RENTAS DE TERCERA CATEGORIA
TRITONWBC2 de Octubre de 2012
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Presentación
Ahora que estamos aprendido algunos temas para aumentar nuestros conocimientos profesionales, en este trabajo le acercaré a un tema relativamente conocido. Un tema de la economía que abarca muchos negocios: el tema de la Rentas de tercera Categoría.
Y es que, a pesar de tener la tributación una gran influencia en el desarrollo o decaimiento de las actividades empresariales, no hay mucha información sobre el tema, y en cambio hay muchas ideas confusas que es necesario esclarecer.
En estas páginas descubrirá la importancia que tiene el tema tributario para el desarrollo y la justicia en el Perú.
Descubrirá también que la gestión de cualquier empresa deberá tener en cuenta el costo de los tributos, pues no hay negocio que crezca articulándose a mejores mercados ignorando dicho costo.
Aprenderá entonces, que uno de los retos que deberá asumir cualquier organización, será el de trabajar también…
..por una política tributaria que
trate a todos por igual y
promueva la calidad y competitividad
de los negocios peruano.
INDICE
IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
(Decreto Supremo Nº 122-94-EF y Normas Modificadas)
Sección I : RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA (Art. 28) 6 - 10
Sección II : DEDUCCIONES: GASTOS NECESARIOS (Art. 37) 12 - 20
Sección III : DEDUCCIONES: REGLAS GENERALES (Art. Nº s 57 - 37 - 44) 22 - 23
Sección IV : DEPRECIACIÓN Y AMORTIZACIÓN (Art. Nº 38) 25
Sección V : DEDUCCIONES NO ADMITIDAS (Art. Nº 44 - 47 - 44) 27 - 29
Sección VI : TASAS DEL IMPUESTO (Art. Nº 55) 31
Sección VII : CASOS PRÁCTICOS 33,34
Sección VIII : CONCLUCIONES INDIVIDUALES 36
BIBLIOGRAFÍA 37
INTRODUCCIÓN
En esta oportunidad nos vamos a concentrar en El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo.
IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
(Decreto Supremo Nº 122-94-EF y Normas Modificadas)
SECCIÓN I:
RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA (Art. 28)
Sección I: RENTAS DE TERCERA CATEGORÍA (Art. 28)
El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo.
A continuación se muestran algunas actividades que generan rentas gravadas con este impuesto:
PARTE A:
Comercio Industria Minería
EXPLOTACIÓN DE:
Agropecuaria Forestal Pesquera Otros Recursos Naturales
SERVICIOS COMERCIALES:
Transportes Comunicaciones Sanatorios Hoteles
Depósitos y Garajes Reparaciones Construcciones Bancos y Financieras
Seguros Fianzas Capacitaciones Negocios Habituales
PARTE B:
DERIVADAS DE LA ACTIVIDAD DE:
Mediadores de Comercio Rematadores Martilleros
PARTE C:
LAS QUE OBTENGAN:
Los Notarios
PARTE D:
GANANCIAS DE CAPITAL:
Constituye ganancias de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital. Se entiende por bienes de capital a aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio no de empresa. La Ganancia de capital es la diferencia entre el precio que pagó por su inversión y el precio que obtiene cuando la vende, cuando el valor de venta es mayor.
Ganancias de Capital
PARTE E:
RENTAS QUE OBTENGAS LAS PERSONAS JURIDICAS SOBRE FIDEICOMISOS:
FIDEICOMISOS: Es un contrato o convenio en virtud del cual una o más personas, llamada fideicomitente o también fiduciante, transmite bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona (una persona física o persona jurídica, llamada fiduciaria), para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado fideicomisario.
FIDEICOMISOS
PARTE F:
Rentas que obtengas las sociedades civiles de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. Por ejemplo: Varios Contadores y/o abogados que se agrupan para formar una sociedad civil.
Ingenieros Abogados Contadores
Carpinteros Albañiles Electricistas
PARTE G:
Cualquier otra no incluida en las demás categorías
Rentas de Primera Categoría: Arrendamiento y sub arrendamiento de predios.
Rentas de Segunda Categoría: Ingresos por regalías, dividendos, cesión de derechos, colocación de capitales y transferencias no habituales de bienes inmuebles que no sean casa habitación.
Rentas de Cuarta Categoría: Ingresos que el trabajador reciba por sus servicios, bajo la modalidad que sea un servicio no personal, es decir que no esté ligado directamente al empleador.
Rentas de Quinta Categoría: Ingresos que el trabajador reciba por sus servicios, bajo la modalidad que sea un servicio personal dependiente, es decir que esté ligado directamente al empleador (cumpla horarios, respete las normas y políticas, etc.)
PARTE H:
La derivada de la transferencia de bienes muebles o inmuebles distintos de predios. Que un contribuyente de tercera le transfiere a otro igual, a manera gratuita o a un precio inferior al de las costumbres de la plaza.
Bienes Muebles
SECCIÓN II:
DEDUCCIONES: GASTOS NECESARIOS (Art. 37)
Sección II : DEDUCCIONES: GASTOS NECESARIOS (Art. 37)
A de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por esta ley, en consecuencia son deducibles:
PARTE A:
Los intereses por deudas Gastos por Constitución Intereses por endeudamiento
PARTE B: TRIBUTOS QUE RECAEN SOBRE:
Los bienes de la empresa La actividad productora de renta
PARTE C: PRIMAS DE SEGURO QUE CUBRAN: ACCIDENTES DE TRABAJO:
Los bienes productores de renta De su personal
PARTE D: PERDIDAS EXTRAORDINARIAS: DELITOS: NO CUBIERTAS POR SEGUROS
Los Incendios Robos
PARTE E: GASTOS DE COBRANZA:
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