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Contrato ocasional


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2013  •  Tesis  •  950 Palabras (4 Páginas)  •  271 Visitas

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Contrato ocasional

Este contrato tiene por finalidad “atender necesidades transitorias distintas a la actividad habitual del centro de trabajo”, en este supuesto el carácter limitado en el tiempo de la relación viene determinado por la naturaleza de los labores a desarrollar y no por circunstancias derivadas de la coyuntura por la que atraviesa el ciclo. El personal que se requiere no es para atender las actividades que ordinariamente desarrolla la empresa, sino para atender tareas distintas.

Contrato suplencia

Se trata de la necesidad de contratar personal eventual de reemplazo para suplir la ausencia transitoria de otros trabajadores de la empresa cuya relación se encuentra suspendida por alguna causa permitida por ley. Con esta modalidad contractual el Art. 60 LPCL.- El contrato accidental-ocasional es aquel celebrado entre un empleador y un empleador podrá hace frente a los desajustes que pueda producir la ausencia del trabajador para atender necesidades transitorias distintas a la actividad habitual del centro trabajador habitual del mismo modo el trabajador tiene garantizado el derecho de trabajo. Su duración máxima es de 6 meses al año reincorporarse a su puesto de trabajo una vez concluida la suspensión, sea perfecta o imperfecta. La duración de este contrato no tiene plazo fijo, sino que más bien está sujeta a la condición que el trabajador titular del puesto de trabajo esté en condiciones de retomar su puesto. Art. 61° LPCP.- el contrato occidental de suplencia es aquel celebrado entre el empleador y un trabajador con el objeto que este sustituya a un trabajador estable de la empresa

Contrato de emergencia

Vínculo laboral se encuentre suspendido por alguna causa justificada, prevista en la Normalmente el caso fortuito y la fuerza mayor generan una situación negativa en la legislación vigente, o por efecto de disposición convencionales aplicables en el centro de empresa, que suelen llevar a la empresa a reducir o por lo menos suspender contratos trabajo. Su duración será la que resulte necesaria según las circunstancias de trabajo. Sin embargo para dar cierto sentido a la ley tendríamos que inferir que el caso fortuito o la fuerza mayor den lugar a una situación de emergencia empresarial que solo pueda ser afrontada a través de la contratación temporal de nuevos trabajadores. La justificación a este contrato seria el carácter especializado de las que impida que estas puedan ser desarrolladas por trabajadores habituales de la empresa.

Contrato para obra determinada o servicio específico

En este caso la obra o servicio deberá presentar perfiles propios de la temporalidad, deberá poseer alcance ocasional o transitorio, distinguible de la actividad permanente de la empresa, que debe ser atendida por trabajadores ligados a esta a través de un contrato de tiempo indefinido. La transitoriedad de la labor es la que justifica su celebración. La celebración de este contrato procede respecto a las tareas que formen parte de las actividades habituales de la empresa, es decir que

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