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Quiebre de "La Caserita"


Enviado por   •  18 de Abril de 2021  •  Informes  •  2.353 Palabras (10 Páginas)  •  130 Visitas

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 Quiebre de la distribuidora

“La caserita”

Carrera: Inge. En administración

Asignatura: Administración y modelos de negocios


INDICE

INTRODUCCION .............................................................................................................. 3

Bibliografía ........................................................................................................................ 4

1. ORDEN CRONOLOGICO DE LA QUIEBRA ............................................................... 6

2. LEGISLACIONES APLICABLES A COMERCIAL LA CASERITA .............................. 7

Ley de insolvencia 20.720: ........................................................................................... 7

3. CODIGO CIVIL ........................................................................................................... 10

Ley 18.591 .................................................................................................................. 10

Ley 4558 .................................................................................................................. 10

4. TERMINO DE GIRO ANTE SII .................................................................................. 10

5. CODIGOS TRIBUTARIOS ......................................................................................... 11

Articulo 69.- ................................................................................................................. 11

Articulo 91.- ............................................................................................................. 11

6 SIMULACION EN UN ESENARIO DE LIQUIDACION DE LA EMPRESA DEUDORA ........................................................................................................................................ 11

7. PROPUESTA DE LA CASERITA A ACREEDORES. ............................................... 12

8. SOLUCION A LOS TRABAJADORES ....................................................................... 13

9. ALGUNAS SOLUCIONES A PROVEEDORES. ........................................................ 14

¿Cómo se debe proceder si la empresa que debe el pago de las facturas se encuentra sometida a un Procedimiento Concursal de Liquidación, en virtud de la Ley 20.720? ............................................................................................................. 14

¿Qué posibilidades hay que un Procedimiento Concursal de Liquidación, se le pague el crédito a un proveedor que tiene facturas impagas? .............................. 14

CONCLUSIONES GRUPALES: ..................................................................................... 15 3


INTRODUCCION

En este trabajo les presentamos el caso del comercial “La caserita” quien a sus 38 años de servicio como distribuidora quebró.

Ante este suceso determinaremos el proceso de la quiebra paso a paso y reconoceremos la legislación vigente y la que se debe en este caso aplicar. También haremos un pequeño resumen sobre la LEY DE INSOLVENCIA de que se trata y de quienes pueden acceder a ella.

De igual manera realizaremos un informe de la solución que dio La caserita a sus proveedores y también a sus trabajadores.

Por ultimo cerramos con una conclusión grupal acerca de este trabajo cuales fueron los puntos que más nos costó como grupo en estar de acuerdo y lo que hemos aprendido con este caso. 4


Bibliografía

No hay ninguna fuente en el documento actual. 5 6


1. ORDEN CRONOLOGICO DE LA QUIEBRA

20/10/20

Se acoge a la ley de insolvencia

Solicitud de nominación de Veedor ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Tribunal le asigna a la veedora

Daniela camus

inicio de la Protección Financiera Concursal

Presentación de la propuesta de Acuerdo de Reorganización.

Etapa de verificación, objeción e impugnación de los créditos de los acreedores.

Junta de Acreedores llamada a conocer y pronunciarse sobre la propuesta de Acuerdo de Reorganización,.

29/01/21

Se rechazael acuerdo de reorganizacion , dandose  inicio a la liquidacion de la empresa .7

2. LEGISLACIONES APLICABLES A COMERCIAL LA CASERITA

Sociedad Limitada: Su principal característica es que está destinada a cuidar el patrimonio personal de los socios.

Afectada por la crisis del 2019, hace solicitud ante la Superintendencia financiera presentando un plan de reorganización.

Ley de insolvencia 20.720:

Su finalidad es la renegociación y reorganización de una empresa deudora, establece procedimientos para liquidar los activos y pasivos de la misma. Algunos de los artículos a los cuales estaba sujeta para el caso de la caserita fueron los siguientes:

Artículo 2:

Punto 4: Audiencia Inicial: Aquella que se lleva a cabo en el tribunal competente con presencia del Deudor, si comparece, en un procedimiento de Liquidación Forzosa, en los términos establecidos en el artículo 120.

Artículo 4° : Resuelve liquidación.

Artículo 25: Veedor es propiciar los acuerdos entre el Deudor y sus acreedores, facilitando la proposición y negociación del Acuerdo.

Artículo 39.- Honorarios del Liquidador.

Artículo 54, Capitulo 3: El Procedimiento Concursal de Reorganización se iniciará mediante la presentación de una solicitud por la Empresa Deudora ante el tribunal correspondiente a su domicilio.

Artículo 56.- Antecedentes que deberá acompañar el Deudor. Aceptada la nominación por el Veedor titular y suplente, la Superintendencia remitirá al tribunal competente el Certificado de Nominación correspondiente. Paralelamente, el Deudor acompañará lo siguiente: 8


Artículo 57: El tribunal dicta una resolución designando veedores titular y suplente. Resolución de Reorganización. Dentro del quinto día de efectuada la presentación señalada en el artículo anterior, el tribunal competente dictará una resolución designando a los Veedores titular y suplentes nominados en la forma establecida en el artículo 22.

Artículo 58.- Prórroga de la Protección Financiera Concursal. El plazo establecido en el número 1) del artículo anterior para la Protección Financiera Concursal podrá prorrogarse hasta por treinta días, si el Deudor obtiene el apoyo de dos o más acreedores, que representen más del 30% del total del pasivo, excluidos los créditos de las Personas Relacionadas con el Deudor. Hasta el décimo día anterior al vencimiento del plazo antes señalado, el Deudor podrá solicitar una nueva prórroga por otros treinta días si obtiene el apoyo de dos o más acreedores que representen más del 50% del total del pasivo, excluidos los créditos de las Personas Relacionadas con el Deudor.

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