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Acuerdo número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los programas de gestión escolar

Haroumi14 de Agosto de 2014

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ACUERDO NÚMERO 717 POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA FORMULAR LOS

PROGRAMAS DE GESTIÓN ESCOLAR

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Primero. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las normas que deberán seguir las autoridades educativas locales y municipales para formular los programas o acciones de gestión escolar, destinados a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas de educación básica.

Por programas y acciones de gestión escolar se entenderá al conjunto de iniciativas, proyectos y estrategias generadas por las autoridades educativas, que se implementan en la escuela con el propósito de contribuir a la mejora de sus condiciones académicas, organizativas y administrativas.

Segundo. Los presentes Lineamientos serán de observancia obligatoria para las autoridades educativas locales y municipales, con el propósito de garantizar las condiciones necesarias para fortalecer la autonomía de gestión escolar, orientada hacia la calidad y la equidad educativa.

CAPÍTULO II

DEL FORTALECIMIENTO DE LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN ESCOLAR DE LAS ESCUELAS DE

EDUCACIÓN BÁSICA

Tercero. Las autoridades educativas Federal, locales y municipales, en el respectivo ámbito de sus atribuciones, deberán ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas. Estos programas y acciones deberán atender los siguientes aspectos:

a) Ubicar a la escuela en el centro de atención de los servicios educativos para contribuir en el logro de una educación de calidad con equidad;

b) Establecer las condiciones para que todas las escuelas de educación básica cumplan con la Normalidad Mínima de Operación Escolar, definida en el lineamiento sexto, inciso b) del presente Acuerdo;

c) Definir la normatividad aplicable para la conformación de las estructuras ocupacionales por tipo de escuela y nivel educativo;

d) Asegurar el respeto del tiempo de la escuela y en específico el tiempo del aula, evitando las acciones y programas que no respondan a una solicitud del centro escolar, al desarrollo de su Ruta de Mejora, que distraigan a la escuela de sus prioridades educativas y le generen carga administrativa;

e) Establecer sistemas de administración escolar eficaces que aligeren la carga administrativa a las escuelas y eviten distraerla de su tarea central, dotando a cada una de ellas, con al menos una computadora para fines administrativos;

f) Promover que cada centro escolar disponga de infraestructura, mobiliario y equipamiento digno;

g) Asegurar que cada centro escolar disponga del equipamiento y demás elementos necesarios para poder registrar, administrar e informar todos los movimientos e incidencias que se presenten de su

personal, alumnos y del plantel, durante el desarrollo del ciclo escolar, en el Sistema de Información y Gestión Educativa;

h) Desarrollar estructuras de operación de los servicios educativos que garanticen que los directores de escuela dediquen la mayor parte de su tiempo a realizar observaciones en sus salones de clase y apoyar a los docentes en la mejora de los procesos de enseñanza y de aprendizaje;

i) Garantizar que las sesiones de los Consejos Técnicos Escolares, establecidas en el calendario escolar, cumplan con la misión y propósitos establecidos en la normatividad correspondiente;

j) Fortalecer el cuerpo de supervisión escolar, a fin de que su función se concentre en vigilar y asegurar la calidad del servicio educativo que se presta en los planteles y que mantenga permanentemente informadas a las autoridades educativas de los avances en el logro de aprendizajes de los educandos;

k) Reducir significativamente las tareas administrativas del supervisor y fortalecer sus funciones de orientación y asesoría pedagógicas;

l) Establecer equipos de apoyo a la supervisión escolar en el desarrollo y mejora continua de las escuelas;

m) Establecer normas y dispositivos que promuevan una mejor convivencia escolar y la participación informada y eficaz de los Consejos Escolares de Participación Social en el logro de un servicio educativo de calidad;

n) Evaluar permanentemente el desarrollo de las escuelas e impulsar la utilización de los resultados de la evaluación como retroalimentación para la toma de decisiones de los distintos actores educativos a fin de impulsar procesos de mejora continua en cada ciclo escolar;

o) Proveer recursos pertinentes y oportunos con base en los diversos contextos y en las necesidades identificadas en los centros escolares;

p) Revisar las disposiciones normativas y establecer los sistemas de información pertinentes para que las escuelas tengan facilidad administrativa en el uso de los recursos que reciban para su buen funcionamiento;

