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Enviado por   •  3 de Mayo de 2014  •  4.195 Palabras (17 Páginas)  •  204 Visitas

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Tarifas Banca Empresarial

Las tarifas o precios informados, se determinan con base en las condiciones del mercado y en consideración a las características de los productos y/o servicios ofrecidos.

TARIFAS BANCA EMPRESARIAL

PAGOS

Pago de nómina propia $1.600 más IVA

Pago de nómina interbancaria $2.700 más IVA

Pago de proveedores propios $1.500 más IVA

Pago de proveedores interbancarios $2.700 más IVA

RECAUDOS

Recaudo sin dígito de chequeo (igual o inferior a 50 transacciones) $6.800 más IVA

Recaudo sin dígito de chequeo (superior a 50 transacciones) $3.800 más IVA

Recaudo con dígito de chequeo $3.000 más IVA

Recaudo con Código de barras $2.700 más IVA

Recaudo CUR $4.300 más IVA

Débito automático $1.100 más IVA

Débito automatico interbancario $2.000 más IVA

INTERNET EMPRESARIAL

Cada Token adicional (2 primeros gratis) $46.000

Internet Empresarial $36.000

RECAUDOS CANALES ELECTRONICOS (ATM, INTERNET, AUDIO, POS, CNB, BANCA MOVIL)

Servicios Personales Cuenta Principal 2.20% sobre el valor del recaudo

Impuestos Municipales Cuenta Principal 1.80% sobre el valor del recaudo

Servicios Personales Multicuenta $850

Impuestos Municipales Multicuenta $900

Servicios Públicos $700

PAGO POR REFERENCIA EN PUNTOS DE PAGO DE REDEBAN

Recaudo $900

RECAUDOS A TRAVES DE PSE (BOTON DE PAGOS)

Botón de Pagos - Compras* 1.60% sobre el valor de la compra más IVA

Botón de Pagos Recaudo - Valor recaudo menor o igual a $15 millones $1.100 más IVA

Botón de Pagos Recaudo - Valor recaudo mayor a $15 millones $2.100 más IVA

* Mímino se cobra una comisión de $1000

RECAUDO CON LAS ADMINISTRADORAS PARA APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL

Liquidación de la Información Planilla Electrónica $150

Liquidación de la Información Planilla Asistida $1.300

Recaudo PSE Planilla Electrónica $1.100

Recaudo PSE Planilla Asistida $2.800

OTROS PRODUCTOS / SERVICIOS

Transacción Sebra (débito o crédito) Cargo Fijo* $16.500 más IVA

Transacción Sebra (débito o crédito) Cargo Variable* Equivalente al 4 x mil cuando sea aplicable

Liquidacion de operaciones a través del DCV (compra de valores)* $4.800 más IVA

Operación en Horario Adicional (7:00 pm en adelante) a través del DCV (compra o venta de valores)* $16.500 más IVA

Solicitud constancia deposito DCV* $5.000 más IVA

* El cliente tendrá a su cargo cualquier gasto o costo adicional que incurra el Banco por realizar la operación

SERVICIO TRANSPORTADORA DE VALORES

Comisión sobre el servicio 150 por cada mil pesos cobrado por la Transportadora de Valores

Inembargabilidad cuenta de ahorros, límite, varias cuentas

Conceptos de la Superintendencia Financiera

Concepto 2011014399-003 del 10 de mayo de 2011

Síntesis: No existe norma que limite el número de cuentas de ahorros que pueden estar cobijadas por una medida de embargo. La normatividad dictada sobre inembargabilidad de los depósitos de ahorros no está orientada en función de un número de cuentas, sino en relación con las sumas depositadas en las secciones de ahorros de los bancos. Cuando la persona posee más de una cuenta de ahorros se considera que deberá sumarse el saldo existente en cada una de ellas, y el monto que exceda podrá ser objeto de medida cautelar.

«(…) plantea varias inquietudes relacionada con el tema de inembargabilidad de los dineros depositados en cuentas de ahorros de los establecimientos de crédito, las cuales se absuelven en el siguiente orden:

1. ... existen limitaciones a las disposiciones que determinan sobre la INEMBARGABILIDAD de las cuentas de ahorros”

Sea lo primero precisar que son las mismas normas que regulan el tema de la inembargabilidad las que fijan las condiciones y límites para su aplicación. Así, por ejemplo el numeral 4 del artículo del artículo 126 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero dispone que las sumas depositadas en las secciones de ahorros no serán embargables hasta la cantidad que se determine de conformidad con lo ordenado en el artículo 29 del Decreto 2349 de 1965.

Por su parte, los Decretos 2349 de 1965 y 564 de 1996 fijan los montos de inembargabilidad de los depósitos de ahorro. Así mismo, la Superintendencia Financiera en cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 2º del Decreto 564 de 1996 divulga anualmente las sumas inembargables a través de Cartas Circulares.

Actualmente está vigente la Carta Circular No. 074 de 2010, la cual establece el monto de “inembargabilidad de los depósitos de ahorro constituidos en las secciones de ahorro de los bancos, hasta veintiséis millones cuatrocientos treinta y siete mil ciento cuarenta y seis pesos ($26.437.146) moneda corriente”.

2. “…existe disposición por parte del Ente de Control o de cualquier otra autoridad a fin de limitar el número de cuentas de ahorros que encontrándose a nombre de una misma persona (natural o jurídica) pueden gozar de protección legal”.

3. “Qué pasa si una persona (natural o jurídica) posee más de una cuenta de ahorros donde la suma de lo depositado en las mismas supera

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