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LA LEY DE LA IGLESIA


Enviado por   •  18 de Junio de 2013  •  4.006 Palabras (17 Páginas)  •  314 Visitas

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CAPITULO I: LA LEY EN LA IGLESIA

1. Naturaleza y fin

1. La ley positiva en el Nuevo Testamento

a) Los Hechos de los apóstoles y los evangelios sinópticos

La comunidad primitiva, aunque no nos transmita un código de leyes que ocupe el puesto del que había en el Antiguo Testamento, es consciente sin embargo de la presencia del Espíritu Santo y de que las leyes positivas expresan la voluntad de Dios. Baste citar la decisión que tomaron los apóstoles y los ancianos en Jerusalén: «Hemos decidido el Espíritu Santo y nosotros...» (Hch 15,28). Se ve claramente aquellas reglas concretas del comportamiento cristiano, las normas positivas, proceden del Espíritu Santo, que actúa a través de la asamblea de los apóstoles y de los ancianos. Lo jurídico dogmático, el derecho divino, que subyace a las normas positivas contenidas en el decreto de Jerusalén, es la necesidad del bautismo, y sólo del bautismo para entrar a formar parte de la Iglesia. Esta norma entra a formar parte de la tradición apostólica, y es la primera norma de la Iglesia y la norma fundamental del derecho eclesial de todos los tiempos, en cuanto que expresa la conciencia que tiene la Iglesia de ser el nuevo pueblo de Dios, distinto del pueblo de Israel. Esta norma fundamental es la que mantendrá igualmente Pablo en las ciudades por donde pasa, aun permitiendo que Timoteo se circuncide por consideración con los judíos (Hch 16,3-4). La decisión normativa que se tomó en Jerusalén, centro de la Iglesia naciente, establece el fundamento de la unidad de la Iglesia y tutela la comunión entre las Iglesias .

Jesús critica con dureza el sistema legal rabínico, que prescindía de la voluntad de Dios; pero él mismo da normas según las cuales hay que regular las situaciones concretas que pueden poner en peligro la paz y la comunión entre los creyentes (Mt 18,15-17; Mc 10,1-31), y el modo de difundir el evangelio (Mc 6,7-13). Jesús llega a afirmar un nuevo ordenamiento para la Iglesia, que debe basarse en su misma persona. En efecto, la ley de Moisés sólo permanece en vigor por el hecho de que encuentra su cumplimiento en Cristo; sin él la ley tiene que considerarse incompleta (Mt 5,17-19.31-48; 19,3-9). El nuevo ordenamiento de la comunidad tiene que basarse en la ley fundamental del amor incluso para con los enemigos (Mt 5,21-26.43-48; Lc 6,27-28.32-36). Todas las leyes, todas las normas, todas las reglas de la comunidad cristiana tienen que ser, por una parte, determinaciones concretas fundamentales del amor, y, por otra, como consecuencia, tienen que indicar el camino para el cumplimiento de esta misma ley. Por tanto, puede decirse que en los evangelios sinóptico s se encuentra la afirmación de la continuidad y de la permanencia de la ley mosaica en virtud del cumplimiento de la misma por parte de Jesús; pero también, al mismo tiempo, la afirmación de la novedad absoluta del modo de obrar de los que creen en Jesucristo, que llega hasta la crítica radical de los fariseos (Mt 23,1-31) .

b) El evangelio de Juan

Para el evangelio de Juan, la economía del Antiguo Testamento consiste en el don de la ley, mientras que la del Nuevo consiste en la gracia de la verdad de Jesucristo, que excede a la de la ley de Moisés en la misma medida en que la supera la revelación de Cristo (Jn 1,16-17). Según Juan, la misma ley de Moisés no debe considerarse sólo como un conjunto de prescripciones morales y jurídicas, sino como una revelación que se ha cumplido plenamente en Jesucristo (Jn 1,45; 7,19-24). Los judíos reducían la fidelidad a la ley a la observancia material y externa, mientras que Cristo busca en ella la voluntad de Dios y su designio de salvación. Entonces, el que cree en Cristo encuentra en él un nuevo sentido a la observancia de la ley. La verdad de Jesucristo es la nueva ley del fiel. El fiel tiene que considerar que es éste el principio fundamental de interpretación no sólo de la ley de Moisés, sino de cualquier ley y prescripción para la vida cristiana. En efecto, según Juan, la verdad de Cristo tiene un carácter normativo, ya que la verdad tiene que hacerse, ponerse en práctica (Jn 3,21; 1 Jn 1,6). «Hacer la verdad» no significa solamente seguir una manera de obrar inspirada en la fe, sino expresar esa misma fe como opción fundamental por Cristo. Entonces, la verdad de Cristo no es una norma externa, sino que es aquella realidad que, por obra del Espíritu Santo y en virtud de la fe, se convierte en la norma interna y en el criterio fundamental de acción del fiel. El mandamiento del amor dado por Cristo a sus discípulos es don de salvación (Jn 13,34; 2 Jn 6). Esta ley de Cristo no es un nuevo código de normas positivas, sino el conocimiento del misterio de la salvación que se ha realizado en Cristo. Se trata de una ley escrita por el Espíritu en el corazón de los hombres, que conduce a la libertad (d. Jr 31,31-34). El mandamiento nuevo del amor es un mandamiento que se define en relación con la persona del mismo Jesús Un 13,34; 15,12.17). La dimensión horizontal del mandamiento del amor se basa en la dimensión vertical del amor mismo, en cuanto que Dios es amor y el amor viene de Dios (l Jn 4,7-8.16; 15,1), y Cristo es la manifestación plena de este amor. En conclusión, puede afirmarse que, según Juan, en la comunidad cristiana, todas las leyes positivas, para que sean según la voluntad de Dios, no tienen más remedio que expresar la fe y la caridad, y al mismo tiempo tienen la misión de proteger estas virtudes. Los mandamientos de creer y de amar expresan algo radical: la vida en la verdad, como obra interna del Espíritu Santo .

b) San Pablo

San Pablo es el autor del Nuevo Testamento que más ha hablado de la ley. En sus escritos encontramos algunos textos en los que se niega a la ley toda función positiva en la vida cristiana, y otros en los que, por el contrario, se afirma una función positiva de la misma; incluso hay textos en los que vemos que el mismo Pablo da ciertas normas a la comunidad. Si tuviéramos que detenernos tan sólo en los textos de la primera categoría, llegaríamos a la negación absoluta de la ley positiva en la Iglesia; pero si exaltásemos unilateralmente las afirmaciones positivas de san Pablo y su actividad normativa, podríamos llegar a una afirmación exagerada del peso de la ley en la vida de la Iglesia .

Cuando Pablo habla de la ley, se refiere inmediatamente a la Torá, ya que su argumentación sobre el valor de la ley está ligada a la cuestión de la justificación por la fe en Jesucristo y por tanto a la circuncisión (Gál 2,21; 5,4). Sin embargo, la que hace que Pablo rechace la Torá se debe extender a todo tipo de ley que sea solamente

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