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VISITA DE VERIFICACIÓN Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN

MARINA CASTILLO PADILLAApuntes31 de Enero de 2022

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UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO.

M19 - PRÁCTICA FORENSE ADMINISTRATIVA Y FISCAL.

S1. ACTIVIDAD 1. VISITA DE VERIFICACIÓN Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN.

AUTOR: MARINA CASTILLO PADILLA.

MATRICULA: ES1821003863

CARRERA: LICENCIATURA EN DERECHO.

DE-DEPFAF-2102-M19-001

PROF. M. en D. Gustavo Aguirre Ponciano

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INDICE

INTRODUCCION.        1

1. S1. Actividad 1. Visita de verificación y el procedimiento administrativo de ejecución.        2

1.1 DESARROLLO.        3

2. S1. Actividad 2. Procedimiento de responsabilidad administrativa ante faltas graves y no graves.        5

2.1 DESARROLLO        6

3. S1. Actividad integradora. Implementación de los procedimientos administrativos.        9

3.1. DESARROLLO.        10

4. CONCLUSION.        12

5. FUENTES DE CONSULTA.        13

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INTRODUCCION.

La Practica Forense de Derecho Fiscal, es la disciplina que tiene por objeto la aplicación del Derecho Fiscal ante los tribunales y ante las autoridades fiscales en los diversos procesos y procedimientos administrativos.[1]

Sabemos que los procedimientos administrativos en nuestro sistema, son implementados por la autoridad competente ante las afectaciones económicas y jurídicas.

Los Procedimientos Administrativos en nuestro sistema, están implementados por las autoridades correspondientes, esto ante las afectaciones jurídicas y económicas la cuales se presentan en la comisión de faltas graves y no graves.

La visita de verificación (procedimiento administrativo es el que cumple con las funciones de vigilancia y de la comprobación de las normas jurídicas).

Sobre el procedimiento administrativo de la ejecución veremos que un crédito fiscal se actualiza plenamente cuando está a cargo de un particular el cual se puede exigir si no ha sido pagado o garantizado por un sujeto pasivo, luego se hará un análisis de este procedimiento en donde las autoridades del Nuevo Sistema Nacional Anticorrupción investiga, e interpone las sanciones correspondientes, esto ante la comisión de hechos de corrupción.

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1. S1. Actividad 1. Visita de verificación y el procedimiento administrativo de ejecución.

A través del procedimiento administrativo, las autoridades realizan una serie de actos jurídicos necesarios para determinar, resolver y, en un todo, afectar la esfera jurídica de los particulares en su carácter de administrados.

En este primer momento de la sesión, identificarás el procedimiento a seguir para llevar a cabo la visita de verificación y el procedimiento administrativo de ejecución. Con este propósito, realiza la siguiente actividad.

Lee hasta “Procedimiento administrativo de ejecución” del texto de apoyo.

Consulta la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Fiscal Federal entorno al desarrollo de cada procedimiento.

Identifica las fases de estos procedimientos y su fundamentación jurídica.

En un documento de texto, completa el siguiente cuadro para cada procedimiento administrativo:

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1.1 DESARROLLO.

CUADRO DE VERIFICACIÓN Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN

1.- La Visita de Verificación.

Fase del Procedimiento

Fundamentación

Facultades de la Autoridad

Emisión de la orden de visita de verificación

Artículo 63 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativos

Los verificadores realizan sus visitas, estos deberán de tener una orden escrita con la firma, expedida por la autoridad correspondiente, esta deberá contener lugar de la visita para la verificación, la cual debe contener el objeto de la visita y las disposiciones legales que fundamentan dicho proceso.

Ejecución de la visita de verificación

Artículos 62 y 65 de la Ley de Procedimientos Administrativos

Cuando la verificación se realiza por la persona asignada este deberá llevar una identificación con fotografía vigente y esta deberá ser expedida por la autoridad competente y deberá de acreditar la función que desempeña.

Clasificación de actas.

