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Acuerdo 593

19 de Enero de 2014

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Síntesis.

Acuerdo 593 por el que se establecen los Programas de Estudio de la asignatura de Tecnología para la Educación Secundaria en las modalidades General, Técnica y Telesecundaria.

SEGUNDA SECCION

PODER EJECUTIVO

SECRETARIA DE ECUACION PÚBLICA

Considerando

Que el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establecen que la educación que imparte el Estado tendrá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano, por lo que el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República;

Que en la Ley General de Educación se determina ofrecer a los mexicanos, una Educación Básica de calidad.

Que desde 1993, la educación fue declarada componente fundamental y etapa de cierre de la Educación Básica obligatoria, con la finalidad de que la sociedad enfrente los restos que impone una sociedad en permanente cambio, y para desempeñarse de manera activa y responsable como miembro de su comunidad.

Que el el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en su eje 3, objetivo 9, estrategias 9.3, establece la necesidad de “ Actualizar los programas de estudio, sus contenidos, materiales y métodos para elevar su pertinencia y relevancia en el desarrollo integral de los estudiantes, por lo que los programas de estudio deben ser flexibles y acorde con las necesidades cambiantes de el sector productivo y con las experiencias de la sociedad; el referido de el Plan en su Objetivo 12, estrategias 12.6, señala que para “ Promover la educación de la ciencia desde la educación básica”, el Gobierno Federal pondrá especialmente énfasis en el estímulo a la enseñanza , difusión y divulgación de la ciencia y la tecnología en todos los niveles educativos, con base en una formación humanista, que dé sentido a la aplicación de lo aprendido.

Que el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, indica hacer de la educación, la ciencia y la tecnología los puntales de su desarrollo, por lo que su objetivo 3 establece la necesidad de “impulsar el desarrollo y utilización de tecnologías de la información y la comunicación en el sistema educativo para apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus competencias para la vida y favorecer su inserción en la sociedad de el conocimiento”.

Que el 26 de mayo de el 2006 se público en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial número 384, el cual determina en su artículo séptimo transitorio que se incluirá la asignatura de Tecnología como parte del currículo nacional en los tres grados y para las tres modalidades, por lo que he tenido a bien expedir

ACUERDO NUMERO 593 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO DE LA ASIGNATURA DE TECNOLOGIA PARA LA EDUCACION SECUNDARIA EN LAS MODALIDADES GENERALES, TECNICA Y TELESECUNDARIA.

ARTÍCULO PRIMERO: Se establecen los Programas de Estudio para la asignatura de Tecnología en las modalidades de Secundaria General, Secundaria Técnica y Telesecundaria, los cuales se encuentran comprendidos dentro del Anexo Único del presente Acuerdo Secretarial.

ARICULO SEGUNDO: Se emiten los Criterios y Orientaciones para la Definición de las Guías de Equipamiento Básico y Recursos Didácticos Complementarios, así como las guías de Equipamiento Básico y Recursos Didácticos Complementarios para la Asignatura de Tecnología en las Modalidades de Educación Secundaria General y Secundaria Técnica, los cuales servirán como referentes institucionales para la actualización y adecuación y laboratorios de la asignatura de Tecnología, y que se encuentran contenidos en el Anexo Único del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO: Entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

SEGUNDO: Los Programas de Estudio determinados en el Anexo Único del presente Acuerdo, deberán implementarse en todas las escuelas de educación secundaria de las modalidades generales, técnicas y telesecundaria, a partir del ciclo 2011-2012.

Lo anterior a efecto de que las entidades federativas realicen los ajustes y organicen las actividades escolares para la definición de las cargas horarias determinadas en el Anexo Único del presente Acuerdo.

TERCERO: Se drogan aquellas disposiciones administrativas que se opongan al presente Acuerdo.

CUARTO: Para la inclusión de los respectivos énfasis de campo tecnológico que proponga los quipos técnicos estatales al Catálogo Nacional de la Asignatura de Tecnología para la Educación Secundaria Técnica y Educación Secundaria General, se deberá atender al procedimiento establecido en el apartado de Orientaciones y Criterios para la Regulación de Oferta Educativa Nacional de la asignatura de Tecnología en la Educación Secundaria Técnica y Educación Secundaria General descritas en el Anexo Único del presente Acuerdo.

