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Zonas Económicas Especiales en México

Jean DubEnsayo23 de Julio de 2017

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Zonas Económicas Especiales en México

En las Zonas Económicas Especiales se podrán realizar entre otras actividades, la de manufactura, agroindustria, procesamiento, transformación, almacenamiento de materias primas e insumos; innovación y desarrollo científico y tecnológico; la prestación de servicios de soporte a dichas actividades como servicios logísticos, financieros, informáticos, profesionales, técnicos y de otra índole que se consideren necesarios, así como la introducción de mercancías para tales efectos, y tienen enunciativamente su origen en México, en el discurso del Titular del Ejecutivo Federal el 27 de noviembre de 2014, donde aseguro que el desarrollo del Sur de México no podía seguir esperando y que se crearan polos de desarrollo industrial mediante un marco regulatorio e incentivos especiales para atraer empresas en tres Zonas Económicas Especiales (ZEE) (a los cuales se han agregado 3 Zonas Económicas Especiales más a febrero de 2017 (Hernández M. , 2017)), que tendrán infraestructura moderna; financiamiento preferencial de la Banca de Desarrollo; facilidades adicionales de comercio exterior y descuentos en los impuestos y contribuciones al IMSS y al Infonavit, , con énfasis en el:

  1. Corredor Industrial Inter-Oceánico, que conectará el Pacífico con el Golfo de México, a lo largo del Istmo de Tehuantepec.
  2. Puerto Chiapas o Madero.
  3. Y Puerto Lázaro Cárdenas, en los municipios colindantes de Michoacán y Guerrero.
  4. Corredor energético Tabasco-Campeche.
  5. Puerto de Progreso como Zona de nicho en Yucatán (posible primera ZEE)
  6. Zona de nicho en Puebla para proveeduría de segundo y tercer nivel de los sectores automotriz y aeroespacial, sustituyendo importaciones por cadenas de valor.

El 29 de septiembre de 2015, el Ejecutivo Federal presenta la iniciativa de Ley a la Cámara de Diputados, que es aprobada el 14 de diciembre de 2015 en dicha Cámara y el 14 de abril de 2016 en la Cámara de Senadores y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2016, como “Ley Federal de Zonas Económicas Especiales.” El 30 de junio de 2016 se publica el “Reglamento de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales” y el Decreto que crea la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, cuyo titular, el empresario y Licenciado en Economía: Gerardo Gutiérrez Candiani, es nombrado el 8 de julio de 2016 en una ceremonia privada. Asimismo el 30 de noviembre de 2016 se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017 en el que se aprueban recursos para la Secretaría de Agricultura Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) en el “Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria”, un rubro de “Desarrollo Productivo del Sur Sureste y Zonas Económicas Especiales” por 220 millones de pesos (el proyecto consideraba 957 millones de pesos).

Las Zonas Económicas Especiales se desarrollaran entre las diez entidades federativas con mayor incidencia de pobreza extrema, de acuerdo con la información oficial del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, de conformidad con el artículo 6 de la Ley, las cuales al 31 de diciembre de 2016 son: Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Veracruz, Puebla, Michoacán, Hidalgo, Campeche, Tabasco y Yucatán como se puede ver en el siguiente cuadro:

Entidad Federativa

Población Total 2010

Población de 24 años con estudios superiores 2010

Población en pobreza (CONEVAL) 2014

Porcentaje de la población en pobreza

Población en pobreza extrema(CONEVAL) 2014

Porcentaje de la población en pobreza extrema

Total Nacional

112,336,538

10,586,814

55,341,600

46.2 %

11,442,300

9.5%

Campeche

822,441

82,354

391,000

43.6%

99,200

11.1%

Chiapas

4,796,580

239,023

3,961,000

76.2%

1,654,400

31.8%

Guerrero

3,388,768

214,314

2,315,400

65.2%

868,100

24.5%

Hidalgo

2,665,018

185,201

1,547,800

54.3%

350,500

12.3%

Michoacán de Ocampo

4,351,037

282,413

2,708,600

59.2%

641,900

14%

Oaxaca

3,801,962

208,469

2,662,700

66.8%

1,130,300

28.3%

Puebla

5,779,829

450,099

3,958,800

64.5%

991,300

16.2%

Tabasco

2,238,603

191,916

1,169,800

49.6%

260,300

11.0%

Veracruz de Ignacio de la Llave

7,643,194

610,339

4,634,200

58.0%

1,370,500

17.2%

Yucatán

1,955,577

173,757

957,900

45.9%

223,200

10.7%

Se ubicaran en uno o más municipios cuya población conjunta sea entre 50 mil y y500 mil habitantes, previendo la instalación de sectores productivos de acuerdo con las ventajas comparativas y vocación productiva presente o potencial de la zona, con una ubicación estratégica para el desarrollo de la actividad productiva, debido a la facilidad de integración de carreteras, aeropuertos, ferrocarriles, puertos o corredores interoceánicos y potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales o internacionales y dichas zonas podrán ser unitaria (un solo conjunto industrial) o por secciones (varios conjuntos industriales) en donde cada conjunto industrial será desarrollado por un Administrador Integral (persona moral o entidad paraestatal), y se emitirá la declaratoria de la zona a través de un Decreto del Ejecutivo Federal, previo dictamen aprobado por la Comisión Intersecretarial que se crea y suscribiendo el Convenio de coordinación con las entidades federativas y municipios correspondientes que deberá contar previamente con la autorización del Poder Legislativo local y los Ayuntamientos respectivos. Se elaboraran Programas de Desarrollo que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social evaluara periódicamente y formulará las recomendaciones pertinentes.

El Administrador Integral podrá ser una entidad paraestatal o una persona moral en su carácter de sociedad mercantil constituida conforme a la legislación mexicana, a la cual se le otorgara un permiso hasta por un plazo de 40 años, los cuales podrán ser prorrogados hasta por otro periodo igual al señalado originalmente. En el caso de que sea una entidad paraestatal, será una asignación y no tendrán término de vigencia y podrán terminar cuando así lo estime la Secretaría.

El Administrador Integral recibe el permiso (sociedad mercantil nacional) o la asignación (entidad paraestatal), para la construcción, desarrollo, administración y mantenimiento, incluyendo los Servicios Asociados (sistemas de urbanización, electricidad, agua potable, drenaje, tratamiento de aguas residuales, saneamiento, telecomunicaciones y seguridad, así como los demás que presten a los Inversionistas en la Zona) o, en su caso la tramitación de estos ante las instancias correspondientes de un sólo conjunto industrial de la Zona Económica Especial

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