institucional caracterizado por la presencia de partidos políticos, asociaciones civiles entidades gremiales, grupos religiosos, sindicatos, movimientos de base, etc., facilita la participación social, pero por otro lado, la fragmentación en base a criterios religiosos, ideológicos, sociales, étnicos, y geográficos, está generando el fenómeno de "desintermediación política" en el cual los partidos políticos tradicionales están perdiendo su capacidad de convocatoria, y una gran variedad de estos grupos de interés se proyectan directamente al ámbito político nacional, e incluso internacional sin pasar por el "filtro" de los partidos políticos.

FEDERALISMO MEXICANO

Federalismo el origen del vocablo proviene del latín foedus y cuyo significado se refiere a la unión, acuerdo, pacto. Unión de diferentes conjuntos políticos que conservan su carácter individual.

El federalismo, desde la independencia mexicana, ha sido una herramienta de articulación que impidió que muchos de los estados iniciaran movimientos separatistas

Se pretende que el sistema federal debe contar como premisas justificativas de su adaptación, con vigorosos regionalismos preexistentes, que solo a través de una transacción lleguen a ceder una porción de su autonomía, a fin de construir un gobierno nacional.

A la luz de las ideas expuestas conviene examinar las necesidades políticas, económicas y sociales que han presentido la aparición y el recorrido del federalismo mexicano.

Al consumarse la independencia de 1821, no eran varios estados los que surgían a la vida independiente, sino un estado unitario, que correspondía al antiguo virreinato.

Los diputados no representaban entidades autónomas, mandaron a sus representantes para celebrar un pacto con las provincias del virreinato, después enviaron a sus representantes al congreso. Disuelto por Iturbide el primer constituyente, estallo la rebelión de casa mata, encabezada por santa Anna. Fue entonces cuando se despertaron las ambiciones de las diputaciones provinciales, creadas por la constitución celosamente centralista de Cádiz, para ejecutar las medidas administrativas del gobierno central y que hasta entonces no habían tenido manifestaciones de vida.

Fue una acta constitutiva el documento que consigno la primera decisión genuinamente constituyente del pueblo mexicano, y en ella aparecieron por primera vez, de hecho y de derecho los estados.

Una vez adoptado el sistema federal paso a una grave crisis de anarquía. Desde el punto de vista fiscal, la duplicidad desordenada de impuestos y elección de trabas arancelarias por su parte de los gobiernos locales, orillaban a la bancarrota de la economía nacional. Así se formó una conciencia favorable a la centralización, que fácilmente tolero la practica 8ª veces consagrada en la constitución y en las leyes de traspasar los órganos centrales facultades que de acuerdo con los sistemas correspondientes a los estados

Seria clave visualizar un sistema federal que considere los valores del pluralismo político, la libertad y la igualdad real, la justicia social materializada y la democracia activa.

El federalismo en México analizado desde la perspectiva de la renovación del pacto federal, considerando los principios de unidad y equidad.

El Estado federal constituye un pacto de entidades que se traduce en un orden de atribuciones conferidas a los Poderes de la Unión, pero también en una fórmula de descentralización del ejercicio del poder público, que se compone de Estados con soberanía constitucional y que participan en la formación de la voluntad general.

En México, la idea federal ha sido columna vertebral en la constitución de la República. Por tanto, "...El federalismo unió en voluntad común, la variedad de culturas regionales, desarrollos históricos y realidades locales que conforman el país tan diverso y heterogéneo que es..."

Las formas de gobierno según Aristóteles:

Monarquía: gobierno de una sola persona en beneficio del pueblo

Tiranía: gobierno de una sola persona en beneficio propio.

Aristocracia: es el gobierno de unos cuantos en beneficio del pueblo.

Oligarquía: gobierno de unos cuantos en beneficio propio.

Democracia: gobierno electo por el pueblo en beneficio del pueblo.

