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LA VIOLENCIA QUE SUFRE LA MUJER CRISTIANA

Wendy AnayanciApuntes20 de Noviembre de 2018

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IGLESIA DE DIOS EVANGELIO COMPLETO

SANTA CRUZ VERAPAZ, ALTA VERAPAZ

DIPLOMADO DE LA MUJER

TEMA: BOSQUEJO TEMATICO

CURSO: MAESTRA Y PREDICADORA SEGÚN LA BIBLIA

CATEDRATICA CLEOTILDE FORTIN

ALUMNA: MIRNA LUCRECIA HERRERA CASTILLO

 

SANTA CRUZ VERAPAZ, ALTA VERAPAZ, 22 de octubre de 2018

LA VIOLENCIA QUE SUFRE LA MUJER CRISTIANA

INTRODUCCION:

Muchas son las mujeres que sufren de violencia de parte de sus esposos, como lo es la física, psicológica, económica y patrimonial.

La violencia contra la mujer es un flagelo que afecta a la sociedad guatemalteca,  y especialmente a la familia que la conforma mama, papa e hijos; actualmente existe una ley que ampara a nostrosas las mujeres y que muchas la desconocen; no dejando atrás la ley divina, los mandatos de Dios para una vida en armonía.

TESIS:

“LA VIOLENCIA QUE SUFRE LA MUJER CRISTIANA”

A continuación analizaremos los mandatos de vivir una vida sin violencia.

I.- Los Mandamientos

a) Debemos cumplir los Mandatos de Dios, éxodo 20 del 1 al 17, San Mateo 22:39, 1ª de Pedro 6:7

II. Ley de Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer

a) existen diferentes tipos de violencia contra la mujer:

Violencia psicológica: Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio.

Violencia física: Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.

Violencia doméstica: Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.

Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.

Violencia patrimonial y económica: Se considera violencia patrimonial y económica toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir.

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