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Libertad De Cultos


Enviado por   •  9 de Abril de 2015  •  34.704 Palabras (139 Páginas)  •  286 Visitas

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EL DERECHO A LA LIBERTAD RELIGIOSA Y DE CULTOS EN LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA

A. INTRODUCCIÓN

La religiosidad ha acompañado al ser humano en su trasegar por la historia, la que a su vez, nos mostrará al hombre en relación constante con lo que él, en cada época y cultura, ha considerado como sagrado, divino, manifestando de forma latente su inquietud por lo trascendente. Algunos considerarán como primarias las manifestaciones del ser religioso, propias de los más elementales estadios de desarrollo del ser humano, de mentes que no han alcanzado un elevado progreso, de culturas primitivas, del hombre que al decir de algunos filósofos modernos no alcanzó su mayoría de edad. Pese a tales posiciones –las que paradójicamente también se encuentran protegidas por el derecho a la libertad religiosa y de cultos, dado que constituyen claramente una posición frente a lo religioso– la dimensión religiosa del ser humano ha sido reconocida como inherente a la dignidad del mismo, como necesaria para la realización de su proyecto de vida y que por lo mismo ha merecido la consagración y protección jurídica, sólo la estipulación de libertad religiosa posibilitaría la expresión plena de las diversas manifestaciones que de ella se derivan, así como la creación de una verdadera cultura de tolerancia, respeto y convivencia armónica con quienes piensan y actúan diferente, dentro del marco de unas limitaciones mínimas, que aseguren la realización de tales cometidos.

La libertad religiosa y de cultos fue consagrada en varios documentos jurídicos internacionales de derechos humanos, especialmente a partir de la Segunda Guerra Mundial, y del establecimiento de la Organización de Las Naciones Unidas; sólo la barbarie que caracteriza naturalmente a las guerras, abrió el camino para el establecimiento de verdaderos sistemas de protección de los derechos que esencialmente le corresponden a todas las personas por el mero hecho de serlo, por lo que hoy celebramos su existencia, a pesar de las críticas que puedan realizarse, especialmente en relación con su eficacia, en medio de conflictos bélicos que todavía se afrontan, y de prácticas claramente violatorias de los mismos, propiciadas por países que por su poderío económico y militar subyugan, violentan y quebrantan la soberanía de otros Estados, y de contera su cultura y milenarias tradiciones.

Pese a lo anterior, es claro que valiosos esfuerzos se han realizado para celebrar convenios internacionales que posibiliten la eficaz protección de tan importantes derechos, los que a su vez se han suscrito y ratificado por la mayoría de los Estados y que les obliga por lo mismo, al desarrollo de mecanismos internos tendiente a lograr su efectiva aplicación. La libertad religiosa y de cultos fue consagrada tempranamente en tales instrumentos jurídicos, desde el mismo inicio de las Naciones Unidas se le reconoció como un derecho fundamental, hecho que apenas resulta lógico, necesariamente debía estipularse tal libertad, luego de la casi exterminación de una minoría como lo fue la comunidad judía, tan destacada, entre otras razones, por los ingentes esfuerzos que ha realizado para mantener siempre vivas sus tradiciones y creencias religiosas.

Actualmente podemos encontrar una gran variedad de normas jurídicas en el ámbito internacional que hacen parte del sistema de protección de los derechos humanos, así mismo, a nivel regional se pueden hallar normas de este tipo que aumentan la protección debida a estos derechos en general y de la libertad religiosa y de cultos en particular y que en virtud de lo establecido en el artículo noventa y tres (93) de la Carta Política hacen parte del denominado Bloque de Constitucionalidad, teniendo en cuenta que la mayoría de ellos fue suscrito por Colombia su contenido, en consecuencia, hace parte de nuestro ordenamiento jurídico.

En Colombia el derecho a la libertad religiosa y de cultos fue tardíamente consagrado de manera expresa, especialmente si se tiene en cuenta la gran cantidad de normas que desde el siglo XVIII la reconocían y protegían en el ámbito internacional; de otro lado, la realidad social del país exigía la clara y expresa estipulación de este derecho, la historia del mismo daba cuenta de la gran pluralidad religiosa que siempre existió y se acrecentaba al interior de la sociedad colombiana. Al respecto, sin lugar a dudas la Constitución Política de 1991 significó para la historia constitucional de nuestro país un gran hito, especialmente al dar una importancia inusitada a las minorías, entre ellas a las religiosas, y reconocer ampliamente la dimensión religiosa del ser humano, como un elemento esencial a su naturaleza y dignidad, lo que se corrobora no sólo en la consagración de la libertad religiosa y de cultos como un derecho fundamental, sino también, en la estipulación expresa de las variadas manifestaciones de la misma; en consecuencia, es claro que la nueva preceptiva constitucional significó un gran cambio a la vez que un importante avance en el reconocimiento del derecho a la libertad religiosa y de cultos.

A partir del marco constitucional, se ha presentado en nuestro sistema jurídico un notable desarrollo normativo de este derecho, concretado en normas jurídicas de diversa naturaleza y jerarquía, cuya finalidad ha sido la de posibilitar el ejercicio eficaz del mismo en armonía con el ordenamiento jurídico y los derechos y libertades de los demás.

Resulta importante y pertinente abordar el tema de libertad religiosa y de cultos en un país como el nuestro, dados los cambios normativos señalados y la tradición religiosa tan marcada, que lo caracterizaron esencialmente como un Estado confesional, pese a que en su interior siempre hubo pluralidad religiosa, lo que implicó para algunas iglesias y confesiones religiosas, en algunas épocas, su proscripción, marginalidad, estigmatización y hasta persecución en variadas formas; sólo a la luz de la historia colombiana es posible valorar este cambio constitucional y entender su gran relevancia e importancia, no sólo para todas las minorías religiosas, sino también para la promoción y defensa de los derechos humanos, que en virtud de numerosos acuerdos y declaraciones internacionales de derechos humanos se estaba en mora de reconocer.

Con el presente trabajo se propuso evidenciar la importancia de dicho cambio normativo, así como el extenso desarrollo que ha presentado en nuestra legislación, pero el análisis quedaría incompleto sino se abordaran aspectos prácticos del mismo, con las limitaciones que un estudio como éste puede tener, el que necesariamente detenta como sustrato fáctico a las diversas creencias religiosas, y a quienes las profesan,

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