TESIS AUDITORIA
Fresia Pinochet CepedaTesis24 de Noviembre de 2020
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ÁREA DE ADMINISTRACION Y NEGOCIOS
CARRERA CONTADOR AUDITOR
SEMINARIO PARA OPTAR AL TÍTULO DE:
CONTADOR AUDITOR
MODERNIZACIÓN TRIBUTARIA
REGIMEN 14 A
Y
SUSPENCIÓN PAGO PPM.
SEMINARISTAS
Rodrigo Vásquez Borgheresi.
Yolanda Conejeros Medel.
Fresia Pinochet Cepeda.
Valeria Aracena Espinoza
DOCENTE GUÍA
Alberto Osorio Salazar
SANTIAGO - CHILE
2 0 2 0
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ÁREA DE ADMINISTRACION Y NEGOCIOS
CARRERA CONTADOR AUDITOR
SEMINARIO PARA OPTAR AL TÍTULO DE:
CONTADOR AUDITOR
MODERNIZACIÓN TRIBUTARIA
REGIMEN 14 A
Y
SUSPENCIÓN PAGO PPM.
SEMINARISTAS
Rodrigo Vásquez Borgheresi.
Yolanda Conejeros Medel.
Fresia Pinochet Cepeda.
Valeria Aracena Espinoza.
DOCENTE GUÍA
Alberto Osorio Salazar
SANTIAGO - CHILE
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DEDICATORIA.
El presente Seminario de título está dedicado con amor a nuestros padres; dicen que “no hay mejor herencia de los padres que los estudios”, sabemos lo orgullosos que están de lo que hemos logrado, nuestro anhelado título profesional. Debemos reconocer que el haberlo conseguido, no es nada más que el reflejo de sus enseñanzas de esfuerzo y perseverancia.
No podemos dejar fuera a nuestros hijos, esposo, hermanos, ya que fueron nuestro impulso y motor para continuar día a día a pesar de todos los obstáculos y adversidades.
En fin, dedicado a todos aquellos que fueron parte de esta larga, pero bella experiencia de ser estudiantes. Esperamos que en este nuevo camino nos sigan acompañando, para compartir nuestros futuros triunfos junto a ustedes.
AGRADECIMIENTOS.
Primeramente, agradecemos a Dios por darnos vida, salud y la sabiduría para realizar el presente Seminario de Título.
Agradecemos además a todas las personas que nos han guiado en ese camino, tanto estudiantil como en la realización de este trabajo. En especial a nuestro profesor guía Alberto Osorio Salazar quién no sólo ahora, sino que siempre nos ha instruido para que seamos los mejores Auditores. También a todos los docentes que han sido partícipes de este proceso, por ser pilares fundamentales para el desarrollo de nosotros como profesionales y personas.
A la institución por entregarnos las herramientas para llegar a esta instancia.
Por último, agradecemos a nuestras familias por darnos siempre el apoyo emocional. A nuestros compañeros de los cuales nos hicimos amigos, entregándonos apoyo y ayuda en momentos difíciles.
Les agradecemos enormemente porque cada uno de ustedes ha hecho posible que hoy podamos optar a ser Contadores Auditores
INDICEi
do
DEDICATORIA. 4
AGRADECIMIENTOS. 5
INTRODUCCIÓN. 8
CAPITULO I 9
REGIMENes tributarios. 9
Régimen general semi integrado 14 A 9
Beneficios 9
Exigencias 10
Régimen Pro Pyme General 14D N°3 10
Beneficios 10
Exigencias 11
Régimen Pro Pyme Transparente 14D N°8 12
Beneficios 12
Exigencias 13
Marco general de referencia para entender a qué régimen deberán ingresar cada tipo de contribuyentes. 14
regimen 14 a 14
Información y características generales: 14
Traspaso de régimen de renta atribuida 14A al régimen semi integrado general 14 A 16
Beneficio artículo 14 letra E. 17
Monto de impuesto 17
Impuesto sustitutivo del FUT 18
Bases legales, circulares y resoluciones 19
La Ley 19
La Circular 19
Historia de aplicación y recaudación fiscal de is fut 20
Condiciones de aplicación 21
¿Quiénes lo aplican? 21
¿Cuándo se aplica? 21
¿Cómo se aplica? 21
Cálculo y determinación 22
Diferencias entre el régimen 14B antiguo y el 14 A actual. 25
capitulo ii. 26
suspención del pago de ppm. 26
¿Qué son los PPM? 26
Cálculo 26
Beneficio 27
Medidas Tributarias para Apoyar a las Personas y a las Pymes 28
Bibliografía 30
INTRODUCCIÓN.