q) Asegurar las condiciones de equidad en la participación de las escuelas y evitar las situaciones que incrementen las desigualdades y la exclusión;

r) Impulsar acciones de compensación focalizadas en aquellas escuelas, localidades y regiones donde se concentra el rezago educativo para garantizar que éstas cuenten con las condiciones para que todos sus educandos permanezcan, progresen y reciban un servicio educativo de calidad;

s) Reconocer de manera gradual mayores niveles de autonomía a las escuelas que acrediten mejores resultados educativos, medidos en función de su contexto, y de gestión a partir de los parámetros e indicadores que se establezcan para la autonomía y gestión escolar y de un sistema de incentivos para las mismas;

t) Implementar mecanismos que involucren y fortalezcan la participación de los padres de familia, Consejos Escolares de Participación Social y de la sociedad en general, para fortalecer la autonomía de la gestión escolar, la calidad y equidad del servicio educativo, el máximo logro de los aprendizajes de todos los estudiantes y la normalidad mínima, y

u) Garantizar que la información referente a los recursos asignados a la escuela, sus avances y resultados educativos sean del conocimiento de la comunidad escolar.

Cuarto. Todos los programas o acciones que a iniciativa de las autoridades educativas locales y municipales se generen, tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas, antes de proponerse a éstas, deberán ser presentados para su análisis y validación por parte del Comité Técnico Local para la Educación Básica, órgano colegiado que la propia Autoridad Educativa Local formalice como instancia de coordinación ejecutiva para apoyar la toma de decisiones y dar seguimiento a la gestión local de la política para la educación básica. Dichos programas o acciones deben darse a conocer a las escuelas con toda oportunidad. Los programas y acciones deberán comenzar con el inicio del ciclo escolar y considerarse en la Ruta de Mejora de la escuela, de manera tal que no afecten el oportuno desarrollo de las actividades educativas.

Quinto. Los programas y acciones generados por las autoridades educativas locales y municipales deberán evitar que la escuela sea el sitio de descarga de iniciativas públicas, sociales y privadas que la distraigan y desvíen del cumplimiento de los objetivos y metas educativas.

Sexto. Los programas y acciones generados por las autoridades educativas locales y municipales para el fortalecimiento de la autonomía de gestión de las escuelas deberán contribuir al desarrollo de las siguientes

prioridades y condiciones educativas:

a) Mejora de las competencias de lectura, escritura y matemáticas. Asegurar que todos los niños adquieran oportunamente las herramientas básicas que les permitan aprender a aprender;

b) Normalidad Mínima de Operación Escolar. Asegurar que las escuelas cuenten con los siguientes rasgos básicos:

· Todas las escuelas deben brindar el servicio educativo todos los días establecidos en el calendario escolar, para ello las autoridades educativas locales y municipales deberán asegurar que las escuelas cuenten con el personal completo de la estructura ocupacional correspondiente, desde el inicio hasta la conclusión del ciclo escolar y evitar que se tenga personal por arriba de la estructura autorizada;

· Todos los grupos deben disponer de maestros la totalidad de los días del ciclo escolar, por lo que las autoridades educativas locales y municipales deberán garantizar que la sustitución de personal que se requiera en la escuela, dentro del ciclo escolar, se realice en tiempo y forma;

· Todos los maestros deben iniciar puntualmente sus actividades;

· Todos los alumnos deben asistir puntualmente a todas las clases;

· Todos los materiales para el estudio deben estar a disposición de cada uno de los estudiantes y se usarán sistemáticamente;

· Todo el tiempo escolar debe ocuparse fundamentalmente en actividades de aprendizaje;

· Las actividades que propone el docente deben lograr que todos los alumnos estén involucrados en el trabajo de clase;

· Todos los alumnos deben consolidar, conforme a su ritmo de aprendizaje, su dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas, de acuerdo con su grado educativo, y

· Las demás que defina la autoridad educativa en función de la mejora de la calidad y equidad educativa.

c) Disminución del rezago y abandono escolar. Dar seguimiento puntual a los educandos que presenten bajos logros educativos para brindarles una atención focalizada, así como atender a aquellos en los que se observen situaciones que puedan originar el abandono escolar;

d) Acceso, permanencia y

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