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ANALISIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE Y LEY PENAL DEL AMBIENTE


Enviado por   •  27 de Octubre de 2012  •  3.154 Palabras (13 Páginas)  •  1.977 Visitas

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UNIVERSIDAD DE MARGARITA

UNIMAR

ALMA MATER DEL CABIBE

VICERECTORADO ACADEMICO

CATEDRA: LEGISLACION TURISTICA

ANALISIS DE LA LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE Y LEY PENAL DEL AMBIENTE

INTEGRANTE: SECCION: T-02

SERGIO BEJARANO C.I.V - 13.130.079

LEONNELSYS FIGUEREDO C.I.V- 19.682.319

INTRODUCION

La Constitución de 1999 fue un gran avance que no puede dejarse a un lado, al establecer el derecho a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y al elevar al rango de normas de la Carta magna la Política de Ordenación del Territorio y los Estudios de Impacto Ambiental , La Constitución vigente nos pone al día con temas como el Desarrollo Sustentable, único modelo reconocido por la carta magna, como fundamento de las políticas públicas, para la satisfacción de nuestras necesidades y nuestra calidad de vida, en tanto que estos propósitos no pueden lograrse acabando con la base de recursos naturales e impidiendo que las futuras generaciones también puedan tener sus necesidades satisfechas y su calidad de vida garantizada.

Lo mismo puede decirse de la incorporación a la Constitución de la Diversidad Biológica como elemento fundamental de la política ambiental, y obligar al estado a hacer efectivo el conocimiento, la conservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad. Venezuela es uno de los países pioneros en materia de Legislación Ambiental. Es a partir de 1976, cuando entra en vigencia nuestra ya derogada Ley Orgánica del Ambiente, que comienza el desarrollo de nuestra normativa dirigida a lograr los objetivos de conservación, defensa y mejoramiento del ambiente., donde el Estado va a aparecer como organismo rector de la materia ambiental, con facultades otorgadas por la Constitución y la Ley, para autorizar, impedir y sancionar aquellas acciones que destruyen la naturaleza y también para la determinación de acciones que permitan el logro de las metas de conservación.

Ley Penal del Ambiente la cual tiene por objeto fundamental tipificar como delito los hechos que atentan contra los recursos naturales y el ambiente, así como imponer las sanciones penales, la nueva Ley Orgánica del Ambiente, pretende actualizar los criterios y concepciones que sirvieron de fundamento a la Ley de 1976, cuyos principios rectores fueron la conservación, defensa y mejoramiento del Ambiente. Nuevos paradigmas como el desarrollo sustentable, la diversidad biológica y su aprovechamiento sustentable, los cambios climáticos, los estudios de impacto ambiental y También es necesario el impulso de otras normas para resolver nuevos problemas ambientales

LEY ORGÁNICA DEL AMBIENTE

Ley Orgánica del Ambiente, pretende actualizar los criterios y concepciones que sirvieron de fundamento a la Ley de 1976, cuyos principios rectores fueron la conservación, defensa y mejoramiento del Ambiente. Nuevos paradigmas como el desarrollo sustentable, la diversidad biológica y su aprovechamiento sustentable, los cambios climáticos, los estudios de impacto ambiental y otros temas más modernos se incorporan a una nueva, para la puesta al día de una normativa que cada vez cobra mayor importancia.

Además trata la gestión del ambiente haciendo una definición de esta el proceso constituido por un conjunto de acciones o medidas orientadas a diagnosticar, inventariar, restablecer, restaurar, mejorar, preservar, proteger, controlar, vigilar y aprovechar los ecosistemas, la diversidad biológica y demás recursos naturales y elementos del ambiente, en garantía del desarrollo sustentable.

La gestión del ambiente deberá comprende los siguientes principios: corresponsabilidad, prevención, precaución, participación ciudadana, la tutela efectiva, educación ambiental limitación a los derechos individuales, responsabilidad en los daños ambientales, evaluación de impacto ambiental, daños ambientales. Además de todo los establecido en nuestra carta magna según lo establece el Art.7.

En cuanto al ámbito de aplicación la gestión del ambiente se aplica sobre todos los componentes de los ecosistemas, las actividades capaces de degradar el ambiente y la evaluación de sus efectos, además de lo comentado hasta ahora establece organismos institucionales como Suprema dirección de la Política Nacional ambiental la cual está dirigida por El Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros.

La cual tendrá por objetivo desarrollo de las normas ambientales en coordinación con los órganos del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, los cuales son responsables de la aplicación y consecución de los objetivos de esta Ley además.

Los Estados y Municipios podrán desarrollar normas ambientales estadales o locales, según sea el caso, en las materias de su competencia exclusiva, asignadas por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.

La autoridad Nacional ambiental será ejercida por el Ministerio del Poder Popular del Ambiente como órgano rector, responsable de formular, planificar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas, proyectos y actividades estratégicas para la gestión del ambiente.

En esta ley se plantea un punto que está dentro de las innovaciones que la misma presenta que es la planificación del ambiente la misma constituye un proceso que tiene por finalidad conciliar el desarrollo económico y social con la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable. Este se caracterizara por ser instrumentos flexibles, dinámicos, prospectivos y transversales, que permita definir y orientar la gestión del ambiente, y así como también prever y enfrentar situaciones que directa o indirectamente afecten los ecosistemas y el bienestar social.

Para desarrollar dicha planificación del ambiente esta plantea una

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