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ADOPCION INTERNACIONAL


Enviado por   •  3 de Marzo de 2014  •  3.237 Palabras (13 Páginas)  •  294 Visitas

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Introducción:

La presenta introducción nos permite visualizar cómo se maneja la adopción a nivel internacional, sus métodos para que la adopción sea la más correcta y que es lo que una persona necesita para adoptar, ya que es un proceso completamente delicado y tedioso. 

ADOPCION INTERNACIONAL

EN EL DERECHO ROMANO: Perpetuación del linaje y culto religioso del paterfamilias.

ACTUALMENTE: El interés superior del niño.

CAUSAS

 No hay niños susceptibles de ser adoptados.

 Trámites complicados.

 Lazo con el país de origen.

MECANISMO QUE GARANTIZA LA LEGALIDAD.

Convención sobre la Protección de menores y la Cooperación en Materia de Adopción internacional”

La Haya, Países Bajos, el 29 de mayo de 1993.

AMBITO DE APLICACIÓN

 Menores de 18 Años

 País diverso a la residencia habitual

 Proceso en país de origen o de recepción

En México el proceso debe ser en tribunales nacionales.

AUTORIDAD CENTRAL CONSULADOS DE LOS PAISES DE RECEPCION

Secretaría de

Relaciones Exteriores Dirección de

Derecho de Familia

ORGANISMOS ACREDITADOS

 Autorización para tramitar adopciones en México.

 Acta constitutiva.

 Currículum Vitae del personal.

 Documento que acredite la experiencia.

 Autorización del personal de contacto.

PRESUPUESTOS DE PROCESO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL

 •Determinación de adoptabilidad.

 •Conveniencia frente a la adopción nacional.

 •Consentimiento expreso de los responsables y del niño en su caso.

 •Sin que medie pago.

REQUISITOS SOLICITADOS POR MÉXICO

1. Acta de nacimiento del o los solicitantes e hijos.

2. Acta de matrimonio en su caso.

3. Dos cartas de recomendación.

4. Fotografías del o los solicitantes.

5. Diez fotografías de la casa del o los solicitantes y de una reunión familiar.

6. Certificado medico de buena salud.

7. Identificación oficial con fotografía.

8. Estudios socioeconómico y psicológico.

9. Certificado de idoneidad.

10. Formato de solicitud requisitado.

11. Traducción de los documentos al idioma español en caso de ser necesario.

PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL

1.­ Obtención del certificado de idoneidad y envío al país de origen.

2.­ Evaluación de la solicitud y determinación de procedencia o negativa.

3.­ Notificación a la autoridad central del paíssolicitante e ingreso en lista de espera de asignación.

PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL

 Informe de adoptabilidad del menor.

 Nombre

 Edad l Media filiación l Medio social

 Evolución personal y familiar

 Historia médica y de su familia

 Sus necesidades particulares

 Consentimiento para la adopción otorgado por los tutores.

 En caso de negativa de los solicitantes, ingresan nuevamente a lista de espera.

 Solicitud de autorizaciones en caso de aceptación.

 Trámite judicial posterior a las convivencias, obtención de permisos, acta de nacimiento y pasaporte.

 Egreso definitivo del menor del centro asistencial.

SEGUIMIENTO POST ADOPTIVO, INFORMA SOLICITADO A LA AUTORIDAD CENTRAL DEL PAIS RECEPTOR QUE CONTIENE:

 Certificado médico.

 Reporte de visita domiciliaria.

 Evaluación psicológica.

 Constancia escolar.

 Imágenes fotográficas de convivencia.

 Traducción al idioma español en caso de ser necesario.

México es Parte del Convenio de La Haya de 29 de mayo de 1993 relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional y como tal, todas las adopciones que se gestionen con los países que han ratificado este instrumento internacional, deberán regirse por las disposiciones del mismo.

El Convenio aplica en todos aquellos casos en los que la(s) futura(s) persona(s) adoptantes residen en un país (Estado de recepción) y la(s) o el (los) menores a ser adoptados(as) residen habitualmente en otro país (Estado de origen).

Es necesario que ambos países sean Parte del Convenio.

El texto del Convenio, así como los documentos y guías relacionadas con el mismo se encuentran disponibles en el sitio de internet de la Conferencia de La Haya.

El Convenio prevé que los trámites de adopción internacional deben realizarse a través de las Autoridades Centrales de los países en los que residen la(s) futura(s) persona(s) adoptantes y la(s) o el (los)

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