ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

¿Que entiendes por política organizacional de una empresa?

1113172431Documentos de Investigación27 de Noviembre de 2015

3.765 Palabras (16 Páginas)290 Visitas

Página 1 de 16

¿Que entiendes por política organizacional de una empresa?

Es un proceso en el cual se utilizan vías para llevar a cabo las estrategias trazadas por la organización es la orientación que debe ser entendida y llevada a cabo por todos los miembros de una organización, en esta se llevan a cabo normas y responsabilidades en cada una de las áreas de la organización, la políticas  son guías para orientar la acción, lineamientos generales para observar  en la toma de decisiones, sobre algún problema que se repite una y otra vez dentro de la organización. Las políticas son criterios generales de ejecución que complementan el logro de objetivos y facilitan la implementación de las estrategias. Las políticas son dictadas desde el nivel jerárquico de la empresa

. ¿Qué tipo de políticas podrían relacionarse con la materia laboral atendiendo a su legislación?

  • El trato de igualdad para los trabajadores
  • Política de compensación
  • Política de seguridad
  • Políticas sobre el personal
  • Políticas de selección  y entrenamiento de personal
  • Políticas  de renumeración
  • Políticas con relaciones con sindicatos

 

política Organizacional

Es la orientación o directriz que debe ser divulgada, entendida y acatada por todos los miembros de la organización, en ella se contemplan las normas y responsabilidades de cada área de la organización. Las políticas son guías para orientar la acción; son lineamientos generales a observar en la toma de decisiones, sobre algún problema que se repite una y otra vez dentro de una organización. En este sentido, las políticas son criterios generales de ejecución que complementan el logro de los objetivos y facilitan la implementación de las estrategias. Las políticas deben ser dictadas desde el nivel jerárquico más alto de la empresa.

Normas

Son reglas específicas que se deben seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, o actividades en una organización para poder llevar a cabo el cumplimiento de una política organizacional. Cabe destacar que forman parte del contenido de las políticas organizacionales.

Tipos de políticas

Generales; son las que aplica a todos los niveles de la organización, son de alto impacto o criticidad, por ejemplo: políticas de presupuesto, políticas de compensación, política de la calidad, política de seguridad integral, entre otras.

Específicas; son las que aplican a determinados procesos, están delimitadas por su alcance, por ejemplo: política de ventas, política de compras, política de seguridad informática, políticas de inventario, entre otras

Hola Alejandro

Estoy de acuerdo contigo respecto a que las políticas son reglas y/o normas que deben ser llevadas  a cabo para el logro de los objetivos de la organización, así mismo pienso que son responsabilidades para cada área de la misma y estas son dictadas desde el nivel jerárquico más alto de la empresa.

 Saludos.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EMPRESA_______REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ______________ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PATRON   Y POR LA OTRA  LA C. NOMBRE DE PERSONA Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA  LA TRABAJADORA  AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

A) Declara LA TRABAJADORA: 

1.- Haber nacido el día 
 11  de febrero de 2015 tener   23  años de edad, de nacionalidad   mexicana    con domicilio ubicado en     calle pedregal Nº 524 col. Colinas del sur    
2.- Tener  los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios al EL PATRON en el puesto de RECEPCIONISTA.

B) Declara EL PATRÓN:

1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País.
2.- Tener su domicilio en   
   calle: principal  n°911 Col. Del Valle.   
3.- Tener por Objeto Social el de 
     Ventas.      
4.- Desear utilizar los servicios de LA TRABAJADORA, para desempeñar el puesto de RECEPCIONISTA y los demás que sean similares a dicha actividad.

C L A U S U L A S

PRIMERA.- Este Contrato se celebra por tiempo indefinido y en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley federal del Trabajo

SEGUNDA.- La TRABAJADORA se obliga aprestar sus servicios personales subordinados a EL PATRON consistentes en el puesto de RECEPCIONISTA, desempeñándolos bajo la dirección y dependencia de EL PATRON y en general todos aquellos que estén relacionados con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa: Coordinación de la administración de la empresa; Coordinación de la contabilidad externa, Revisión de la cobranza, Seguimiento de facturación de los cierres mensuales de proyectos, Control estricto de los movimientos de los estados de cuenta de la empresa así como de las entradas y salidas, Seguimiento de clientes, Programación de citas con nuevos prospectos, Elaboración de reportes de pago a proveedores, Elaboración de recibos, Seguimiento del archivo, Asistencia a la Dirección General ; sin perjuicio de cualesquiera otros que éste le encomiende, debiendo desempeñar sus servicios en el domicilio de la empresa  o en cualquier otro que esta le indique.

TERCERA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato conforme a la cláusula que antecede los desempeñara LA TRABAJADORA, en el D. F., pero EL PATRON podrá en cualquier momento fijar a LA TRABAJADORA otro lugar de trabajo dentro del Valle de México.

