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INVESTIGACIÓN DERECHO DEL TRABAJO EN DIGITAL

katherine1396Práctica o problema16 de Mayo de 2019

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INVESTIGACIÓN  DERECHO DEL TRABAJO EN DIGITAL


         Todo trabajo debe estar identificado con nombre, apellido, cédula de
identidad, materia y sección.


Las explicaciones deben ser concretas, respondiendo solo lo que se pregunta.

La base de la investigación debe ser principalmente: la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del
Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores del año 2012, además de
otras fuentes en el marco de la materia laboral venezolana.

No copiar artículos textualmente, ya que lo requerido es su análisis y
comprensión.



Desarrollar en función de los siguientes puntos:



1- DEFINICIÓN DE LA PALABRA “TRABAJO” DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA MATERIA LABORAL.

R: La palabra trabajo viene de la palabra “trabis” es el proceso para lograr un objetivo económico y social. El trabajo es  toda aquella actividad ya sea de origen manual o intelectual que se realiza a cambio de una compensación económica por las labores concretadas.

2- EXPLICAR EL TRABAJO COMO UN PROCESO SOCIAL.

R: La legislación venezolana representa un conjunto de normas positivas, establecidas por el Estado Venezolano, para regular las relaciones jurídicas que se establezcan entre patronos y trabajadores con ocasión al hecho social trabajo. Lo que indica la materia, las personas que intervienen, el espacio y el tiempo en que se realizan las relaciones laborales, es decir, no se termina al campo de aplicación del Derecho del Trabajo, El trabajo es un hecho social, lo establece el artículo 1 de la Ley Orgánica del Trabajo.

3- EXPLICAR POR QUÉ EL TRABAJO ES UN DERECHO Y UN DEBER.

R: En el Art. 87 de la CRBV dice que toda persona tiene derecho y deber de trabajar, decimos que el trabajo es un derecho ya que se puede escoger libremente el oficio en el que se quiera desempeñar, y por la prestación del servicio se recibirá una remuneración, y eso no se puede negar según lo establecido en las leyes. El trabajo también es un deber ya que es una obligatoriedad social porque con el salario obtenido mediante  el servicio prestado se garantiza la compra de alimentos y la satisfacción de necesidades básicas al igual que la de las personas que están bajo  tutela, así mismo la labor que se realiza es útil para la sociedad.

4- QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL BIENESTAR DEL TRABAJADOR, EXPLIQUE POR QUÉ.

R: El responsable del bienestar de un trabajador es el patrono ya que el garantizara a sus trabajadores o trabajadoras las condiciones de seguridad, Higiene y un buen ambiente de trabajo adecuado, y son responsables por los accidentes laborales ocurridos y enfermedades ocupacionales acontecidas a los trabajadores, y trabajadoras, eso lo tipifica el Art. 433 de la LOTTT.

5- EXPLIQUE AL MENOS OCHO (08) PRINCIPIOS EN MATERIA LABORAL.

R: Según lo tipificado en el Art. 18 de la LOTTT, existen 8 principios

  1. Justicia Social y Solidaridad (Dar lo que corresponde ni más ni menos)
  2. La intangibilidad y progresividad. (Los derechos de los trabajadores son intocables a manos que sea para mejorarlos).
  3. Relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas y apariencias.
  4. Los derechos laborales son irrenunciables.
  5. Individuo Pro-Operario.
  6. Beneficios progresivos, derechos irrenunciables.
  7. Principio a la no discriminación.
  8. Principio a la no explotación de os adolescentes.

6- DEFINA QUÉ ES UNA RELACIÓN DE TRABAJO.

R: Es un nexo jurídico entre empleadores y trabajadores. Existe cuando una persona proporciona su trabajo o presta servicios bajo ciertas condiciones, a cambio de una remuneración. A través de la relación de trabajo, se establecen derechos y obligaciones entre el empleado y el empleador.

7- DEFINA LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA RELACIÓN DE TRABAJO.

R: En las relaciones laborales, individuales o colectivas, las personas que intervienen en una relación de trabajo son:

Los trabajadores, el Art. 35 de la LOTTT tipifica que un trabajador o trabajadora es toda aquella persona que preste servicios en algún ente sea público o privado y estará bajo dependencia de otra persona sea natural o jurídica.

El patrono o patrona. Es toda persona natural o jurídica que tiene bajo su dependencia a uno o más trabajadores en virtud de una relación laboral. Eso lo señala el Art. 40 de la LOTTT.

