Actividad De Aprendizaje 2. Informe Sobre Los Delito Sexuales En México
liput83838 de Marzo de 2015
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Los delitos sexuales se han considerado a lo largo de la historia, en la antigüedad no tan comprendida o estudiada debido al poco conocimiento o formas en las que se pudieran dar estas conductas y como afectarían al sujeto pasivo, en la actualidad debido a los diferentes medios que existen para el estudio de delitos sexuales se han establecido un amplio rango para un análisis detallado y una fácil clasificación para poder identificar de una manera rápida y sencilla en qué consiste cada uno de estas conductas y cual delito sexual entraría en dichas acciones realizada por el sujeto activo o victimario, hoy en día los delitos sexuales no solo afectan al sujeto pasivo, por el contrario afecta a toda la familia y a una sociedad o comunidad la cual al verse inmersa en una situación de riesgo y agresión hacia uno de sus miembros crea cierto temor e incertidumbre, de ahí la importancia de un buen estudio para determinar el tipo de delito sexual que se está realizando y la manera de castigar dicha conducta.
1. Hostigamiento Sexual.
Definición:
Toda conducta que avasalle, violente, exija y comprima a una persona manifestando inequívocamente una petición o solicitud sexual de manera insistente y no aceptada.Código Penal Federal, artículo 259 Bis.
Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días multa. Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.
Solamente será punible el hostigamiento sexual, cuando se cause un perjuicio o daño. Sólo se procederá contra el hostigador, a petición de parte ofendida.
2. Abuso Sexual.
Definición:
Se comete por quien sin la intensión de llegar a la copula realiza un acto sexual u obliga a realizarlo a una persona sin mediar la voluntad de esta para él.
Desde el punto de vista gramatical abuso significa: usar mal, injusta, impropia o indebidamente una cosa.
El termino honestidad equivale a decencia o reputación por lo tanto no se aplicara para el delito de abuso, como en el delito de estupro; para el delito de abuso será diferente el sexo de los sujetos activo y pasivo.
Para la consumación del delito de abuso no es necesario que se produzca el orgasmo, generalmente no bastara el empleo de fuerza en las cosas o una actitud pasiva, también caso frecuente que por halago o por una retribución el sujeto activo determine a su víctima a realizar actos impúdicos en su persona.
La lascivia por simple representación no es punible, a no ser quesea el epilogo dela violencia usada con este fin.
La sodomía Ratione Sexus (pederastia y amor lésbico) es impune si no vaacompañado de las circunstancias tales como la coacción y la fuerza.
Código Penal Federal artículo 260.
Al que sin el consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de seis meses a cuatro años de prisión. Si se hiciere uso de la violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la penase aumentarán hasta en una mitad.
3. Estupro.
Definición:
En sus inicios, es utilizado el término Estupro para designar cualquier concúbito extramatrimonial, hasta alcanzar el actual significado de acceso carnal con persona mayor de doce años y menor de dieciocho, por medio del engaño.
Código Penal Federal, artículo 262.
Al que tenga cópula con persona mayor de doce años y menor de dieciocho obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión. En el caso del artículo anterior, no se procederá contra el sujeto activo, sino por queja del ofendido o de sus representantes.
4. Violación.
Definición:
Es la cópula efectuada mediante violencia física o moral con una persona de uno u otro sexo.
Código Penal Federal, artículo 265.
Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a catorce años. Para los efectos de este artículo, se entiende porcópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la victima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.
Se considerara también como violación y se sancionará con prisión de ocho a catorce años, al que introduzco por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuese el sexo del ofendido.
5. Incesto.
Definición:
Proviene del latín “incestus” y desde el punto gramatical significa contacto carnal entre parientes de entre los grados en que está prohibido el matrimonio.
El delito de incesto requiere que produzca escándalo público y protege el principio exogámico, regulador moral y jurídico de las familias. En concepto que nos ofrece la ley;
Es el delito por quienes están obligados por parentescos sanguíneos (padre e hijos y hermanos), tenga relaciones sexuales entre sí, con conocimiento de dicha circunstancia.
Naturaleza jurídica:
A) Relaciones sexuales.
