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ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL MÉTODO EXEGÉTICO JURÍDICO


Enviado por   •  20 de Junio de 2014  •  959 Palabras (4 Páginas)  •  498 Visitas

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ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL MÉTODO EXEGÉTICO JURÍDICO

En el campo del derecho la preocupación por el estudio de la metodología no es general, las consideraciones sobre la metodología han sido tratadas con poca profundidad teórica, lo cual sin duda ha tenido graves consecuencias en el saber jurídico.

Lo anterior se ve reflejado incluso en las escuelas de derecho en las que no se destina una asignatura a la metodología jurídica, lo que puede constituir una de las principales causas de la mala aplicación del derecho por parte del juzgador o un desconocimiento de la ley por parte de los litigantes que tiene como causa la mala interpretación de origen.

Por método entendemos el proceso teórico-cognoscitivo complejo que nos permite de manera ordenada y sistematizada explicar la relación que se da entre el sujeto cognoscente y el objeto de conocimiento.

Hans Kelsen menciona que el método del derecho es normativo pero no por crear normas sino porque trata de captarlas o de comprenderlas dirigiéndose a la idealidad, tiene además las características de ser puramente formal o conceptual. En donde se libere a la ciencia jurídica de elementos extraños pertenecientes a otras disciplinas, evitando con ello sincretismo metódico. El objeto de la ciencia jurídica está constituido por un sistema normativo que regula la conducta externa y recíproca de los hombres, así como el conjunto de actos que son determinados por las normas de un orden jurídico y crean o aplican dichas normas..

En el estudio del método jurídico, la importancia debe radicar en la relación entre el sujeto cognoscente y el objeto por conocer, así como el grado de profundidad del conocimiento.

Por su parte para Héctor Fix Zamudio, la metodología del derecho o metodología jurídica es la disciplina que se ocupa del estudio de los instrumentos técnicos necesarios para conocer, elaborar, aplicar y enseñar ese objeto de conocimiento que denominamos derecho.

Por lo anterior, podemos resaltar que el método jurídico nos conlleva a un esquema teórico que nos permite aclarar y precisar qué es lo que nos interesa conocer con relación al problema gnoseológico del derecho.

De ahí la importancia de lo anteriormente expuesto, toda vez que si no conocemos el origen de nuestro campo de estudio, cómo podemos aplicarlo en nuestros sistemas jurídicos a los casos y problemática concreta de una sociedad.

El autor de la lectura objeto del presente reporte, Rafael Sáchez Vázquez, realiza una reflexión en torno al Método Exegético Jurídico, señalando que tiene su origen en la concepción divina de los reyes, como primeros legisladores, y en los teóricos de la Revolución Francesa. El legislador era considerado apóstol de los dioses, motivo por el cual es infalible, lo que tiene como consecuencia la idea de perfección de la ley, reservándose por lo tanto el monopolio de su interpretación. Existía culto al texto.

Como primer antecedente del citado Método Exegético Jurídico, tenemos a la escuela de los glosadores (siglo XII, Universidad de Bolonia, Italia), cuyos principales exponentes son Irnerio y Acursio. En dicha escuela se interpretaba sin ninguna otra ayuda el derecho justinianeo – Corpus Iuris- tal y como fue transferido, sin tener una actitud crítica frente al texto, lo que lo hizo más entendible.

Posteriormente

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