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Historia de la Psicologia Juridica


Enviado por   •  18 de Octubre de 2021  •  Informes  •  2.348 Palabras (10 Páginas)  •  398 Visitas

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Breve Historia de la Psicología Jurídica 

Siglo XVIII. Alemania. Aflora la necesidad de la Psicología para la práctica judicial.

Siglo XIX. Se ratifica la necesidad de Ciencias  Sociales que apoyen y ayuden a la actividad judicial.

Siglo XX. Las aportaciones de Cattell, Binet y Stern son valoradas por muchos autores como las del inicio de la denominada específicamente Psicología Judicial.

En 1911 se inician las testificaciones de los psicólogos: en Bélgica, la valoración de la fiabilidad de los testimonios de niños de 8 y 10 años.

Desde el principio del siglo XX hasta los años 30  se propone la utilización del test de asociación de palabras para establecer la culpabilidad de los acusados y otros procesos psicológicos del testimonio.

En las siguiente dos décadas aparecen los primeros trabajos monográficos sobre psicología legal de McCarty, Burtt y Robinson. Se reconoce la necesidad de que la ley se fundamentara en los conocimientos de las ciencias sociales  y se aceptan los tests como instrumento científicos.

En 1954 se desarrolló en Alemania el método del  Análisis de la Validez de la Declaración, en la actualidad es la variante más conocida e investigada en el enfoque de los indicadores de credibilidad del testimonio.

Ya para el 1970 se nota la preocupación de la Psicología Clínica y Social por tratar temas como los trastornos mentales, influencia de publicidad ante la celebración de juicio y las sentencias. [pic 1]

A partir de la década del 1970 aparecen manuales sobre análisis psicológico del delincuente, programas de educación, imputabilidad, memoria de testigos, psicopatología, intervención con niños, entre otros.

En 1981, La Asociación Americana de Psicología creó una división sobre psicología jurídica  y en 1984  otra, sobre psicología policial.

En la actualidad se trabaja para integrar las perspectivas en un enfoque global para el estudio de mentiras complejas sobre sucesos factuales.

Psicología Jurídica: una aproximación conceptual

La psicología, entendida como la ciencia que describe, explica, predice y controla el comportamiento (Sinzer, 1987), se entrecruza con numerosos campos del conocimiento tales como la biología, las matemáticas, la medicina, la antropología, la política, la economía, la sociología, y, entre ellas, el derecho. En cada una de esas intersecciones se genera un intrincado acervo de conocimientos, fruto del afrontamiento de los problemas específicos que allí se debaten. A la intersección entre el conocimiento psicológico y el jurídico se denomina Psicología Jurídica (PJ).

A pesar de las respuestas de algunos autores (Clemente, 1995, entre otros), cabe la pregunta ¿existe la Psicología Jurídica como disciplina autónoma? ¿Es sólo un ámbito de actuación o es realmente un área de especialización de la Psicología? ¿Puede erigirse realmente como ciencia porque cuenta con un objeto de estudio particular, una metodología y un corpus teórico propio?

Otros cuestionamientos que permiten ahondar en la reflexión: ¿qué debe saber el administrador de justicia acerca del comportamiento humano?, ¿los profesionales de la psicología saben qué necesitan los juristas y sus usuarios?, ¿somos asesores para la justicia o para el Estado o para los administradores de justicia de justicia o para los usuarios?, ¿el profesional de la psicología jurídica y forense propende porque se cumpla la ley o porque se fomente la convivencia pacífica?, ¿es función de la psicología apoyar la represión de los delitos?

Se plantean estos cuestionamientos porque con frecuencia se ha concebido la psicología jurídica como una aplicación asistencialista de la psicología en el ámbito del derecho, pero carente de fundamentación epistemológico y de autonomía filosófica. El elemento epistemológico es el principal cuestionamiento que los psicólogos jurídicos deben absolver para no caer en lo predicho por Lakatos, citado por Vaquera  (2006) quien señaló: “El científico se mueve naturalmente como pez en el agua en la ciencia de su especialidad, pero en lo tocante al saber sobre la ciencia, la epistemología, muchos científicos saben tan poco como los peces de hidrodinámica”.

La psicología jurídica más que un hacer, puede constituirse como un pensar, como un posicionamiento social y fisiológico que por supuesto se concreta en un actuar consecuente con esa reflexión, pues el hacer sin plantearse un fin ulterior resulta vacuo, así como el pensar sin actuar resulta idealista.

Los psicólogos jurídicos como expertos en el comportamiento humano, están llamados a proponer soluciones viables, integrales, eficaces y no solamente represivas, a los problemas conductuales con consecuencias jurídicas que presentan las personas naturales. A la psicología jurídica no le interesa el comportamiento humano por sí solo, sino aquel que tiene consecuencias jurídicas. Por otro lado, la psicología jurídica está llamada a cooperar con la justicia, que con frecuencia no tiene nada que ver con el derecho, a darle el toque humano al frío y rígido sistema judicial; a cuestionar las normas, sus principios y su eficacia, a fomentar la responsabilidad prosocial no solamente de las personas directamente implicadas sino de los estamentos gubernamentales y de la sociedad en general.

En consecuencia, la psicología jurídica es una subespecialización de la psicología, que como ciencia, describe, explica, predice y controla el comportamiento humano, y cuyo objeto de estudio es el comportamiento humano con consecuencias jurídicas. De la misma forma que al derecho solo le importa lo humano en tanto entidad jurídica (Baena, 2000), a la psicología jurídica le interesa, como su objeto epistemológico, el ser humano y su comportamiento cuando se evidencia en ambientes judiciales y con consecuencias en el mismo.

Los psicólogos jurídicos pueden, y deben, hacer una lectura crítica constructiva de los desarrollos históricos y conceptuales de la psicología jurídica que se han dado en el mundo entero, que les de herramientas teóricas, conceptuales y metodológicas que les permitirá una mejor fundamentación para enfrentar las críticas y cuestionamientos que se le hace a los psicólogos jurídicos, tales como que su papel consiste en resolver aquello que se les pregunta, no en cuestionarlo. O que la psicología jurídica es apenas una rama auxiliar del derecho.

 La Psicología jurídica.

[pic 2]

Es la psicología aplicada en el campo del Derecho que le ofrece al psicólogo un espacio de acción interdisciplinaria y le permite, a través de un acercamiento a dicho orden, asumir su ejercicio utilizando los instrumentos que le son propios como la intervención individual o grupal, el psicodiagnóstico, la asesoría, la docencia y en ocasiones la evaluación institucional en armonía con los elementos que le ofrece el campo jurídico como son: Las actuaciones judiciales y extrajudiciales, el medio carcelario y el conjunto de individuos sujetos de obligaciones y derechos que, en forma procesal mediante el litigio o, extraprocesal mediante la conciliación, los hacen valer.

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