Demagogia: gobierno del pueblo en beneficio de una parte del pueblo

Durante los años 1929-1994 la democracia en México estuvo desprestigiada, porque el régimen priista se encargaba de hacer todo tipo de artilugios y trampas para ganar en las elecciones, no obstante, palucha de los partidos de oposición empezó a ganar espacios importantes en el país. A mediados de los años noventa se ciudadanizaron los órganos electorales y la gente recobro la confianza en la democracia mexicana.

INTRODUCCION

ORGANIZACIÓN Y ENTES ADMINISTRATIVOS

El órgano administrativo tiene un elemento objetivo, las funciones y atribuciones legalmente a él conferidas para que, a su través, se cumplan los fines a los que se contraiga la total actividad de dicha organización. El elemento subjetivo, el titular del órgano, es la persona física singular que vivifica el órgano o el conjunto de ellas, que configuran los llamados órganos colegiados.

La expresión «órgano» ha sido tomada por el Derecho desde la Biología (como parte de un cuerpo vivo, que desempeña una función) y se utiliza en sentido metafórico, con referencia a las partes de que consta una organización administrativa.

ORGANIZACIÓN Y ENTES ADMINISTRATIVOS

La teoría orgánica, explica a su vez el porqué y el cómo se atribuyen la actividad de las personas físicas a las personas jurídicas públicas a las que están incorporadas. La teoría orgánica constituye una solución jurídica para la imputación al poder público la actuación de los agentes y sus representantes. La teoría orgánica considera que cada poder público está integrado por distintas unidades de actuación, y cada una de ellas está activada por personas físicas. A las unidades de las actividades diferenciadas se les denomina órganos que son los centros a través de los cuales actuó el correspondiente poder público y cuya actividad se imputan al ente público titular de tal poder.

Las personas físicas que activan o sirven en los diferentes órganos no actúan ni por mandato ni por representación, sino en cuanto miembro del sujeto público al que se imputan a su actuación. Tienen sus límites en cuanto que en no toda actuación realizada por personas al servicio de una persona jurídico pública, da lugar a imputación. Para que dicha imputación se produzca, han de concurrir tres condiciones:

1º) que la actividad desplegada por el servidor público sea el ejercicio de funciones propias del ente público al que pertenece.

2º) es preciso que se dé una apariencia formal de corrección del acto, así, el mero desempeño de funciones públicas, no es suficiente para dar lugar a una imputabilidad, pues puede ocurrir que el autor del acto carezca de competencia para ejercer.

3º) es preciso que el funcionario haya sido formalmente investido, no obstante a veces la administración puede resultar vinculada por actos de personas físicas que no han sido legítima y formalmente investidas de la condición de funcionario público. La seguridad jurídica obliga administración a asumir como propios algunas actuaciones de los llamados funcionarios de hecho que actúan como tales sin saber.

Idéntica situación se produce en los casos de anticipación o prolongación de una función pública anulación de nombramientos de funcionarios, o asunción espontánea por los ciudadanos de funciones públicas.

Existe una doble aceptación del concepto de órgano:

1) material conforme a la cual el órgano hace referencia a los medios materiales y jurídicos que le son asignados para configurarlo como unidad de actuación diferenciada dentro de la organización de la que forman parte. El órgano equivale a la persona física que le da vida, funcionario público. Su función es ejercer las competencias públicas que tenga atribuidas el órgano al que equivale.

Estas personas físicas titulares de los órganos administrativos, se encuentran con respecto a las personas jurídicas de las que forman parte cada órgano en una doble relación jurídica, 1) en una relación orgánica en virtud de la cual, cada persona física se identifica y se incorpora a la persona jurídica de la que forme parte; por ello un todo lo que hace en cuanto que titular del órgano se imputan a dicha persona jurídica. 2) la persona física se encuentra en una relación de servicios en virtud de la cual se determinen sus derechos y obligaciones con respecto a la persona jurídica a la que sirve. El órgano administrativo engloba tanto su acepción material como personal y puede definirse como un conjunto de elementos personales, jurídicos y liberales que forman 1 unidad definida de actuación en el seno de una persona jurídico pública.

Los órganos administrativos carecen de personalidad jurídica porque ellos componen la entidad o persona jurídica, son como los miembros a través de los cuales actúa una persona jurídica.

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