CUARTA.- Por sus servicios a EL PATRON, durante la vigencia del presente contrato, LA TRABAJADORA  percibirá un salario   mensual   por la cantidad de $4,830.00, con las deducciones correspondientes por la cantidad de $ 483.00    por concepto de SAR. Y $   895.00   por concepto de cuota al I.M.S.S., resultando un NETO A PAGAR de $3,452.00 (Tres mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M. N.), en el que queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo o en que pueda convenir a EL PATRON, mismo que será cubierto los días 1°  y 16 de cada mes o el día próximo hábil en caso de ser sábado o domingo; en el domicilio de la empresa.



QUINTA.- Las partes  convienen en que los servicios de LA TRABAJADORA son de carácter estrictamente confidencial, por lo que el puesto para el que será contratada se considerará de confianza para todos los efectos legales.

SEXTA.- La duración de la Jornada de Trabajo será de   lunes   a   viernes  , de las    9:00  horas. a las   18:00   horas. Con un descanso para reposar y tomar sus alimentos de las    2:00    a las   3:00    horas; tomándolas como mejor convenga a LA TRABAJADORA. Siendo esta la duración máxima de la jornada  y quedando estrictamente prohibido el trabajar horas extras sino con el consentimiento previo y permiso por escrito debidamente firmado por EL PATRON, en el que se señale, la fecha, las horas, el motivo, y el monto a pagar, sin que exceda de tres horas diarias ni de tres veces por semana.

SEPTIMA.- Para efectos del Seguro Social EL PATRON dará de alta a LA TRABAJADORA y cubrirá sus aportaciones.

OCTAVA.- LA TRABAJADORA  disfrutará de un periodo anual de vacaciones  en los términos del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo obligándose a firmar constancia de estas así como del pagó de la prima correspondiente.

NOVENA.- EL PATRON se reserva el derecho a dar por terminado el presente contrato en cualquier tiempo, en caso de que LA TRABAJADORA no cumpla con las obligaciones que contrae y con las que se derivan de la Ley de la Materia.

DECIMA.- LA TRABAJADORA reconoce que  todos los artículos, estudios, escritos, formatos, expedientes, documentos, libros, mobiliario, información verbal que se le proporcione con motivo de la relación de trabajo, así como los que la propia trabajadora prepare o formule con relación con sus servicios; son propiedad exclusiva de EL PATRON en todo tiempo y se obliga a conservarlos en buen estado, a no sustraerlos del lugar de trabajo salvo por necesidades de servicio y con autorización expresa y por escrito de EL PATRON en el momento en que así se requiera por lo que en caso contrario se le responsabilizara de cualquier perdida o faltante.

DECIMO PRIMERA.- LA TRABAJADORA se obliga a no divulgar ninguno de los aspectos de los negocios de EL PATRON, ni proporcionara a tercera persona, verbalmente o por escrito, directa o indirectamente, información alguna sobre los sistemas y actividades de cualquier clase que observe de EL PATRON y no en el desarrollo de sus actividades y no mostrara a terceros los documentos, expedientes, escritos, artículos, contratos, bitácora, estados de cuenta, y de mas materiales  e información que le proporcione EL PATRON o que prepare o formule con relación a sus servicios.

DECIMO SEGUNDA.- LA TRABAJADORA se obliga no obstante de la rescisión del presente contrato, a no divulgar ni a servirse personalmente de los negocios de EL PATRON, que fueren de su conocimiento con motivo de la relación de trabajo ni a proporcionar a terceros la información y documentos señalados en la cláusula que antecede. Para el caso contrario LA TRABAJADORA quedara sujeta  a la responsabilidad civil por daños y perjuicios que causare a EL PATRON, así como a las sanciones de carácter penal a que se hiciere acreedora.

DECIMO TERCERA.- EL PATRON  reconoce de forma expresa que la antigüedad de LA TRABAJADORA  es a partir del día 01 de agosto de 1998.

DECIMO CUARTA.- Ambas partes contratantes declaran que respecto a las obligaciones y derechos que mutuamente les corresponde en sus respectivas calidades de Patrón y de Trabajadora y que no hayan sido motivo de cláusula expresa en el presente contrato, se sujetarán a las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Leído que fue por ambas partes este documento ante los testigos que también firman e impuestos de su contenido y sabedores de las obligaciones que contraen, lo firman por duplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los 
   2   días del mes de  octubre  del año   2012   .


           PATRON                                                               TRABAJADORA


NUEVA EMPRESA                            
RAMÓN GONZÁLEZ ZANELLA.                       MARÍA TERESA ALMIRA ROBLES

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (23 Kb) pdf (180 Kb) docx (23 Kb)
Leer 15 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com