QUINTO: Los docentes que impartan actividades tecnológicas de los Programas de Estudio anteriores a esta publicación, deberán incorporarse a los procesos de actualización y capacitación docente. Para este fin la Secretaria de Educación Pública, en coordinación con las autoridades educativas locales correspondientes, establecerá estrategias y procedimientos conducentes con el propósito de no afectar el desarrollo profesional y laboral de los docentes implicados en este proceso.

SEXTO: Los temas para el desarrollo de los proyectos tecnológicos comunicatorios de la modalidad de Telesecundaria serán definidos en el instrumento jurídico que celebren la Subsecretaría de Educación Básica y las entidades federativas.

SEPTIMO: Como resultado de la revisión para la actualización y adecuación de los laboratorios de la asignatura de Tecnología, la Subsecretaria de Educación Básica, en coordinación con el instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa publicará durante el ciclo escolar 2011-2012, las Guías de Equipamiento Básico y Recursos Didácticos Complementarios correspondientes a la modalidad de Telesecundaria.

OCTAVO: El proceso de actualización y adecuación de los laboratorios de tecnología en las escuelas secundarias generales, telesecundaria, se realizará de manera gradual, considerando.

ANEXO UNICO DEL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO PARA LA ASIGANTURA DE TECNOLOGIA EN LAS MODALIDADES DE SECUNDARIA GENERAL, SECUNDARIA TECNIA Y TELESECUNDARIA.

l- CONSIDERACIONES PARA LA ACUTALIZACIÓN CURRICULAR DE LA ASIGNATURA DE TECNOLOGIA.

Presentación

La enseñanza de la Tecnología en las diferentes modalidades de la educación secundaria, fundamenta a la técnica como parte de la naturaleza humana y como factor fundamental de su adaptación al medio. Desde sus orígenes, la humanidad ha intervenido en el entorno mediante un proceso continuo de reflexión, el cual ha hecho posible la creación de herramientas, desde las más primitivas hasta las más complejas, y en consecuencia ha favorecido el desarrollo de la sociedad.

La capacidad de crear medios es una construcción social, cultural e histórica. Esta capacidad permite que los seres humanos resuelvan sus necesidades y respondan a sus intereses, la técnica es un proceso histórico y social que caracteriza el desarrollo de la cultura de los pueblos.

La técnica pone en práctica y el estudio de la tecnología va más allá del saber de una especialidad técnica. Por medio de la asignatura de Tecnología van más allá del saber de una especialidades técnicas. Por medio de la asignatura de Tecnología se pretende promover un visión amplia del campo de estudio que considera los aspectos instrumentales de las técnicas, los procesos de cambio, de gestión, de innovación, su relación con la sociedad y la naturaleza, la participación social en el uso, creación y mejora de los productos técnicos, así como de sus implicaciones en el entorno.

Los contenidos se abordan desde una perspectiva humanista, para el desarrollo de un proceso formativo sistémico y holístico que permita la creación, aplicación y valoración de tecnología.

Para llevar acabo la renovación del currículo, se promovió la participación de maestros y directivos de todo el país; de equipos técnicos estatales responsables de coordinar el nivel de diversas asignaturas que conforman el Plan de estudios y de autoridades educativas estatales con el provisto de contar con evidencias sobre la pertinencia de los contenidos, de los enfoques para su enseñanza y de las implicaciones de la nueva propuesta curricular en la organización de las escuelas y en las prácticas docentes, se desarrolló la primera Etapa de Implementación (PEI) del nuevo currículo en escuelas secundarias de 30 entidades federativas.

Los resultados de esta experiencia permitieron atender con mejores recursos la generación de la reforma curricular en todas las escuelas del país.

Es innegable el valor que tiene el proceso de construcción curricular. La Secretaría de Educación Pública instaló espacios de discusión en los que participan representantes de instituciones

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