Propiedad industrial
KIKEDIAZ2522 de Agosto de 2013
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PROPIEDAD INDUSTRIAL
INTRODUCCION
El Comercio Electrónico es básicamente el uso de redes (Internet) para realizar la totalidad de actividades involucradas en la gestión de negocios: ofrecer y demandar productos y servicios, buscar socios y tecnologías, hacer negociaciones con su contraparte, seleccionar el transporte y los seguros que más convengan, realizar los trámites bancarios, pagar, cobrar comunicarse con los vendedores de su empresa, recoger los pedidos, es decir todas aquellas operaciones que requiere el comercio. El gobierno de cada país hará todas sus compras y licitaciones utilizando la red e incluso muchos servicios a las empresas, liquidación de impuestos, tramites pagos y cobranzas podrán hacerse directamente por el sistema de Comercio Electrónico.
CUESTIONES JURIDICAS EN EL COMERCIO ELECTRONICO
RAMAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Las dos ramas de la propiedad intelectual
La propiedad intelectual se divide esencialmente en dos ramas, a saber: la propiedad industrial y el derecho de autor.
Derecho de autor
El derecho de autor se aplica a las creaciones artísticas como los poemas, las novelas, las obras musicales, las pinturas y las obras cinematográficas. En inglés, a diferencia de los demás idiomas europeos, el derecho de autor se conoce con el nombre de “copyright”. El término copyright tiene que ver con actos fundamentales que, en lo que respecta a creaciones literarias y artísticas, sólo pueden ser efectuados por el autor o con su autorización. Se trata, concretamente, de la realización de copias de las obras literarias y artísticas, como los libros, las pinturas, las esculturas, las fotografías y las obras cinematográficas. La segunda expresión, derecho de autor, nos remite a la persona creadora de la obra artística, a su autor, subrayando así el hecho que se reconoce en la mayor parte de las leyes, en el sentido de que el autor goza de derechos específicos en relación con su creación, como el derecho a impedir la reproducción deformada de la misma, prerrogativa que sólo a él le pertenece, mientras que existen otros derechos, como el derecho a efectuar copias, del que pueden gozar terceros, por ejemplo, todo editor que haya obtenido una licencia del autor con ese fin.
Propiedad industrial
La amplia aplicación que tiene el término “industrial” se explica claramente en el Artículo 1.3 del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial:
“La propiedad industrial se entiende en su acepción más amplia y se aplica no sólo a la industria y al comercio propiamente dichos, sino también al dominio de las industrias agrícolas y extractivas de todos los productos fabricados o naturales, por ejemplo: vinos, granos, hojas de tabaco, frutos, animales, minerales, aguas minerales, cervezas, flores, harinas”.
TIPOS DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Uno de los mayores beneficios de proteger los bienes intangibles de creación intelectual, es establecer mecanismos de salvaguarda de las ideas e innovaciones realizadas, evitando que otras personas hagan copias o los usen indebidamente sin derecho y sin consentimiento de su titular.
El registrar oportunamente las creaciones, innovaciones e invenciones que realice le permitirán generar un mejor derecho frente a terceros y gozar de protección jurídica ante posibles procesos de uso indebido de los bienes de propiedad intelectual registrados.
También se obtienen beneficios económicos al poder establecer acuerdos, contratos y convenios para licenciar, enajenar, usufructuar o transigir en términos generales los derechos de uso y explotación de los bienes intangibles.
Además, a propiedad intelectual crea ventajas competitivas al guardar sellos distintivos para las actividades económicas que le hagan diferente de sus competidores y agreguen valor a sus
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