Reforma Laboral
miguel23059428 de Marzo de 2015
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Redacción Online
Luego de que el Congreso de la Unión, en sesión plenaria aprobara por mayoría el dictamen de reforma a la Ley Federal del Trabajo, que será remitido a la Cámara de Senadores para que en un plazo de 30 días se pronuncie respecto del dictamen y que en caso de aprobación, se envíe al Poder Ejecutivo para observaciones, publicación o en su defecto regresarla a la Cámara de Diputados para una nueva discusión. La firma legal internacional Baker & McKenzie se dio a la tarea de resumir los puntos más importantes contenidos en esta Reforma :
• Trabajo Digno y no discriminación
Se incorpora la figura de trabajo decente y define el mismo conforme a los tratados internacionales.
• Discriminación e interés social
Se incorpora el principio de diversidad y no discriminación.
Resulta de interés social el promover la sustentabilidad ambiental.
• Hostigamiento y acoso sexual
Define las conductas laborales de Hostigamiento y Acoso Sexual.
• Régimen de Subcontratación
Se regula la subcontratación estableciendo los límites y alcances de la misma así como las responsabilidades del prestador y del receptor de los servicios.
• Capacitación de Trabajo
Se establece la contratación por capacitación inicial y las reglas que deberán seguirse en el proceso de capacitación. Se amplían las facultades de la comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad.
• Reclutamiento de trabajadores Mexicanos y colocados por entidades privadas
Se establecen lineamientos que deben cumplir las empresas de colocación para trabajadores Mexicanos que presten servicios en el extranjero.
• Tipos de relaciones de trabajo
Se establecen seis tipos diferentes de relación de trabajo, por obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado, a prueba o por capacitación inicial.
• Periodo a Prueba
Se establece la posibilidad de una contratación inicial a prueba por 30 días, y su regulación. Los periodos de prueba y capacitación son improrrogables.
• Trabajo discontinuo
Se establece la posibilidad de contratar empleados por periodos de tiempo discontinuos, según las necesidades de la empresa.
• Rescisión de las relaciones de trabajo por causa imputable al trabajador
Se incorporan como causales de rescisión i) que el trabajador incurra en actos en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que sea en defensa propia, ii) que el trabajador cometa hostigamiento y/o acoso sexual en contra de cualquier persona en el lugar de trabajo.
• Procedimiento de entrega de aviso de rescisión
El patrón dará aviso en forma indistinta al trabajador o a la Junta en 5 días hábiles, se dará aviso de forma personal o por correo certificado.
• Salarios caídos
Se limitan los salarios caídos hasta un máximo de 12 meses de sueldo, más el pago de intereses del 2% mensual hasta por los 15 meses siguientes.
• Causas de rescisión sin responsabilidad para el trabajador
Se adicionan como causales de rescisión imputables al patrón: i) incurrir en hostigamiento y/o acoso sexual, ii) incurrir en conductas que menoscaben la dignidad del trabajador.
• Contingencias Sanitarias
Se regula la suspensión de la relación de trabajo en caso de contingencia sanitaria así como su aplicación a trabajos especiales.
• Actividades conexas
Los trabajadores podrán desempeñar labores, tareas conexas y complementarias como parte de sus funciones.
• Salario / Pago por hora / Pago por medios electrónicos
Se prevé el pago por unidad de tiempo (pago por hora), estableciéndose que para el cálculo del salario por hora deberá considerarse el pago mínimo de una jornada.
Se autoriza el pago por medios electrónicos.
• Descuentos en salario del trabajador
Se incorpora la obligación del patrón de dar aviso a la autoridad competente y a los acreedores alimentarios de la terminación de la relación del trabajo en el término de 5 días.
• Trabajo de mujeres
Queda prohibido a las mujeres en estado de gestación trabajar cuando el Gobierno declare una contingencia sanitaria.
• Obligaciones adicionales para el patrón tratándose de trabajos en minas
Se establecen nuevas obligaciones para el patrón en trabajos mineros.
• Registro de los Sindicatos
Continua la obligación de registro y se establece la "positiva ficta" en favor de los sindicatos que no reciban y/o omitan su registro.
• Contenido de los estatutos de los Sindicatos
Se establecen nuevos requisitos a los estatutos de los sindicatos.
• Suspensión colectiva de la relaciones de trabajo de una empresa
Se incorpora como excepción para el pago de indemnización, cuando derive de una contingencia sanitaria.
• Indemnización por muerte
La indemnización por muerte se incrementa a 5,000 días de salario. (Se debe tomar en cuenta que si el empleado fue registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, el pago es absorbido por dicho Instituto a través de la pensión correspondiente).
• Comisión Consultiva Nacional / Estatal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Se constituyen estas comisiones para coadyuvar en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.
• Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
Se incorpora el servicio profesional de carrera para juntas locales y federales.
• Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje
Se establecen nuevos conceptos de operación y funcionamiento.
• Derecho Procesal del Trabajo
Se incorporan y modifican reglas respecto de personalidad, medios de prueba y su desahogo, incidentes, caducidad, allanamiento, medidas de apremio, cargas probatoria, laudos, y en general el proceso individual en sus diferentes etapas, así como el proceso paraprocesal.
******* La Reforma Laboral 2012. *******
Antes incluso de conocer los resultados de las pasadas elecciones, se respiraba un extraño viento en el aire proclamado por la esperanza de que los nuevos resultados esperados fueran para erradicar los malos resultados que estaba obteniendo el gobierno del Psoe con José Luís Zapatero a la cabeza.
Era un aire extraño casi parecido (salvando las distancias) al respirado cuando Obama entró al poder en los EEUU. Se esperaba una especie de milagro.
Apenas llevan unos días en el poder y ya empiezan las medidas. Lo más curioso es que han empezado por medidas que el gobierno entrante dijo que no haría. Y es que una cosa es recaudar votos y otra es luego respetarlos. Aunque nadie debería asombrarse. La historia nos dice que los votos son para simples ensoñaciones.
El nuevo gobierno empieza fuerte, con una polémica nueva Reforma Laboral que para entenderla y no echarse de primeras las manos a la cabeza hay que visionarla y leerla. Luego ya nos echamos las manos a la cabeza, sí.
******* Maneras En Que Pueden Afectar Las Medidas. *******
--- Bajada De Sueldos. ---
Como estamos en tiempos de crisis, la Reforma sale de nuevo en apoyo de los empresarios y les da la oportunidad de que si las cosa no les van bien durante seis meses consecutivos y están originando pérdidas, pueden bajar los salarios de los trabajadores, hacer cambios en los horarios de trabajo o simplemente bajarte de categoría en tu puesto, es decir, fuera los galones. Evidentemente se supone que la empresa está sufriendo pérdidas. El miedo que puede dar esta cuestión es que los asesores y los contables de las empresas son muy diestros con el papel y el bolígrafo.
Por la otra parte, que yo sepa, nunca se le ha otorgado al trabajador la excelencia de poder beneficiarse si la empresa gana millones al año. Sí, la cesta navideña y la comida de empresa y esas cosas, pero no he escuchado nunca que el trabajador se beneficie de parte de las ganancias que él ayuda a lograr.
Aparte citar que para las Administraciones públicas se observa que el texto cita que si éstas causan pérdidas y su solvencia es inadecuada para poder seguir manteniendo los servicios administrativos se podrá proceder al despido colectivo.
Esto a mí me suena a una batalla campal y a gente saliendo por patas de todos los sitios y engrosando los números del paro.
Esto va unido a una supuesta limpieza y eliminación de cargos duplicados
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