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Órganos De Administración De Las Sociedades Mercantiles


Enviado por   •  16 de Febrero de 2015  •  1.078 Palabras (5 Páginas)  •  415 Visitas

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Otorgamiento de Poderes

vamos a ocuparnos ahora de lo que genéricamente en la práctica puede llamarse el otorgamiento de los poderes o las sociedades anónimas.

Iniciando, hay que decir que poder, mandato y representación no son términos sinónimos y que tampoco lo son representación y administración.

La Ley General de Sociedades Mercantiles en su Artículo 10 en su primer párrafo dice:

“La representación de toda sociedad mercantil corresponderá a su administrador o administradores, quienes podrán realizar todas las operaciones inherentes al objeto de la sociedad, salvo lo que expresamente establezcan la ley y el contrato social”.

Pareciera ser, que representación y administración no es lo mismo. Representar significa sustituir la voluntad del representado o del representante, o bien la realización por parte del representante de actos y negocios jurídicos que inciden en el patrimonio del representante.

La representación que es la puesta en juego de la facultad de representar lo que es la parte activa de lo que se le ha otorgado, requiere dos elementos para configurarse.

Que uno actúe por otro y que lo que actúa uno por otro, incida en el patrimonio no del que actúa, sino del otro.

Cuando un representante compra en representación de su representado una casa, esa casa va inmediatamente al patrimonio del representado, no pasa por el patrimonio del representante y este aspecto de la representación, de que lo actuado incida en el patrimonio del representante, constituye un elemento de esencia de la representación.

¿Qué presupuestos debe de tener la representación?

Que haya un representante y un representado, dos personas. Que haya una posibilidad del representante de actuar por el representado por un facultamiento que ha otorgado el representado o por un facultamiento que otorga la Ley.

Alguien habla de que la representación directa verdadera es la propia representación tiene que presentar al tercero que contrata y del representante, quién es el dueño del negocio.

De otro modo se logrará la representación indirecta, tema que se debe en lo que se está tratando.

La representación, según lo comentado hace unos instantes, de que el facultamiento deriva de la voluntad de alguien o bien de la ley que sustituye a la voluntad de ese alguien, que puede clasificarse en representación voluntaria y representación legal como una clasificación primaria.

¿Cuál es la Representación Voluntaria?

La del poder, la del mandato, es aquella que se origina en la voluntad del representado, el mandate, le da al mandatario, le inviste en la facultad de representar, el poderdante inviste al apoderado en la facultad de representarlo, porque quiere y porque puede.

Es importante no solo que el representante haya recibido del representado, la facultad de representar por la voluntad del representado, sino, que el representado este legalmente legitimado para expresar esa voluntad.

Otra característica de la representación voluntaria es que en ella puede existir en la realización de la representaciónuna colaboración entre representante y representado, por ejemplo: un hombre muy importante, por hablar de una persona física, no tiene tiempo de estar suscribiendo todos los contratos que debe suscribir. Por lo que envía a su representante para que otorgue por él para que le acompañe

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