A partir del 01 de enero de 2020 entran en vigencia los nuevos regímenes tributarios que se han establecido en la Ley de Modernización tributaria N°21.210, la cual deroga los regímenes que habían estado vigentes hasta la fecha y que se amparaban en la Ley N°20.780 de 2014 y N°20.899 de 2016; lo anterior sin prejuicio de que otras modificaciones entran en vigencia el primer día hábil del mes siguiente a la publicación de la Ley, es decir, el día primero de marzo de 2020.
Dentro de las modificaciones más relevantes se encuentran las contenidas en el artículo 14 letra A, la cual establece tres nuevos regímenes tributarios denominados Pro Pyme General, Pro Pyme Transparente y Régimen General; manteniendo los de Renta Presunta y de Contribuyentes no afectos al Artículo 14 de la LIR.
Adicionalmente, fue introducido un impuesto único por retiros desproporcionados el que establece una tasa impositiva del 40% sobre el monto del pago considerado desproporcionado en aquellas sociedades con socios relacionados que no sean proporcionales a la participación en el capital y no tenga una razonabilidad económica o comercial. Por otro lado, se ha establecido la posibilidad de acogerse a un impuesto sustitutivo con una tasa única del 30% sobre los saldos acumulados en el fondo de utilidades tributables hasta el 31 de diciembre de 2016, con derecho a crédito. En el mismo orden, se incorporaron nuevos derechos del contribuyente, se creó un recurso jerárquico para objetar lo resuelto en reposiciones administrativas estableciendo así modificaciones en los procedimientos judiciales.
Ahora bien, una vez hecho mención a los cambios más importantes incluidos en la modernización tributaria, nos avocaremos a dar una revisión más exhaustiva a los cambios que involucran al régimen de renta atribuida parcialmente integrada.
CAPITULO I
REGIMENes tributarios.
Es necesario presentar los 3 nuevos regímenes tributarios más allá del enfoque principal de este informe. La Ley de modernización tributaria señala 3 nuevos regímenes y establece requisitos para ingresar a ellos ya que el pertenecer a algunos específicos acarrea la posibilidad de beneficios tributarios que van enfocados a cierto grupo de sujetos sensibles de impuestos en el territorio nacional. La información necesaria será presentada a continuación:
Régimen general semi integrado 14 A
Este grupo tributario va dirigido a los contribuyentes que según las definiciones ingresos y capital no son clasificados como Pymes (capital o ingresos anuales mayores a 75.000UF). Sin perjuicio de esto, todos los contribuyentes pueden optar por pertenecer a este grupo tributario.
Beneficios
- El estar inserto en el régimen parcialmente integrado trae consigo una serie de beneficios tributarios entre los que se encuentran:
- Opción de ocupar el beneficio tributario pro reinversión descrito en el artículo 14 letra E, el cual rebaja la base imponible del impuesto de primera categoría en 50% (la RLI) con un tope de 5.000UF
- Liberación de llevar registros cuando no generen o perciban rentas que deban controlarse en el registro REX.
- La situación tributaria de los retiros, remesas o distribuciones se determina al término del ejercicio.
- La entidad tiene la posibilidad de adelantar el crédito por el impuesto de primera categoría a sus propietarios.
Exigencias
- Obligación de llevar contabilidad completa.
- La forma de determinar la base imponible es en base a las reglas generales contenidas en los artículos 29 al 33 de la LIR.
- Los propietarios podrán usar el 65% del crédito por impuesto de primera categoría.
- Tasa impositiva del 27%.
- La tasa del PPM se debe recalcular cada año.
- Obligación de llevar RRE. Posibilidad de reducir esto solo a controlar el SAC cuando no se mantienen rentas que dejan ser controladas en el registro REX.
Régimen ProPyme General 14D N°3
Este régimen tributario va en pos de que los micros, pequeñas y medianas empresas se instauren en él. Su cálculo de base imponible se realiza en base a lo realmente pagado y lo realmente percibido. Sus propietarios tributarán en base a los retiros, remesas o distribuciones efectivas que haga la entidad.
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