8- EXPLIQUE LOS ELEMENTOS ESENCIALES DE LA RELACIÓN DE TRABAJO.

R: #1 Prestación personal del servicio Esto implica la realización de una labor por parte de una persona natural a otra que puede ser natural o jurídica. Significa que el trabajador debe realizarlo por sí mismo. Lo anterior se denomina prestación personal del servicio, sin ayuda de ninguna otra persona y sin que el trabajador contratado pueda ser sustituido por otro.


         #2 Continuada dependencia o subordinación. Es el elemento que tipifica el contrato de trabajo o la relación laboral. Se traduce en la facultad que tiene el empleador para exigirle al trabajador el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, de acuerdo con el modo, el tiempo o la cantidad de trabajo, y a imponerle reglamentos. 


         #3 Remuneración o Salario. Es el tercer elemento necesario para determinar la existencia de un contrato de trabajo y consiste en la retribución por el servicio prestado. La ley no concibe un contrato de trabajo gratuito para el trabajador. El salario es la remuneración o pago por la labor desarrollada por el trabajador.

9- DEFINA SALARIO Y TIPOS DE SALARIO.

R: En lo establecido en el Art. 104 de la LOTTT establece que el salario no es más que la remuneración, provecho o ventaja, que le corresponde a un trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio.

En la sección segunda de la LOTTT establece los tipos de salarios.

Art. 113. Salario por unidad de tiempo.

Art. 114. Salario por unidad de obra, por piezas o a destajo.

Art. 115. Salarios por tareas.

Art. 121 Salario para vacaciones.

Art. 122. Salario base para el cálculo de prestaciones sociales.

10- EXPLIQUE LOS ELEMENTOS QUE COMPONEN EL SALARIO.

R: El salario base: Esta es la retribución fijada en un plazo de tiempo específico (generalmente de carácter mensual) o la retribución entregada por llegar a completar un servicio específico (en trabajos sujetos a contratos de servicio.

Complementos salariales: Son las aportaciones que reciben los trabajadores debido a diferentes elementos o situaciones que se encuentran relacionadas a la labor que realizan y a las características personales de cada individuo. Entre estas podemos encontrar los turnos nocturnos, la antigüedad que posee un empleado y la peligrosidad que posee el trabajo.

Horas extraordinarias: Las horas extraordinarias representan las horas de trabajo que los empleados realizan de forma voluntaria fuera de su horario de trabajo normal, las cuales se regidas por un límite legal. Si un empleado que tenga una jornada de trabajo equivalente a 20 horas semanales es necesitado por parte del empresario, llegando a trabajar 5 horas extras a la semana, al trabajador deberá suministrársele una paga equivalente a 25 horas de trabajo semanales.

Salarios en especie: Esta es una aportación de valor que recibe un trabajador, sin embargo se encuentra expresada como una aportación no monetaria. Entre estas aportaciones podremos encontrar bonos de descuentos para tiendas, vales utilizados para los alimentos, el suministro de vehículos por parte de las empresas, primas de seguro, entrega de viviendas, etc.

11- EXPLIQUE LA JUSTA DISTRIBUCIÓN DE LAS RIQUEZAS, EN MATERIA LABORAL.

R: La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt) en su capítulo pertinente a la Justa Distribución de la Riqueza y las Condiciones de Trabajo incorpora la noción de que la riqueza es un producto social generado principalmente por los trabajadores y las trabajadoras y por tanto, se establece que su justa distribución debe garantizarles una vida digna junto a sus familias cambiando radicalmente la concepción de la generación de la riqueza e incorporando la noción del proceso social dentro de la ecuación de las relaciones de trabajo.

12- DEFINA QUÉ SON LA UTILIDADES EN MATERIA LABORAL.

R: En el Art. 131 de la LOTT dice que los beneficios anuales o utilidades es la obligación que tiene el patrono de distribuir parte de las ganancias que le produce la empresa gracias y con sus trabajadores. Esa distribución de la riqueza anual corresponderá a un mínimo legal de 15% de los beneficios líquidos (enriquecimiento neto gravable y de los exonerados de ISLR) que resulte al finalizar su ejercicio anual y no podrá ser menor de 1 mes de salario (calculado con salario normal promedio devengado en el último año) y como límite máximo 4 meses, sin embargo esta regla general tiene su excepción contemplada en el Art. 139 que señala que las utilidades pueden convenirse por encima de límite máximo legal.

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