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Alimentos En Veracruz


Enviado por   •  11 de Julio de 2013  •  3.177 Palabras (13 Páginas)  •  328 Visitas

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MARIA IRINEA OBISPO MARTINEZ

Quién también se ostenta como:

IRENE OBISPO MARTINEZ

VS.

APOLINAR PEREZ DELFINA

Quién también se hace llamar

APOLINAR PEREZ PEREZ

Y

ALEJANDRO PEREZ OBISPO

DEMANDA INICIAL DE ALIMENTOS

C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN EL

DISTRITO JUDICIAL DE TANTOYUCA-VER.

P R E S E N T E .

MARIA IRINEA OBISPO MARTINEZ así como también me hago llamar IRENE OBISPO MARTINEZ, mexicana, mayor de edad, actuando por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Benjamín Franklin 201, casa 1, Col. Del Valle de esta ciudad de Tantoyuca, Veracruz, autorizando en términos del artículo 89 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, al Licenciado en Derecho David Francisco Pastrana Rendón, a quién pido se le tenga como mi Abogado Patrono y en términos del numeral 49 de la Ley Adjetiva invocada, a los C. Licenciados en Derecho Hiram Javier Mateos Garcés y Juan Carlos Hernández Bautista para que tomen nota de los acuerdos, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Con fundamento en el artículo 207, 210, del Código de Procedimientos Civiles, en relación con los numerales, 239, 246 fracción I, del Código Civil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en la VÍA ORDINARIA CIVIL, vengo a demandar de los C. C. APOLINAR PEREZ DELFINA quien también se hace llamar APOLINAR PEREZ PEREZ y ALEJANDRO PEREZ OBISPO quienes tienen su domicilio para efectos de emplazamiento el conocido por todos los habitantes de la comunidad de San Antonio de la “Congregación Galera” en éste Municipio de Tantoyuca, Veracruz, y con código postal 92102, en éste Distrito.

PRESTACIONES:

a) La asignación judicial de una pensión alimenticia con el carácter de provisional, para MI PERSONA, por la cantidad de $500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100M.N.) diarios, tomando en cuenta que los ahora demandados perciben ingresos altos, mi Cónyuge el C. APOLINAR PEREZ DELFINA. También conocido como APOLINAR PEREZ PEREZ quien, además de recibir apoyos y ayuda de “Procampo”, se dedica a la producción de maíz, frijol, cedro y ganado bovino como copropietario comunero de los derechos parcelarios ubicados con 6-38-77,075 hectáreas en la comunidad de “San Antonio” y 0-54-23,075 hectáreas en “El Moralillo” y cuyas colindancias son: por lo que respecta al primero; al norte 105.74 metros colindante con la parcela 718, al noroeste con 24.76 metros con la parcela 742, al noroeste en 300.29 metros con la parcela 741, al suroeste en ángulo quebrado con 72.52 metros y 82.86 metros con una brecha, al sureste en 212.47 metros con la parcela 746, al sureste con 133.10 metros con la parcela 747, al este en 06.96 metros con la parcela 748; por lo que respecta al segundo lote mencionado: al noreste en 81.02 metros con la parcela 158, al este en 39.65 metros con la parcela 169, al sureste en 34.91 metros con la parcela 178, al suroeste en 95.37 metros con la parcela 177 y, finalmente, al noroeste con 53.16 metros con la parcela 157, lo que demuestro con copia simple de los certificados de derechos parcelario que acompaño a la presente y que se ofrecen como prueba documental privada en el capítulo respectivo. Y mi hijo ALEJANDRO PEREZ OBISPO quien es socio Herrero en copropiedad de los locales ubicados en “Servicios Eficientes para la Construcción Herrera” sito en las calles de Francisco Xavier Mina s/n quedando dicho cantidad a disposición de la actora en mi calidad de Cónyuge casada bajo el régimen de Sociedad Conyugal por una parte y Madre por otra, de los Demandados.

b) La asignación judicial de una pensión alimenticia con el carácter de definitiva, para MI PERSONA, por la cantidad de $500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100M.N.) diarios, tomando en cuenta que los ahora demandados perciben ingresos altos, uno como copropietario de los terrenos cuyas medidas y colindancias han quedado asentadas y el otro como herrero y dedicado además a las labores del campo, quedando dicho cantidad a disposición de la actora en mi calidad de Cónyuge casada por el régimen de Sociedad Conyugal con uno de los Demandados y como Madre del otro.

c) El pago de los gastos y costas del presente juicio de alimentos, de conformidad con los numerales 100 y 104 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

HECHOS:

1. La suscrita me uní en matrimonio civil con el C. APOLINAR PEREZ DELFINA, mismo que al firmar el acta matrimonial utilizó el nombre de APOLINAR PEREZ PEREZ, la que se registró con fecha veintiséis de febrero de mil novecientos sesenta y ocho, bajo el régimen de Sociedad Conyugal y conforme al número 00032, libro 01, ante el Oficial del Registro Civil de esta Ciudad de Tantoyuca, Veracruz.

2. . Durante la vigencia de nuestro matrimonio procreamos a 6 hijos de nombres; ALBERTA de 44 años, MARCIANA actualmente fallecida, DARIO de 40 años, MAXIMILIANO de 37 años, ALEJANDRO de 35 años y ALICIA de 30 años, todos de apellido PEREZ OBISPO, y como se puede inferir todos mayores de edad y con modo honesto de vida y nacidos en éste Municipio como se constata con las copias simples de las actas de nacimiento emitidas por el registro civil de esta Ciudad de Tantoyuca, Veracruz, que cito para efectos de apuntar que mis hijos que están obligados a proporcionar alimentos han cumplido en la medida de sus posibilidades con ésta obligación, excepción hecha de ALEJANDRO PEREZ OBISPO, mismo que siendo autosuficiente, mayor de edad y con ingresos elevados, no me proporciona ninguna ayuda que de acuerdo al principio general del Derecho que dice: “El que recibe alimentos se obliga a proporcionárselos a la persona de la que los recibió”.

3. Durante

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