Sistema Financiero Mexicano
elmagdiel935 de Marzo de 2015
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.- SISTEMA FINANCIERO MEXICANO.
El sistema financiero mexicano es el conjunto de personas y organizaciones, tanto públicas como privadas, por medio de las cuales se captan, administran, regulan y dirigen los recursos financieros que se negocian entre los diversos agentes económicos, dentro del marco de la legislación correspondiente.
El sistema financiero desempeña un papel central en el funcionamiento y desarrollo de la economía. Está integrado principalmente por diferentes intermediarios y mercados financieros, a través de los cuales una variedad de instrumentos movilizan el ahorro hacia sus usos más productivos. Los bancos son quizá los intermediarios financieros más conocidos, puesto que ofrecen directamente sus servicios al público y forman parte medular del sistema de pagos. Sin embargo, en el sistema financiero participan muchos otros intermediarios y organizaciones que ofrecen servicios de gran utilidad para la sociedad.
Un sistema financiero estable, eficiente, competitivo e innovador contribuye a elevar el crecimiento económico sostenido y el bienestar de la población. Para lograr dichos objetivos, es indispensable contar con un marco institucional sólido y una regulación y supervisión financieras que salvaguarden la integridad del mismo sistema y protejan los intereses del público. Por lo anterior, el Banco de México tiene como una de sus finalidades promover el sano desarrollo del sistema financiero.
5.1.- FUNDAMENTOS LEGALES.
Artículo 28 Constitucional:
El banco central, en los términos que establezcan las leyes y con la intervención que corresponda a las autoridades competentes, regulará los cambios, así como la intermediación y los servicios financieros, contando con las atribuciones de autoridad necesarias para llevar a cabo dicha regulación y proveer a su observancia.
Finalidades del Banco de México (Artículo 2, Ley del Banco de México):
El Banco de México tendrá como finalidad proveer a la economía del país de moneda nacional. En la consecución de esta finalidad tendrá como objetivo prioritario procurar la estabilidad del poder adquisitivo de dicha moneda.
Serán también finalidades del Banco promover el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.
Funciones del Banco de México (Artículo 3, Ley del Banco de México): I. Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos;
II. Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante de última instancia
III. Prestar servicios de tesorería al Gobierno
Federal y actuar como agente financiero del mismo;
IV. Fungir como asesor del Gobierno Federal en materia económica y, particularmente, financiera;
Regulación emitida por Banco de México
(Artículo 24, Ley del Banco de México): El Banco de México podrá expedir disposiciones sólo cuando tengan por propósito la regulación monetaria o cambiaria, el sano desarrollo del sistema financiero, el buen funcionamiento del sistema de pagos, o bien, la protección de los intereses del público.
Otras leyes:
Ley de Instituciones de Crédito
Ley para Regular a las Agrupaciones Financieras
Ley del Mercado de Valores
Ley de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
Ley de Sistemas de Pagos
Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia
Sistema Financiero Mexicano Concepto Fundamento legal
Objeto social o facultades
Sociedades Controladoras
Regla Segunda RGCFGF
Art. 6°., LRAF Art. 16°., LRAF
Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros
Concepto
Regla segunda.- Para efectos de estas reglas, se entenderá por:
V.- Controladora, a la sociedad que de conformidad con el Título Tercero de la
Ley, se constituya para la adquisición y administración de las acciones de las
Entidades Financieras y de las Empresas;
Fundamento legal
Artículo 6o.- Se requerirá autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la constitución y funcionamiento de grupos financieros. Estas autorizaciones serán otorgadas o denegadas discrecionalmente por dicha
Secretaría, oyendo la opinión del Banco de México y, según corresponda, en virtud de los integrantes del grupo que pretenda constituirse, de las Comisiones
Nacionales Bancaria y de Valores y de Seguros y Fianzas.
Por su naturaleza, dichas autorizaciones serán intransmisibles.
Objeto social
Artículo 16.- La sociedad controladora tendrá por objeto adquirir y administrar acciones emitidas por los integrantes del grupo. En ningún caso la controladora podrá celebrar operaciones que sean propias de las entidades financieras integrantes del grupo.
5.2.- ESTRUCTURA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO.
a) Organismos reguladores y supervisores:
Son instituciones públicas que reglamentan y supervisan las operaciones y las actividades financieras que se llevan a cabo en nuestro país y por otro lado, definen y ponen en práctica las políticas monetarias y financieras fijadas por el gobierno.
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
• Banco de México (BANXICO)
• Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)
• Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF)
• Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)
• Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)
• Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB)
b) Organismos operativos:
Son las instituciones que realizan las operaciones y las actividades financieras.
Instituciones de crédito
• Banca múltiple
• Banca de desarrollo
• Sociedades financieras de objeto limitado (SOFOLES)
Organizaciones y actividades auxiliares de crédito
• Almacenes generales de depósito
• Arrendadoras financieras
• Empresas de factoraje financiero
• Uniones de crédito
• Sociedades de ahorro y préstamo (SAPs)
• Casas de cambio
Organizaciones Bursátiles
• Bolsa mexicana de valores (BMV)
• Casas de bolsa
• Sociedades operadoras de sociedades de inversión
• Sociedades de inversión
• Instituto para el Depósito de Valores (INDEVAL)
• Registro nacional de valores e intermediarios (RNVI)
• Calificadoras de Valores
• Asociación mexicana de intermediarios bursátiles
• Academia mexicana de derecho financiero
• Fondo de apoyo al mercado de valores
• Mercado mexicano de derivados (MEXDER)
• Asigna, compensación y liquidación
Instituciones de Seguros y Fianzas
• Aseguradoras
• Afianzadoras
Instituciones del Sistema de Ahorro para el Retiro
• Administradoras de fondos para el retiro (AFORES)
• Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro (SIEFORES)
Otros organismos
• Entidades de ahorro y crédito popular
• Sociedades de información crediticia
• Controladoras de grupos financieros
5.3.- AUTORIDADES FINANCIERAS.
Las autoridades del sistema financiero en México son la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Banco de México (BANXICO), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
La SHCP es responsable de planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario de nuestro país. El Banco de México, por su parte, tiene la finalidad de promover el sano desarrollo del sistema financiero. El IPAB es responsable de garantizar los depósitos que los ahorradores hayan realizado en los bancos y otorgar apoyos financieros a los bancos que tengan problemas de solvencia. Por su parte, las comisiones del sistema financiero, es decir, la CNBV, la Consar y la CNSF, están encargadas de vigilar y regular a las instituciones que conforman el sistema financiero en el ámbito de sus respectivas competencias. La Consar se encarga de vigilar y regular a las empresas administradoras de fondos para el retiro y la CNSF vigila y regula a las instituciones de seguros y de fianzas. Por su parte, la Condusef se encarga, entre otras funciones, de resolver las controversias que surjan entre las personas usuarias de los servicios financieros y las empresas que ofrecen estos servicios.
5.4.- INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ORGANISMOS AUXILIARES.
1. Encargadas
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