B) Efectuadas entre hermanos, y esta únicamente cuando se conozca el parentesco y la relación sea consentida.
Código Penal Federal, artículo 272.
Se impondrá la pena de uno a seis años de prisión a los ascendientes que tengan relaciones sexuales con sus descendientes. La pena aplicable a estos últimos será de seis a tres años de prisión. Se aplicara esta misma sanción en caso de incesto entre hermanos.
6. Adulterio.
Definición:
Es la relación sexual de una persona casada con otras que no es su conyugue. Eslarelación sexual, puede definirse como la relación sexual establecida entre personas de distinto sexo cuando al menos una de ellas se encuentra unida a otra por el vínculo del matrimonio.
No existen penas para este delito.
La capital del Estado de México se ha convertido en una zona de alta incidencia en cuestión de delitos sexuales en contra menores de edad, de acuerdo a la Fiscalía para la Atención de Homicidios Dolosos Cometidos Contra Mujeres y Delitos Sexuales la cantidad se ha incrementado en los últimos años y actualmente Toluca se ubica en el cuarto lugar por la cantidad de crímenes de este tipo.
Principales delitos sexuales cometidos en el Estado de México.
Violación.
Como lo podremos observar en los siguientes dos artículo el Estado de México dos de los delitos sexuales que se cometen con mayor frecuencia son la violación y el estupro.
Violación.
El Estado de México está convertido en un infierno para las mujeres. Ahí el número de violaciones sexuales rompe la media nacional y en muchos casos este crimen viene acompañado del asesinato de la agraviada. Varios casos recogidos por este semanario así lo demuestran. Y pese a que en teoría los castigos para los violadores son severos y se ha planteado radicalizarlos más, la impunidad para el delincuente sigue siendo la norma.
TOLUCA, MÉX. (Proceso).- “Ya no creo en los hombres”, dice con la mirada dura, sin alma. La brillantina con la que colorea sus párpados, los broches rosas que adornan su pelo, el collar delque cuelga una estrella y la sudadera estampada con corazones delatan que sigue siendo una niña, una adolescente con el corazón envejecido. “No soporto que un hombre esté a mi lado y no puedo ser novia de nadie”.
El 28 de junio de 2011, cuando tenía 16 años, Carmen (como la llamaremos aquí), habitante de Chimalhuacán, había sido contratada como ayudante por el elotero Luis Francisco Duarte Rivera, quien al terminar la jornada en el tianguis le dijo que no le pagaría hasta que lavara los trastes en su casa. Una vez ahí, aprovechando que estaban solos, la tomó con fuerza, la jaló hasta la cama, le quitó la blusa y el pantalón, le abrió las piernas, comenzó a tocarla violentamente, a morderle los senos e intentó violarla.
“Empezó a abusar de mí. Yo le pedía: ‘Déjeme ir con mi mamá’ y él decía: ‘Nomás tantito, nomás te enseño’. Cuando me vio llorando desesperada me soltó, salí corriendo, me escondí detrás de su camioneta”, recuerda. Cuando la dejó ir le pagó 200 pesos: 100 por la jornada laboral y 100 para que se comprara unos pantalones.
“Era la primera vez que alguien me tocaba así porque yo no había tenido nada con nadie”, dice. Los médicos que la atendieron dejaron asentado en el expediente que tenía mordidas en los senos e inflamación vaginal.
Pero desde que interpuso la denuncia (la 332580260911) fue amenazada y denigrada varias veces por el personal encargado de impartir justicia. El psicólogo Jorge de la Rosa, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México(PGJEM) le decía que exageraba. Su abogada defensora (Teresa Pérez López) le advertía que la llevarían a la cárcel por haber levantado una denuncia por violación cuando lo ocurrido fue un “intento de penetración”. El agente del Ministerio Público Dagoberto Álvarez Hernández la acusaba de mentirosa y el imputado y su familia comenzaron a acosarla.
Ocho meses después Carmen acudió con Emerenciana López Martínez, Doña Mere, la luchadora social que ha dedicado su vida a impulsar la justicia en ese municipio mexiquense marginado –el de Chimalhuacán– y a la que por su fiereza se le cuadran hasta los procuradores. Entonces el caso fue tomado
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