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Libre Desarrollo De La Personalidad


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2014  •  1.531 Palabras (7 Páginas)  •  288 Visitas

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DERECHO AL DESARROLLO DE LA LIBRE PERSONALIDAD

El caso ocurrió en el barrio San Luis en la Isla De San Andres y Providencia, un grupó de jóvenes bailarines que viven en una casa de dos pisos divido por apartamentos que le brinda la empresa donde trabajan por que la gran mayoría de bailarines vienen del interior del país.

Los jóvenes son personas muy activas muy libres por decirlo así; son jóvenes que se dedican todo el tiempo a bailar, porque esa es su profesión y es lo que los apasiona, pero ese no es el problema. La gente tiene un concepto del bailarín hombre de que es “gay”, que todos los hombres que bailan son unos afeminados, homosexuales, que el baile es para mujeres y utilizan otras palabras groseras para describirlos, no hay que negar que la gran mayoría de bailarines hombre más del 70% son homosexuales.

El problema con la comunidad es el rechazo que existe hacia estos jóvenes por su condición sexual, para ellos es muy vergonzoso de que estas personas vivan en su comunidad. No todos los hombres que viven allí son gay, pero como dicen por ahí “por unos pagan todos”.

El nivel de rechazo que se tiene a estas personas, aunque los tiempos han cambiado, se mantiene presente a gran escala a nivel mundial, poniendo en práctica la muy conocida “Homofobia”.

La pregunta seria, ¿Qué es la Homofobia? La homofobia es el termino coloquial para referirse a la incomodidad, adversidad e incluso odio hacia la homosexualidad y los homosexuales.

El problema del rechazo y la burla por su condición sexual por parte de la gente del barrio es desde siempre, todos los días es lo mismo. Esto hace que los jóvenes bailarines no tengan paz y se sienten un poco amenazados e intimidados por que a veces utilizan frases muy fuertes.

La burla y el rechazo son dos armas que los hieren mucho, para ellos es tan difícil de comprender su situación sexual, son personas tan cerradas que aún no saben que es lo que está pasando en su alrededor, que los tiempos ya cambiaron, que ya nada es igual.

Es tan grave la situación que hasta los niños y adolescentes del barrio se unieron al bullyng hacia los bailarines.

El rechazo social de la homosexualidad también es debido a la falta de culturización de algunas personas que la siguen considerando una enfermedad o, piensan que la una imagen de depravación, causando un gran nivel de rechazo.

Si bien por razones históricas, culturales y sociológicas la Constitución Política de 1991 no hace alusión expresa a los derechos de los homosexuales, ello no significa que éstos puedan ser desconocidos dado que, dentro del ámbito de la autonomía personal, la diversidad sexual está claramente protegida por la Constitución, precisamente porque la Carta, sin duda alguna, aspira a ser un marco jurídico en el cual puedan coexistir las más diversas formas de vida humana.

En sentencia T-539/94 de la Corte Constitucional, existe una aclaración de voto de los magistrados Jorge Arango Mejía y Antonio Barrera Carbonell, en la que expresan: "Toda consideración basada en la conducta sexual como factor de desigualdad, lleva en sí el germen de la discriminación. La corte por tal motivo, no debe hacer análisis que partan del supuesto de tratar a los homosexuales como seres distintos a la generalidad de los humanos". Igualmente se lee en dicho fallo: "los homosexuales no pueden ser objeto de discriminación en razón de su condición de tales. El hecho de que su conducta sexual no sea la misma que adopta la mayoría de la población, no justifica tratamiento desigual".

De lo anterior se desprende que, el hecho de que las personas con orientación sexual diferente a la heterosexual asuman comportamientos o expresiones sexuales que no sean iguales a las que adopta la mayoría de la sociedad, no justifica que sean sometidos a hostigamiento y señalamiento social. Y que existe hacia ellas un interés jurídicamente protegido siempre y cuando su orientación no lesione o afecte los intereses de otras personas ni de la sociedad en general.

En el ordenamiento constitucional colombiano la discusión sobre si la orientación sexual está determinada biológicamente, o por el contrario, es una opción libre del ser humano, no es particularmente relevante, puesto que, ambas tesis conducen a idénticos resultados en cuanto al grado de protección que la Carta confiere, por cuanto no sólo prohíbe la discriminación por razón de sexo ( C. P., Art.13) sino que además, garantiza los derechos a la intimidad y, en especial, al libre desarrollo de la personalidad (C. P., Arts. 15 y 16).

Leer más: http://www.monografias.com/trabajos58/derechos-homosexuales-colombia/derechos-homosexuales-colombia.shtml#ixzz3Dn7uIUwg

A pesar de que en Colombia no es frecuente penalizar a homosexuales o lesbianas por su comportamiento, los homosexualidades y lesbianidades

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