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Registro De Agentes Dependientes, Independientes Y Corredores De Seguros En Honduras


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2014  •  2.628 Palabras (11 Páginas)  •  767 Visitas

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REGISTRO DE AGENTES DEPENDIENTES, AGENTES INDEPENDIENTES O CORREDORES DE SEGUROS Y SOCIEDADES DE CORRETAJE

I. REQUISITOS PARA CONSTITUIRSE COMO SOCIEDAD DE CORRETAJE

Requisitos para el Representante Legal:

1. Presentar solicitud de inscripción de acuerdo a la proforma que está publicada en la página Web de la CNBS, incluyendo las generales de la persona que presenta la solicitud; con el fin de localizarle en caso de que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros le quiera notificar un requerimiento. Además enlistadas las personas que trabajarán en la comercialización de seguros, con el código asignado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, una vez aprobada la solicitud.

2.Fotocopia de la Tarjeta de Identidad o carné de residente para hondureños o extranjeros respectivamente. El Representante Legal debe ser mayor de edad y estar en pleno goce de sus derechos civiles; cuando se trate de extranjeros deberán presentar el documento que acredite su permanencia legal en el país por más de tres (3) años consecutivos.

3. Dos (2) fotografías recientes a color tamaño carné.

4. Presentar certificación extendida por el Gerente General de una o más instituciones de seguros en las que se haga constar que dicho Representante tiene los conocimientos técnicos necesarios para actuar como intermediario de seguros. La Comisión se reserva el derecho de verificar la validez de las constancias. NO SE ACEPTAN CERTIFICACIONES, QUE NO SEAN FIRMADAS POR EL GERENTE GENERAL.

5. Constancia de los Juzgados de Letras Unificado de lo Penal de su domicilio, haciendo constar que su representante legal, no ha sido ni está siendo procesado por causa criminal alguna.

6. Hoja de vida actualizada respaldando lo detallado en la misma e indicando además, la experiencia en el ramo de seguros.

Requisitos para la Sociedad:

1. Dos (2) fotografías tamaño carné, por cada uno de los socios.

2. Fotocopia del Instrumento Público donde conste la constitución de la Sociedad de Corretaje de Seguros debidamente inscrita en el Registro Mercantil y en la Cámara de Comercio correspondiente, acompañando sus reformas y modificaciones cuando proceda, junto con el Poder General de Representación. La finalidad de la Sociedad deberá ser exclusiva para: La intermediación de seguros y fianzas; única y exclusivamente con Instituciones de Seguros Nacionales o Extranjeras legalmente autorizadas para operar en el país (no se aceptarán Escrituras, con frases que amplíen la finalidad, que vayan después del enunciado anterior) y el nombre de la sociedad deberá estar enmarcado en lo establecido en el Artículo 37 del Reglamento de Intermediación de Seguros y Fianzas. Antes de inscribir dicho Instrumento Público, presentarlo a la CNBS,

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con el fin de verificar además de lo expresado anteriormente, que el nombre no coincida con el de otra Sociedad de Corretaje, ya inscrita.

3. Registro Tributario Nacional (RTN).

4. Certificación extendida por el representante legal de la sociedad de contar con los libros contables y sociales que requiere la Ley sobre Normas de Contabilidad y Auditorias, publicado en el diario Oficial La Gaceta, mediante Decreto N°189-2004 el 16 de febrero de 2005 y sus reformas publicadas el 14 de febrero del 2008.

5. Listado de los accionistas y los miembros del Consejo de Administración de la sociedad acompañando la siguiente documentación: 1) Hoja de Vida respaldando lo detallado en la misma e indicando además, la experiencia en el ramo de seguros; 2) Fotocopia de la tarjeta de identidad o carné de residente para hondureños o extranjeros respectivamente. Los socios deberán ser mayores de edad y estar en pleno goce de sus derechos civiles; cuando se trate de extranjeros deberán presentar el documento que acredite su permanencia legal en el país por más de tres (3) años consecutivos; 3) Declaración Jurada indicando conocimiento y la decisión de someterse a la legislación y regulación aplicable a la actividad aseguradora; 4) Constancia de los Juzgados de Letras Unificado de lo Penal de su domicilio, haciendo constar que no ha sido ni está siendo procesado por causa criminal alguna; 5) Detalle de la (s) sociedad (es) donde tenga participación, acción o gestión del accionista o miembro indicando el porcentaje de participación en el capital de la (s) misma (s), así como el puesto o cargo que desempeña, o ambos, en su caso.

6. Declaración Jurada del Representante Legal de la Sociedad de Corretaje que los empleados de su representada cuenta con los conocimientos necesarios para el ejercicio de la intermediación.

7. Si los trámites son por primera vez, la solicitante deberá presentar declaración jurada por medio de su Representante Legal de no tener juicios pendientes por asuntos relacionados con el ejercicio de la Intermediación de Seguros, así como de no estar comprendido en las inhabilidades que señala el Artículo 97 de La Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros; de acuerdo al anexo No. 2 que forma parte del Reglamento de Intermediación de Seguros y Fianzas.

8. Presentación de la garantía a nombre de la Sociedad de Corretaje según lo establece el Articulo 103 de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros, la que podrá constituirse mediante seguro o fianza y estará destinada prioritariamente a garantizar el pago de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la función de mediación y al pago de las sanciones económicas a que se hagan acreedores. El monto inicial del seguro o fianza para las Sociedades de Corretaje es de L250,000.00.

Previo a optar a someterse al examen aplicado el último viernes de cada mes; el aspirante, deberá haber presentado la documentación completa, con tres (3) semanas de anticipación a la fecha del mismo. Cada aspirante tendrá 3 oportunidades por ramo; para someterse a examen; no obstante, en caso de reprobar; tendrá que esperar 3 meses para volver a someterse al mismo; una vez agotadas estas 3 oportunidades por cada ramo, deberá

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esperar 1 año para presentar nuevamente la documentación, debidamente actualizada.

II. DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS

1. Una vez presentada y recibida de conformidad (Completa en forma y tiempo) la documentación que ampara la solicitud, la Comisión a través

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