Artículo 66 de la Ley de Procedimientos Administrativos

En cada  visita efectuada por el verificador, se deberá levantarse un acta circunstancia, esta será en presencia de dos testigos propuestos por l persona a la que se le está realizando la diligencia.

2.- Procedimiento Administrativo de Ejecución.

Mandamiento de la ejecución

Artículos 145 y 152 del Código Fiscal de la Federación

Se emite un escrito por parte de la Autoridad fiscal, bajo los fundamentos y motivos que se ordenan para proceder a solicitarle al contribuyente o deudor el pago obligatorio de las contribuciones que no han sido cubiertas en tiempo y forma.

Requerimiento de Pago

Artículos 145 y 151 del Código Fiscal de la Federación.

La autoridad Fiscal designa un ejecutor el cual llevara a cabo la diligencia y el cobro en el domicilio del deudor, se le deberá de notificar y se hará entrega del mandamiento de ejecución, y si el contribuyente ya cubrió dicho adeudo se suspenderá toda acción y si no de lo contrario se procederá con el embargo de los bienes que deberán cubrirlo.

Embargo

Artículos 151 y 152 del Código Fiscal de la Federación

Si el contribuyente no demuestra el pago de su crédito fiscal el ejecutor procederá a decomisar los bienes que liquiden dicho a deudo esto a través de su aseguramiento, posterior mente serán rematados o adjudicados a favor de la autoridad correspondiente ( art. 151 CFF)

Remate

Artículos 173, 174,176 y 177 del Código Fiscal de la Federación.

Es un acto público derivado de una subasta, estos se realizan como subastas. Esté procedimiento se realiza para tener los ingresos necesarios para cubrir el crédito fiscal.

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2. S1. Actividad 2. Procedimiento de responsabilidad administrativa ante faltas graves y no graves.

La Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LGRA) establece un catálogo de conductas que todos los sujetos destinatarios tienen prohibidas al considerarse hechos de corrupción. Éstas se encuentran divididas en faltas graves y no graves de las cuales, las primeras se prevén en los artículos 52 al 64 de la ley citada, mientras las segundas se indican en los artículos 49 y 50 del mismo cuerpo normativo.

A cada tipo de falta le corresponde un procedimiento en particular a seguir, con el propósito de identificarlo, realiza la siguiente actividad.

Concluye la lectura del texto de apoyo.

Consulta la LGRA entorno al procedimiento a seguir ante las faltas graves y no graves.

En el mismo documento de texto de la actividad anterior, enumera las fases de cada procedimiento administrativo, señalando su fundamentación jurídica

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2.1 DESARROLLO.

La Ley Federal del Procedimiento Administrativo (LGRA), es la que establece un catálogo de conductas en la que los sujetos destinatarios tienen prohibidas al considerarse hechos de corrupción. En esta ley se encuentran Faltas Graves y No Graves de las cuales, las Faltas Graves se analizan desde los Artículos 52 al 64 y las No Graves en los Artículos 49 y 50 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

        FASES DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA.

Fases del Procedimiento

Fundamentación

Descripción

Investigación

Artículos 91 y 93 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La investigación se puede realizar de Oficio, por Denuncia o puede ser Derivado de un informe de una auditoria, motivadas por la probable responsabilidad administrativa.

Substanciacion

Artículos 112 y 113 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Es la admisión del informe de la presunta responsabilidad administrativa la cual se interrumpe con la prescripción  y se inicia con la responsabilidad administrativa.

Resolución

Conforme al artículo 209 de la Ley General de la Responsabilidad Administrativa en caso de que sea Grave.

Del artículo 208 de la Ley General de la Responsabilidad Administrativa si No es Grave.

Las Autoridades Resolutorias son las encargadas de resolver la existencia o inexistencia de las faltas administrativas y las responsables de emitir la sanción correspondiente.

Ejecución de la Sanción

Conforme a los artículos 78 al 80 si son Graves y conforme a los artículos 75 al 77 si No son Graves

Son impuestos después de determinar si son Graves o No

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