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PRINCIPIOS QUE REGULAN LAS CUENTAS POR COBRAR BAJO LAS NIIF


Enviado por   •  30 de Abril de 2020  •  Trabajos  •  1.989 Palabras (8 Páginas)  •  212 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En el siguiente reporte vamos a explicar todo sobre las cuentas por cobrar así como de su clasificación y procesos; como estos son uno de los activos importantes de cualquier empresa ya que representan los dineros que por derecho y por ley le corresponden a la empresa por concepto de venta de mercancías y productos terminados o prestación de servicios, de los cuales están soportados por las facturas de ventas.

PRINCIPIOS QUE REGULAN LAS CUENTAS POR COBRAR BAJO LAS NIIF

  1. Valor histórico original: Las cuentas por cobrar se deben registrar según las cantidades de efectivo que se vayan a percibir, es decir, teniendo en cuenta el importe que fue pactado al momento de la transacción inicial, incluso si esta se percibe a futuro.
  2. Realización: La contabilidad cuantifica las operaciones que una entidad efectúe con otros participantes de la actividad económica y ciertos eventos económicos que la afectan. Toda operación y evento económico se debe registrar en contabilidad en el momento que se efectuó.
  3. Periodo contable: Todas las empresas están obligadas a presentar una vez al año, el 31 de diciembre el estado de situación financiera con el fin de medir el resultado de sus gestiones ya sea por razones administrativas, legales, fiscales o financieras durante un periodo contable que generalmente es de un año.
  4. Revelación suficiente: Se refiere a que es necesario que los datos de las cuentas por cobrar presente en los estados financieros debe ser suficiente, clara y comprensible para el respectivo análisis de las gestiones realizadas por la compañía.

NORMAS DE LAS CUENTAS POR COBRAR SEGÚN LAS NIIF

  1. NORMAS DE VALUACIÓN:
  • Las cuentas por cobrar se deben reconocer a su valor de realización que es el monto que se recibe, en efectivo, equivalentes de efectivo o en especie, por la venta o intercambio de un activo, por ello, las cuentas por cobrar se deben cuantificar con el valor pactado originalmente del derecho exigible.
  • Atendiendo al postulado básico de devengación contable, el valor pactado debe modificarse para reflejar lo que en forma razonable se espera obtener en efectivo, especie, crédito o servicios, de cada una de las partidas que lo integran; esto requiere que se le dé efecto a descuentos y bonificaciones pactadas, así como a las estimaciones por irrecuperabilidad o difícil cobro.
  • Los incrementos o reducciones que se tengan que hacer a las estimaciones, con base en los estudios de valuación, deberán cargarse o acreditarse a los resultados del ejercicio en que se efectúen.

  1. NORMAS DE PRESENTACIÓN:
  • Considerando su disponibilidad, las cuentas por cobrar pueden ser clasificadas como de exigencia inmediata o a corto plazo, y a largo plazo.
  • Atendiendo a su origen, se pueden formar dos grupos de cuentas por cobrar:
  • A cargo de clientes: se deben presentar los documentos y cuentas a cargo de clientes de la entidad, derivados de la venta de mercancías o prestación de servicios, que representen la actividad normal de la misma.
  • A cargo de otros deudores: se originan por transacciones distintas a aquellas para las cuales fue constituida la entidad, tales como: Préstamos a accionistas y a funcionarios y empleados, reclamaciones, ventas de activo fijo, impuestos pagados en exceso, etc.; deberán agruparse por concepto y de acuerdo con su importancia, si los montos no son de importancia, pueden mostrarse como otras cuentas por cobrar.

CONCEPTO GENERAL SOBRE LAS CUENTAS POR COBRAR

Este grupo se denomina deudores en la base fiscal y está compuesto por las cuentas de clientes, cuentas corrientes comerciales por las ventas causadas y acumuladas en la cuenta de balance del activo, que se tienen disponibles para convertirse en efectivo. Deben estar debidamente documentados y legalizadas con las firmas correspondientes de quien otorga el crédito, el beneficiario, y todo aquello que conduzca a su recuperación por cualquiera de las vías del derecho.

CLASIFICACIÓN

Las cuentas por cobrar se clasifican de la siguiente manera:

  1. Cuentas por cobrar clientes:

Registra los valores a favor del ente económico y a cargo de clientes nacionales o extranjeros de cualquier naturaleza, por concepto de venta de mercancías, productos terminados, servicios y contratos realizados en desarrollo del objeto social, así como la financiación de los mismos.

  1. Cuenta corrientes comerciales:

Registra el valor de las operaciones comerciales celebradas entre dos entes económicos, reguladas por las normas legales vigentes. Esta modalidad consiste en un negocio jurídico que tiene por características ser bilateral, oneroso, conmutativo y de ejecución sucesiva, para el cual se acuerdan anotar y compensar en cuenta abierta por debe y haber sus eventuales créditos recíprocos y se establecen condiciones de exigibilidad y disponibilidad del saldo resultante de la compensación progresiva operada.

  1. Cuentas por cobrar casa matriz:

Registra el valor de las deudas a favor del ente económico, y a cargo de la casa matriz originadas en la facturación, cobro o liquidación de los ingresos u operaciones directamente realizadas con ésta, sin que se haya celebrado contrato de cuenta corriente, en cuyo caso se deberá registrar en la cuenta 1310 -cuentas corrientes comerciales-.

  1. Cuentas por cobrar a vinculados económicos:

Registra el valor a cargo de otros entes vinculados económicamente por préstamos o transacciones en dinero o en especie, así como los pagos que se realizan por cuenta de éstos.

Se considera que hay vinculación cuando entre dos o más entes económicos existen intereses económicos, financieros o administrativos, comunes o recíprocos, así como cualquier situación de control o dependencia.

  1. Ingresos por cobrar:

Registra los valores devengados por el ente económico pendientes de cobro originados en el desarrollo de las operaciones cualquiera que sea su denominación.

  1. Anticipos y avances:

Registra el valor de los adelantos efectuados en dinero o en especie por el ente económico a personas naturales o jurídicas, con el fin de recibir beneficios o contraprestación futura de acuerdo con las condiciones pactadas, incluye conceptos tales como anticipos a proveedores, a contratistas, a trabajadores, a agentes de aduana y a concesionarios.

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